08 149-2002-GG/OSIPTEL - Aprueban contrato de interconexión de redes de servicio de telefonía fija local y de servicio portador de larga distancia suscrito entre AT&T Perú S.A. e IDT Perú S.R.L.

EmisorOsiptel
Fecha de la disposición20 de Abril de 2002
Pág. 221692
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 20 de abril de 2002
INGEMMET
Exoneran de proceso de selección la
contratación de Asesor Técnico de la
Alta Dirección
INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO
Y METALÚRGICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 025-2002-INGEMMET/PCD
Lima, 1 de abril de 2002
Visto: el Informe Técnico S/N y el Informe Nº 005-2002-
INGEMMET/AL de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 19º inciso h) del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están
exonerados de los procesos de licitación pública, concur-
so público o adjudicación directa, las adquisiciones o con-
trataciones que se realicen para servicios personalísimos,
de acuerdo con lo que disponga el Reglamento;
Que el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM, señala que de conformidad con el inciso h) del Ar-
tículo 19º de la Ley, se encuentran exonerados de los procesos
de selección, los contratos de locación de servicios celebra-
dos con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha con-
tratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la
persona del locador, ya sea por sus características inherentes,
particulares o especiales o por su determinada calidad, profe-
sión, ciencia, arte u oficio;
Que asimismo el Artículo 113º del citado Reglamento
establece que las resoluciones que aprueben la exonera-
ción de los procesos de selección, al amparo de las cau-
sales prescritas en el Artículo 19º de la Ley, requieren obli-
gatoriamente de un Informe Técnico Legal sustentando la
necesidad de la exoneración;
Que de acuerdo con los informes del Visto, el Ing. Án-
gel Báez Ayesta reúne las características requeridas para
la realización del servicio a contratarse, pues se trata de
un profesional dinámico con iniciativa y creatividad que
cuenta, además, con amplia experiencia en la formulación,
seguimiento, control y evaluación de proyectos vinculados
al sector Energía y Minas;
De conformidad con el Artículo 19º del Texto Único Or-
denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado y el Artículo 111º del Reglamento de la Ley;
Con el visto bueno de la Dirección Ejecutiva, Dirección
de Administración y Finanzas, Área de Logística y Control
Patrimonial, y la oficina de Asesoría Legal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección la contra-
tación del Ing. Ángel Báez Ayesta para que se desempeñe como
Asesor Técnico de la Alta Dirección de INGEMMET.
Artículo 2º.- El valor referencial del servicio asciende
a la suma de S/. 55,068.00 (Cincuenta y cinco mil sesenta
y ocho y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de
ley y cuenta con la disponibilidad presupuestal corres-
pondiente.
Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Logística y
Control Patrimonial remita, copia de la presente Resolu-
ción y de los Informes Técnico y legal que la sustentan, a
la Contraloría General de la República.
Regístrese y comuníquese.
RÓMULO MUCHO
Presidente del Consejo Directivo
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OSIPTEL
Aprueban contrato de interconexión de
redes de servicio de telefonía fija local
y de servicio portador de larga distan-
cia suscrito entre AT & T Perú S.A. e
IDT Perú S.R.L.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 149-2002-GG/OSIPTEL
Lima, 18 de abril de 2002
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos,
Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos
en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a
5.00 p.m. de lunes a viernes.
2.- Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10)
páginas.
3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a tres (3)
páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette.
4.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán
venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,
éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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