RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 585-2012-P-CSJLI/PJ - Disponen redistribución de expedientes entre determinados Órganos Jurisdiccionales Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima

Fecha de disposición14 Agosto 2012
Fecha de publicación14 Agosto 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 14 de agosto de 2012
472678
la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados
para los f‌i nes pertinentes.
Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
827300-1
Disponen redistribución de expedientes
entre determinados Órganos
Jurisdiccionales Permanentes de la
Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 585-2012-P-CSJLI/PJ
Lima, 9 de agosto del 2012
VISTA
La Resolución Administrativa Nº 152-2012-CE-PJ de
fecha 30 de julio del 2012 e Informe Nº 016-2012-LASA-
APR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 16 de julio del 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 152-2012-
CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del Juzgado
de Paz Letrado Transitorio de San Juan de Lurigancho
hasta el 31 de octubre del 2012.
Que, la norma de vista es clara en su artículo quinto,
al disponer que los órganos a los cuales se les prorrogó la
continuidad, deberán de recibir de los órganos permanentes,
expedientes en cantidad proporcional al tiempo del plazo
prorrogado, de modo que se pueda liquidar en su totalidad;
asimismo, señala que por ninguna razón podrán conocer
procesos nuevos, debiendo de priorizar los más antiguos
y/o de mejor complejidad, a f‌i n de conseguir el objetivo
de maximizar la capacidad resolutiva en benef‌i cio de los
justiciables y acercarse a la meta de lograr la mayor cantidad
de expedientes resueltos respecto de los ingresos.
Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la
Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones
administrativas respectivas a f‌i n de dar cumplimiento a
lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y
ejecutar las medidas pertinentes para tal f‌i n, con sujeción
a los lineamientos dispuestos en la acotada Resolución
Administrativa.
Que, mediante Informe Nº 016-2012-LASA-APR-
UPD-CSJLI/PJ, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo
recomienda redistribuir la carga procesal en giro de la
especialidad familia, procedente del Cuarto y Sexto
Juzgados de Paz Letrados de San Juan de Lurigancho,
en cantidad de 345 y 716 expedientes respectivamente,
y enviarlos al Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San
Juan de Lurigancho.
Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como
máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de
Lima, conforme a las facultades conferidas por el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicación del Artículo 90º
incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que los siguientes
Órganos Jurisdiccionales Permanentes cumplan con
efectuar la redistribución de sus expedientes hasta el 11
de setiembre del presente año, conforme se detalla a
continuación:
• El 4º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de
Lurigancho remitirá al Juzgado de Paz Letrado Transitorio
de San Juan de Lurigancho, la cantidad de 345 expedientes
correspondiente a la especialidad de familia.
• El 6º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de
Lurigancho remitirá al Juzgado de Paz Letrado Transitorio
de San Juan de Lurigancho, la cantidad de 716 expedientes
correspondiente a la especialidad de familia.
Artículo Segundo.- La redistribución comprende a
los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera
sea el año de ingreso del expediente. Excepcionalmente,
de no existir expedientes en etapa de sentencia en la
cantidad arriba indicada, tal cifra será completada con los
expedientes en etapa de trámite, ingresados hasta el mes
de diciembre del 2010.
Artículo Tercero.- Para los f‌i nes de la redistribución se
tomarán en consideración los siguientes lineamientos:
- La redistribución se efectuará en estricto orden
secuencial, del expediente más antiguo al más reciente.
- No se considera en la redistribución, a los expedientes
que hayan sido objeto de una redistribución anterior.
- No se considera en la redistribución, los expedientes
en los cuales se haya llevado a cabo informe oral y los que
se encuentren en etapa de ejecución.
- No se considera en la redistribución a los expedientes
que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional
o def‌i nitivo.
- No se comprende en la redistribución, a los expedientes
ya sentenciados, aún cuando dicha sentencia haya sido
anulada por el Superior.
Artículo Cuarto.- DISPONER que todos los expedientes
a ser redistribuidos se encuentren con todos sus cuadernos,
anexos y cargos de notif‌i cación completos, debidamente
cosidos, foliados en números y letras y todos sus escritos
proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales
requisitos no serán redistribuidos, bajo responsabilidad del
Magistrado por la demora incurrida.
Artículo Quinto.- CUMPLAN los Magistrados del 4º y
6º Juzgados de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho,
con informan a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo
sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad
funcional.
Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Of‌i cina Desconcentrada de Control de la
Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, a f‌i n
que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme
a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento.
Artículo Sétimo.- DISPONER que la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia
de Lima realice el seguimiento, evaluación y monitoreo
de la carga procesal redistribuida y ejecute las demás
coordinaciones necesarias para el cabal cumplimiento de
lo dispuesto en la presente resolución, debiendo dar cuenta
a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Gerencia General, Of‌i cina de Control de la Magistratura
- OCMA, Of‌i cina Desconcentrada de Control de la
Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y
Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
827303-1
Designan magistrados en la Corte
Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 586-2012-P-CSJLI/PJ
Lima, 10 de agosto del 2012
VISTOS Y CONSIDERANDOS:
Que, mediante Ingreso Número 057563-2012, la doctora
Patricia Pando Simonetti, Juez del Segundo Juzgado
de Familia de San Juan de Lurigancho, solicita licencia
con goce de haber a f‌i n de participar en el II Encuentro
Preparatorio Sudamericano para el V Congreso Mundial por
los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, evento que
se realizará en la ciudad de Lima, del 15 al 17 de agosto
del año en curso.
Que, en atención a lo expuesto, esta Presidencia
considera pertinente con el f‌i n de no alterar el normal
desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Segundo

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