Autorizan viaje de asesor del ministerio a Ecuador, para participar en actualización y redacción de reglamentos relativos a la OLADE

Fecha de publicación04 Agosto 2000
Fecha de disposición04 Agosto 2000
Pág. 191272
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 4 de agosto de 2000
tural Nº 065-98-INRENA a la bióloga Ada Ruth Castillo
Ordinola, a quien se le encargó las funciones de Jefe del
Parque Nacional del Manu y Zona Reservada del Manu,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha las
funciones de Jefe del Parque Nacional del Manu y
Zona Reservada del Manu al ingeniero MODESTO
CHALLCO LLAMPI.
Artículo 3º.- El personal comprendido en la presente
Resolución efectuará la entrega de cargo correspondien-
te a la brevedad bajo responsabilidad administrativa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSEFINA TAKAHASHI SATO
Jefa del INRENA
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Amplían plazo de adecuación al Regla-
mento de Uso Turístico de la Red de
Caminos Inca del Santuario Histórico
de Machupicchu
RESOLUCION Nº 003-2000-UGM-CD
Lima, 3 de agosto de 2000
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los Artículos 17º y 19º del Decreto
Ley Nº 25902, y el Artículo 8º de la Ley Nº 26834, se
establece que el Instituto Nacional de Recursos Natura-
les - INRENA, Organismo Público Descentralizado del
Ministerio de Agricultura, es la autoridad nacional com-
petente del Sistema Nacional de Areas Naturales Prote-
gidas por el Estado - SINANPE;
Que, la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al
Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el Ins-
tituto Nacional de Cultura - INC, Organismo Público
Descentralizado del Ministerio de Educación, es la auto-
ridad nacional competente para la conservación del
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-99-AG se
constituye la Unidad de Gestión del Santuario Histórico
de Machupicchu (UGM), que está encargada de la ges-
tión integral de la mencionada Area Natural Protegida;
Que, mediante Resolución Nº 002-2000-UGM-CD se
aprueba el Reglamento de Uso Turístico de la Red de
Caminos Inca del Santuario Histórico de Machupicchu,
el cual establece en su Tercera Disposición Final que los
usuarios de la Red de Caminos Inca del SHM, en el plazo
de noventa (90) días calendario, a partir de su publica-
ción, se adecuarán a las disposiciones establecidas en
este Reglamento;
Que, luego de una evaluación y consultas con los
diferentes usuarios de la Red de Caminos Inca, el Comité
Directivo de la UGM ha considerado conveniente la
ampliación del plazo de adecuación establecido en el
mencionado Reglamento;
En uso de las atribuciones que se establecen en el
Decreto Supremo Nº 023-99-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Amplíase el plazo de adecuación a que
se refiere la Tercera Disposición Final de la Resolución
Nº 002-2000-UGM-CD - Reglamento de Uso Turístico de
la Red de Caminos Inca del Santuario Histórico de
Machupicchu, hasta el 31 de diciembre del año 2000.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerente Técnica de la
Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu-
picchu, la presentación al Comité Directivo de la UGM,
de propuestas de normas complementarias del Regla-
mento de Uso Turístico de la Red de Caminos Inca del
Santuario Histórico de Machupicchu, en especial las
referidas al establecimiento de tarifas promocionales
para el turismo interno, la aplicación del sistema de
reservas para el manejo de la capacidad de carga, así
como las vinculadas a los cursos de capacitación necesa-
rios para los Guías de Turismo y otras para la adecuada
aplicación del mencionado Reglamento de Uso Turístico.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSEFINA TAKAHASHI SATO
Jefa del INRENA
LUIS REPETTO MALAGA
Director Nacional del INC
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ECONOMIA Y
FINANZAS
FE DE ERRATAS
RESOLUCION SUPREMA
Nº 223-2000-EF
Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 223-2000-
EF, publicada en nuestra edición del día 29 de julio de
2000, en la página 191010.
En el Artículo 1º, en la Descripción de bienes:
DICE:
(...) las partidas Nºs. 30.02 ó 30.06.
DEBE DECIR:
(...) las partidas Nºs. 30.02 ó 30.06.
De laboratorio:
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ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de asesor del Ministe-
rio a Ecuador, para participar en ac-
tualización y redacción de reglamen-
tos relativos a la OLADE
RESOLUCION SUPREMA
Nº 074-2000-EM
Lima, 3 de agosto del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Comité de Estrategia y Programación de la
Organización Latinoamericana de Desarrollo - OLADE,
del cual Perú es miembro, se reunirá del 7 al 11 de agosto
del 2000, en la ciudad de Quito, Ecuador, a fin de
actualizar los reglamentos de dicha organización en
concordancia con las modificaciones del Tratado Consti-
tutivo y para redactar el reglamento del Comité;
Que, ha sido designado el Dr. Oscar Arrieta Orjeda,
Asesor del Despacho Ministerial, del Ministerio de Ener-
gía y Minas, para que participe en la reunión precitada;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres-
pondiente viaje;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Oscar Arrieta
Orjeda, Asesor del Despacho Ministerial, del Ministerio
de Energía y Minas, del 7 al 11 de agosto del 2000, a la

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