ORDENANZA Nº 005-2009-MPGCH - Reconocen la zona urbana y zona de expansión urbana del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú

Fecha de publicación18 Octubre 2009
Fecha de disposición18 Octubre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 18 de octubre de 2009
404758
condiciones acústicas y demás aspectos funcionales,
que resulten aplicables al giro solicitado conforme al
Reglamento Nacional de Edif‌i caciones y demás normas
aplicables, incluidas las normas sobre accesibilidad a
personas con discapacidad.
Disposiciones Finales
Primera: La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación.
Segunda: Deróguese toda norma que se oponga a la
presente ordenanza.
Tercera: Las disposiciones complementarias de la
presente ordenanza se emitirán mediante Decreto de
Alcaldía
Cuarta: Las Licencias de Funcionamiento Temporales,
de Mercados de Abastos y Galerías Comerciales, así
como de Concesionarios se sujetan a las disposiciones
contenidas en los Capítulos II, III y IV del Título I de la
presente Ordenanza en lo que resulte aplicable.
Disposiciones Transitorias
Primera: Los procedimientos administrativos
relacionados a la obtención de la Licencia de
Funcionamiento def‌i nitiva o Autorización Temporal, que
se encuentren en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en
la presente ordenanza.
Segunda: Las Licencias de Funcionamiento con
vigencia indeterminada cuya zonif‌i cación establecida en
la Ordenanza Nº 1017-MML no sea compatible con el giro
autorizado mantendrán su vigencia hasta el 17 de mayo
de 2012.
Tercera: Precísese que los derechos a cobrar por los
trámites relacionados a la Licencia de Funcionamiento
son los establecidos en el TUPA vigente, no siendo de
aplicación, en ningún caso, los derechos correspondientes
a Certif‌i cado de Zonif‌i cación y Compatibilidad de Uso y
Conformidad de Establecimiento.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cúmplase.
JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA
Alcalde
410381-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
GRAN CHIMU
Reconocen la zona urbana y zona
de expansión urbana del distrito de
Cascas, provincia de Gran Chimú
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 005-2009-MPGCH
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE GRAN CHIMÚ.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE GRAN CHIMÚ, en sesión de fecha 25 de junio de
2009;
CONSIDERANDO:
194º, preceptúa que las municipalidades son órganos
de gobierno local con autonomía política, económica y
administrativa en asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo a lo prescrito por el Art. 79 de la
municipalidades, en materia de organización del espacio
físico y uso del suelo, ejercen la función de Aprobar el
Esquema de Zonif‌i cación de áreas urbanas;
Que, dentro del marco de las funciones antes
indicadas, y de acuerdo a lo indicado por la Gerencia
de Infraestructura y Obras, referido a la ubicación de
viviendas del distrito de Cascas, resulta preciso declarar
al mismo como zona urbana, dentro de las coordenadas
UTM siguientes:
Zona Urbana
Vértices Norte Este
A 9173490 739500
B 9173490 741500
C 9181500 739500
D 9181500 741500
Zona de Expansión Urbana
Vértices Norte Este
F 9174570 738290
G 9174570 742460
H 9179850 738290
I 9179850 742460
Por lo que el Pleno del Concejo, en uso de las facultades
otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RECONOCE LA ZONA
URBANA Y ZONA DE EXPANSIÓN URBANA
DEL DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA
DE GRAN CHIMÚ
Artículo 1º.- DECLARAR como Zona Urbana del
distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, departamento
y región de La Libertad a aquella comprendida dentro de
las coordenadas UTM siguientes:
Zona Urbana
Vértices Norte Este
A 9173490 739500
B 9173490 741500
C 9181500 739500
D 9181500 741500
Artículo 2º.- DECLARAR como Zona de Expansión
Urbana del distrito de Cascas, provincia de Gran
Chuimú, departamento y región de La Libertad a aquella
comprendida dentro de las coordenadas UTM siguientes:
Zona de Expansión Urbana
Vértices Norte Este
F 9174570 738290
G 9174570 742460
H 9179850 738290
I 9179850 742460
Artículo 3º.- Facúltese al señor Alcalde a dictar
por Decreto de Alcaldía, las normas y disposiciones
reglamentarias que fueran necesarias para la cabal
ejecución de la presente ordenanza municipal
Artículo 4º.- Deróguese todas las disposiciones
municipales que se opongan o contradigan la presente
ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Cascas, a los 25 días del mes de junio de
2009.
JOEL D. DÍAZ VELÁSQUEZ
Alcalde
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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