DECRETO DE ALCALDIA N° 01-2013-MDL - Aprueban Reconversión de los Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA actualizados en función a la UIT

Fecha de publicación20 Febrero 2013
Fecha de disposición20 Febrero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 20 de febrero de 2013
488316
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal
a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, modif‌i cada por las Leyes Nos. 27902, 28013,
28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de
la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del acta, ha aprobado la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero: DEROGAR la Ordenanza Regional
Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 03 de abril
del 2004 y su modif‌i catoria la Ordenanza Regional Nº
014-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de agosto
del 2004.
Artículo Segundo: ENCARGAR a la Comisión Ordinaria
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de
Tacna efectúe el estudio correspondiente y emita opinión
sobre la posibilidad de aprobar y regular un PROGRAMA
REGIONAL DE VIVIENDA conforme a las disposiciones
legales vigentes, concediéndole para dicho efecto el plazo
de treinta (30) días hábiles”.
Artículo Tercero: RATIFICAR la obligatoriedad de
que las transferencias de bienes muebles e inmuebles
de propiedad del Gobierno Regional de Tacna deben
ser autorizadas por el Consejo Regional de Tacna, ello
de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27867,
Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional
de Tacna, incluidos los programas de vivienda, bajo
responsabilidad funcional.
Artículo Cuarto: DISPONER en forma transitoria
que los procedimientos de adjudicación respecto de los
terrenos referidos en la Resolución Gerencial General
Regional Nº 248-2004-GR.TACNA de fecha 26 de octubre
del 2004, expedida en mérito a la Ordenanza Regional
Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA y su modif‌i catoria la
Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA,
continuarán con el trámite respectivo hasta su culminación,
estableciéndose como plazo máximo el periodo de un
año (01) contado a partir de la entrada en vigencia de
la presente ordenanza regional, vencido dicho plazo se
procederá a la reversión del terreno adjudicado inclusive
respecto de los que tengan edif‌i caciones o cuenten
con mejoras, encargándosele a la Of‌i cina Ejecutiva
de Administración de Bienes Inmuebles (OEABI) para
que dentro del plazo de seis (06) meses efectúe dichos
trámites de reversión. El plazo antes referido también
será aplicable para los casos referidos en la Resolución
Gerencial General Regional Nº 692-2005-GGR/G.R-
TACNA de fecha 03 de octubre del 2005.
Artículo Quinto: DEROGAR el Decreto Regional Nº
005-2012-P.R./GOB.REG. TACNA de fecha 11 de abril
del 2012 y todas las disposiciones que se opongan a la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Sexto: DISPONER que la presente
Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo Sétimo: PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y
en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento
de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Gobierno Regional, disponiendo que dicha publicación
sea efectuada por la Gerencia General Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veintiséis de abril del año
dos mil doce.
BARTOLOME ROMAN CARRILLO AQUINO
Presidente
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
No habiendo sido promulgado dentro del plazo
establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, y sus modif‌i catorias, por el señor Presidente
del Gobierno Regional de Tacna, en cumplimiento del
artículo 129 del Reglamento Interno del Consejo Regional
de Tacna, aprobado por ORDENANZA REGIONAL Nº
004-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario
Of‌i cial “El Peruano” el 19 de noviembre del 2011 y lo
dispuesto en el artículo cuarto del Acuerdo de Consejo
Regional Nº 083-2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha
07 de diciembre del 2012, mando se registre, notif‌i que,
difunda y cumpla.
En Tacna a los veintidós días del mes de enero del
dos mil trece.
JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY
Presidenta
Consejo Regional de Tacna
902576-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Reconversión de los
Términos Porcentuales de los Derechos
Administrativos vigentes contenidos
en el TUPA actualizados en función a
la UIT
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 01-2013-MDL
Lince, 7 de febrero de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE;
VISTO: El Informe Nº 012-2013-MDL-OPP de la
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual
solicita la aprobación de la Reconversión de los Términos
Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes en
función a la UIT establecida para el Año 2013;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194°
de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades
Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal las funciones normativas y f‌i scalizadoras y a la
Alcaldía las funciones ejecutivas;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica
de Municipalidades”, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para
la correcta y ef‌i ciente administración municipal y resuelven
o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario, que no sean de competencia del Concejo
Municipal;
Que, con la Ordenanza Nº 250-MDL del 18 de Setiembre
del 2009, modif‌i catoria de la Ordenanza Nº 240-MDL, se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, ratif‌i cado por
Acuerdo de Concejo Nº 551 del 22 de Diciembre del 2009
de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante la Ordenanza Nº 0270-MDL del 25 de
Junio del 2010, modif‌i catoria de la Ordenanza Nº 250-MDL
respecto a los procedimientos, requisitos y derechos de
tramitación que se adecúan a la Ley Nº 29476 – Ley que
modif‌i ca y complementa la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación
de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones; ratif‌i cada por
el Acuerdo de Concejo Nº 328 del 31 de Agosto del 2010 de
la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante la Ordenanza Nº 272-MDL del 13 de
Agosto del 2010, se aprobó y modif‌i có en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos –TUPA, aprobado por

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