08 149-2002-GG/OSIPTEL - Aprueban contrato de interconexión de redes de servicio de telefonía fija local y de servicio portador de larga distancia suscrito entre AT&T Perú S.A. e IDT Perú S.R.L.
Emisor | Osiptel |
Fecha de la disposición | 20 de Abril de 2002 |
Pág. 221692
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 20 de abril de 2002
INGEMMET
Exoneran de proceso de selección la
contratación de Asesor Técnico de la
Alta Dirección
INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO
Y METALÚRGICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 025-2002-INGEMMET/PCD
Lima, 1 de abril de 2002
Visto: el Informe Técnico S/N y el Informe Nº 005-2002-
INGEMMET/AL de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 19º inciso h) del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están
exonerados de los procesos de licitación pública, concur-
so público o adjudicación directa, las adquisiciones o con-
trataciones que se realicen para servicios personalísimos,
de acuerdo con lo que disponga el Reglamento;
Que el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM, señala que de conformidad con el inciso h) del Ar-
tículo 19º de la Ley, se encuentran exonerados de los procesos
de selección, los contratos de locación de servicios celebra-
dos con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha con-
tratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la
persona del locador, ya sea por sus características inherentes,
particulares o especiales o por su determinada calidad, profe-
sión, ciencia, arte u oficio;
Que asimismo el Artículo 113º del citado Reglamento
establece que las resoluciones que aprueben la exonera-
ción de los procesos de selección, al amparo de las cau-
sales prescritas en el Artículo 19º de la Ley, requieren obli-
gatoriamente de un Informe Técnico Legal sustentando la
necesidad de la exoneración;
Que de acuerdo con los informes del Visto, el Ing. Án-
gel Báez Ayesta reúne las características requeridas para
la realización del servicio a contratarse, pues se trata de
un profesional dinámico con iniciativa y creatividad que
cuenta, además, con amplia experiencia en la formulación,
seguimiento, control y evaluación de proyectos vinculados
al sector Energía y Minas;
De conformidad con el Artículo 19º del Texto Único Or-
denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado y el Artículo 111º del Reglamento de la Ley;
Con el visto bueno de la Dirección Ejecutiva, Dirección
de Administración y Finanzas, Área de Logística y Control
Patrimonial, y la oficina de Asesoría Legal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección la contra-
tación del Ing. Ángel Báez Ayesta para que se desempeñe como
Asesor Técnico de la Alta Dirección de INGEMMET.
Artículo 2º.- El valor referencial del servicio asciende
a la suma de S/. 55,068.00 (Cincuenta y cinco mil sesenta
y ocho y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de
ley y cuenta con la disponibilidad presupuestal corres-
pondiente.
Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Logística y
Control Patrimonial remita, copia de la presente Resolu-
ción y de los Informes Técnico y legal que la sustentan, a
la Contraloría General de la República.
Regístrese y comuníquese.
RÓMULO MUCHO
Presidente del Consejo Directivo
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OSIPTEL
Aprueban contrato de interconexión de
redes de servicio de telefonía fija local
y de servicio portador de larga distan-
cia suscrito entre AT & T Perú S.A. e
IDT Perú S.R.L.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 149-2002-GG/OSIPTEL
Lima, 18 de abril de 2002
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos,
Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos
en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a
5.00 p.m. de lunes a viernes.
2.- Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10)
páginas.
3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a tres (3)
páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette.
4.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán
venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,
éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
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