1007 214-2001-EF - Aceptan cooperación técnica no reembolsable que otorgará el BID para financiar programa destinado a la implementación del Sistema Nacional de Inversión Pública

Fecha de disposición11 Abril 2001
Fecha de publicación11 Abril 2001
Pág. 201243
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 11 de abril de 2001
Aceptan cooperación técnica no reem-
bolsable que otorgará el BID para finan-
ciar programa destinado a la implemen-
tación del Sistema Nacional de Inver-
sión Pública
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 214-2001-EF
Lima, 10 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- ha
acordado otorgar en su calidad de Administrador del Fondo
Especial del Japón al Gobierno de la República del Perú, la
Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/JF-7367-
PE hasta por la suma de US$ 750 000,00 (SETECIENTOS
CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS),
para financiar la realización de un programa de coopera-
ción técnica destinada a la implementación del Sistema
Nacional de Inversión Pública;
Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la
referida Cooperación Técnica No Reembolsable, por cuanto
constituye una valiosa contribución, así como autorizar la
suscripción de la Carta Convenio correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 909, el Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto
Supremo Nº 015-92-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsa-
ble Nº ATN/JF-7367-PE que otorgará el Banco Interamericano
de Desarrollo -BID-, con recursos del Fondo Especial del Japón,
al Gobierno de la República del Perú, hasta por la suma de US$
750 000,00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DO-
LARES AMERICANOS), para financiar un programa de coope-
ración técnica destinada a la implementación del Sistema Nacio-
nal de Inversión Pública, en las condiciones establecidas en la
Carta Convenio a ser suscrita.
Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y
Finanzas para que conjuntamente con el Ministro de Rela-
ciones Exteriores, o quienes éstos designen suscriban la
Carta Convenio, así como los demás documentos necesa-
rios para formalizar la Cooperación Técnica No Reembol-
sable que se acepta por el artículo precedente.
Artículo 3º.- Designar a la Oficina de Inversiones del
Ministerio de Economía y Finanzas como el Organismo
Ejecutor de la Cooperación Técnica No Reembolsable a que
se refiere la presente Resolución Suprema.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por
el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Relaciones Exteriores
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
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ENERGÍA Y MINAS
Aprueban transferencia de autoriza-
ción para desarrollar actividades de
generación hidroeléctrica a favor de
Wiese Sudameris Leasing S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 157-2001-EM/VME
Lima, 29 de marzo de 2001
VISTO: El Expediente Nº 31009893 organizado por
Negociación Minera Lizandro Proaño S.R.Ltda., sobre
Autorización para desarrollar la actividad de generación
de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tambo-
raque 2, y la solicitud de transferencia de la Autorización
a favor de Wiese Sudameris Leasing S.A.;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 392-93-EM/
DGE del 31 de diciembre de 1993, se otorgó a favor de
Negociación Minera Lizandro Proaño S.R.Ltda. Autoriza-
ción para desarrollar la actividad de generación de energía
eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tamboraque 2, con
una capacidad instalada de 0,84 MW;
Que, con fecha 21 de julio del 2000, la titular solicita que
la Autorización mencionada en el considerando que antece-
de sea transferida a favor de Wiese Sudameris Leasing
S.A., inscrita en la Partida Nº 02005395 del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao
el 28 de junio del 2000, sustentando su solicitud en que por
Escritura Pública extendida el 22 de mayo de 1995, Negocia-
ción Minera Lizandro Proaño S.R.Ltda. se transformó y
cambió su denominación social a Minera Lizandro Proaño
S.A., actos que quedaron inscritos en el Asiento 45 de la
Ficha Nº 2011 del Libro de Sociedades Contractuales y
otras personas Jurídicas del Registro Público de Minería el
9 de octubre de 1995;
Que, de los documentos privados cuyas copias obran en
el Expediente, resulta que Wiese Sudameris Leasing S.A.
ha adquirido los activos de la Central Hidroeléctrica Tam-
boraque 2, por lo que es pertinente la transferencia de la
Autorización a fin que el titular de dichos bienes lo sea
también de la Autorización;
Que, luego de haber evaluado la solicitud, la Dirección
General de Electricidad ha emitido el Informe Nº 159-2000-
EM/DGE opinando favorablemente respecto a la transfe-
rencia solicitada;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de Wiese
Sudameris Leasing S.A., de la Autorización para desarro-
llar la actividad de Generación en la Central Hidroeléctri-
ca Tamboraque 2, ubicada en la localidad de San Mateo de
Huanchor, en el distrito de San Mateo, provincia de Hua-
rochirí del departamento de Lima, con una capacidad
instalada de 0,84 MW, otorgada originariamente mediante
la Resolución Ministerial Nº 392-93-EM/DGE del 31 de
diciembre de 1993.
Artículo 2º.- La empresa Autorizada queda obligada a
operar sus instalaciones cumpliendo las normas técnicas y
de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguar-
dando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como a
remitir la información estadística y los requisitos estable-
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
ORGANISMO :MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DEPENDENCIA :TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL MEF
Nº DE DENOMINACIÓN CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD COMPETENTE
ORDEN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DEL PROCEDIMIENTO DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE EL
ADMINISTRATIVO DE PAGO ADMINISTRATIVO EL TRÁMITE EL TRÁMITE RECURSO IMPUGNATIVO
01 Acceso a la información 1.Solicitud dirigida al Director o Jefe de la dependen- Gratuito Con aplicación del Mesa de Partes Director o Jefe Director o Jefe de la
que produzcan o posean cia que produzca o posea la información, de acuer- Silencio Administrativo de la dependencia
las dependencias del do al formato que suministre la Entidad. POSITIVO dependencia (RECONSIDERACIÓN)
Ministerio (7 días) Ministro
(D.S. Nº 018-2001-PCM) (APELACIÓN)
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