Reconocen a miembros del Consejo de Participación de la Juventud para el período correspondiente a agosto 2004 a julio 2006

Fecha de publicación11 Agosto 2004
Fecha de disposición11 Agosto 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 11 de agosto de 2004
Nación, para lo cual se ha considerado conveniente la crea-
ción de una Comisión de Ética, Transparencia y Antico-
rrupción del Archivo General de la Nación;
Estando a los considerandos expuestos, y de conformi-
dad con la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la
Función Pública, Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley Nº
27927; y en uso de las facultades conferidas mediante
Resolución Suprema Nº 013-2003-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- CREAR la Comisión de Ética, Transpa-
rencia y Anticorrupción del Archivo General de la Nación,
facultada para intervenir, investigar, opinar y definir proce-
dimientos de queja, denuncias por actos de corrupción e
inmoralidad, consultas y acceso a la información, respecto
al ejercicio de la función pública de los servidores de la
Entidad, la misma que queda conformada por la siguiente
forma:
- Lic. Omar Vicente Rojas Herrera, Director Nacional
de la Escuela Nacional de Archiveros, Presidente.
- Dra. Georgina Carmela Anticona Sotomayor, Direc-
tora de Archivos Notariales y Judiciales, Secretaria Técni-
ca.- Sra. Juana Viacava Quispe, Directora de Conserva-
ción, Miembro.
Artículo 2º.- DISPONER que todos los órganos del
AGN, brinden el apoyo que les pueda requerir la Comisión
de Ética, Transparencia y Anticorrupción, para el mejor
desarrollo de sus funciones y objetivos.
Regístrese y comuníquese.
TERESA CARRASCO CAVERO
Jefa
14506
COMISION NACIONAL DE
LA JUVENTUD
Reconocen a miembros del Consejo de
Participación de la Juventud para el
período correspondiente a agosto 2004
a julio 2006
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 051-P/CNJ-CONAJU-2004
Lima, 10 de agosto del 2004
VISTO:
El Oficio Nº 126-2004-CE/CPJ, de fecha 9 de agosto
del año 2004, cursado por el señor Rafael Johan Michael
Robles Moras, Presidente del Comité Electoral del Conse-
jo de Participación de la Juventud - CPJ, mediante el cual
pone en conocimiento de la Comisión Nacional de la Ju-
ventud, la relación de los nuevos Representantes ante el
Consejo de Participación de la Juventud;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27802, el Consejo
Nacional de la Juventud - CONAJU es un ente sistémico que se
rige por los principios de identidad, transparencia, participación,
concertación, coordinación, representación e institucionalidad de-
mocrática y descentralizada, el cual integrado entre otros por el
Consejo de Participación de la Juventud - CPJ;
Que, de acuerdo con los artículos 17º y 18º de la Ley
Nº 27802, así como el artículo 33º del Reglamento de la
Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-
PCM, el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ,
organismo de representación, concertación y participación
de la juventud, encargado de recepcionar, evaluar, formu-
lar y proponer políticas e iniciativas orientadas a la promo-
ción y desarrollo integral de la juventud, es el organismo
en el cual están representados los jóvenes desde los quin-
ce (15) hasta los veintinueve (29) años de edad. Se cons-
tituye en Asamblea y tiene por objeto recepcionar, formular
y proponer políticas e iniciativas orientadas a la promoción
y desarrollo integral de la juventud;
Que, la elección de los ochenta (80) representantes de
la Juventud, de conformidad con lo dispuesto por los artí-
culos 17º y 18º de la Ley Nº 27802 y con el artículo 39º del
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-
PCM, se efectúa en forma estamental, respondiendo su
composición a criterios de equidad, proporcionalidad, re-
presentatividad cualitativa y cuantitativa, sectorial, territo-
rial y funcional, en la distribución prevista por el artículo
40º del citado Reglamento;
Que, al amparo de la normatividad señalada en los pá-
rrafos anteriores, así como en cumplimiento de lo dispues-
to por la Segunda Disposición Transitoria del Decreto Su-
premo Nº 106-2002-PCM, modificada por el Decreto Su-
premo Nº 005-2004-PCM, el proceso de elección de los
representantes del Segundo Consejo de Participación de
la Juventud, es de responsabilidad de los representantes
del Primer Consejo de Participación de la Juventud, reco-
nocidos por Resolución Presidencial Nº 014-P-CNJ-CO-
NAJU/2004, y se desarrolla durante el año fiscal 2004, de-
biendo finalizar el 31 de julio de este año;
Que, de conformidad con el artículo 36º del citado Regla-
mento, una vez elegidos los miembros del Consejo de Partici-
pación de la Juventud, éstos deben de ser acreditados ante la
Presidente de la Comisión Nacional de la Juventud, quien a
su vez expide el reconocimiento correspondiente;
Que, de acuerdo a lo comunicado mediante Oficio Nº 126-
2004-CE/CPJ del Comité Electoral del Consejo de Participación
de la Juventud, órgano autónomo del Consejo de Participación
de la Juventud encargado del proceso de elección, se ha remitido
la lista de nombres de los nuevos representantes ante el Consejo
de Participación de la Juventud, precisando a su vez que, se
encuentra aún pendiente el proceso de elección del Estamento
de Organizaciones Juveniles del departamento de Tacna, ya que
dicho acto ha sido anulado; del mismo modo cabe mencionarse
que en estamento de Partidos Políticos, al no haber cumplido con
acreditar a la totalidad de los representantes de los distintos Par-
tidos Políticos, por lo que se ha de proceder a reconocer a los que
se encuentran en la relación remitida por el mencionado Comité;
Que, para efectos de lo previsto en el artículo 36º del
Reglamento de la Ley Nº 27802 y a efectos de contribuir al
logro de los objetivos del Consejo de Participación de la
Juventud, es menester adoptar las acciones administrati-
vas correspondientes;
De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802 y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-
2002-PCM, y sus modificaciones correspondientes, así
como por la Resolución Suprema Nº 072-2003-PCM y en
uso de sus atribuciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Reconocer como miembros del Consejo
de Participación de la Juventud - CPJ, por el período co-
rrespondiente a agosto de 2004 a julio de 2006, a los jóve-
nes que a continuación se indican:
REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
1. Jim Franz Chevarría Montesinos, por Partido Aprista
Peruano.
2. Julio Abraham Chávez Chiong, por Acción Popular.
3. Aníbal Froilan Pacori Fuentes, por Perú Posible.
4. Manuel Jerjes Loayza Javier, por Unión por el Perú.
5. Jessica Janet Príncipe Rojas, por Frente Indepen-
diente Moralizador.
6. Enrique Ricardo Flores Vásquez, por Reconstruc-
ción Democrática.
7. Sara Karina Cisneros Casas, por Somos Perú.
8. Ximena Fabiola Cerrantes Montoya, por Unidad
Nacional.
REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES U OR-
GANIZACIONES JUVENILES
9. Naymis Fernández Portocarrero, de Amazonas.
10. Freddy Arturo Uribe Henostroza, de Ancash.
11. Ivan Ovalle Escalante, de Apurímac.

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