ACUERDO Nº 090-08-MCPSMH - Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de recolección, transporte y eliminación de residuos sólidos

Fecha de disposición14 Enero 2009
Fecha de publicación14 Enero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 14 de enero de 2009
388384
fraccionado sus deudas pendientes de pago, no podrán
acogerse a este benef‌i cio aquellos contribuyentes que
tienen Reclamo ante el Tribunal f‌i scal o se encuentren en
revisión judicial.
Artículo Tercero.- DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS:
De las personas naturales o jurídicas que tengan
deudas pendientes de pago por concepto de multas
tributarias, podrán cancelar las mismas con la rebaja del
100% sobre el importe de la multa, siempre que el pago
se realice al contado.
Artículo Cuarto.- DE LAS MULTAS
ADMINISTRATIVAS:
De las personas naturales o jurídicas que tengan
deudas pendientes de pago por concepto de multas
administrativas al 31 de Octubre del 2008, podrán
cancelar las mismas con la rebaja del 90% sobre el
importe de la infracción.
Artículo Quinto.-. DE LOS CONTRIBUYENTES QUE
TENGAN CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO:
Los contribuyentes que tengan convenios de
fraccionamiento a la vigencia de la presente Ordenanza
podrán solicitar la quiebra del mismo, en este caso los
pagos efectuados serán considerados como a cuenta de
la deuda.
Artículo Sexto.- PAGOS EFECTUADOS:
El Benef‌i cio establecido en la presente Ordenanza no
da derecho a la devolución para aquellos contribuyentes
que hayan cancelado sus obligaciones, antes de la
vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo Séptimo.- DE LOS RECURSOS
IMPUGNATORIOS EN TRÀMITE:
Los contribuyentes que hayan presentado un recurso
de reclamación, reconsideración o apelación, podrán
acogerse al benef‌i cio de la presente ordenanza siempre
que se desistan de sus recursos presentados.
Artículo Octavo.- VIGENCIA
El Plazo para acogerse es de 30 días a partir de la
vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo Noveno.- FACULTADES Y
REGLAMENTACIÓN:
Facúltese al Señor Alcalde, que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y/o
reglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia
del benef‌i cio de la presente Ordenanza de ser necesaria
la misma.
Artículo Décimo.-. Del cumplimiento de la ordenanza
encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria
y dependencias a su cargo, Gerencia de Administración
y Finanzas, Secretaria General el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS
Alcalde
300072-1
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de recolección,
transporte y eliminación de residuos
sólidos
ACUERDO DE CONCEJO
N° 090-08-MCPSMH
Santa María de Huachipa, 29 de diciembre del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL
CENTRO POBLADO DE SANTA
MARÍA DE HUACHIPA;
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 559-2008-SGPCYGA/
MCPSMH la Sub Gerencia de Participación Ciudadana
hace presente que en el contrato Nº 003-2008/MCPSMH
del servicio de transporte, recolección y disposición f‌i nal
de residuos sólidos con la Empresa CORPORACION
EL SEÑORIAL S.A. Señala que en la cláusula quinta
indica que vence el 31 de diciembre del 2008, por lo que
se recomienda tomar acciones para que el servicio de
recojo de residuos sólidos deberá seguir continuando
con el recojo del mismo, pedido que se sustenta en las
siguientes normas:
N° 27972
- Inciso c) del artículo 19° del Decreto Supremo N°
083-2004-PCM.
- Artículos 20°, 21° y 42° del Texto Único de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo N° 083-84-PCM.
- Artículos 231° y 236° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones aprobado por Decreto
Supremo N° 084-2004-PCM.
Que, mediante Informe N° 232-2008-GAJ/MCPSMH
la Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión que
legalmente la declaración de desabastecimiento inminente
debe ser adoptada por el Concejo Municipal con el informe
técnico, que sustente que la ausencia de los insumos se
deben a hechos extraordinarios e imprevisibles cuya no
adquisición oportuna provocaría la falta de atención a los
benef‌i ciarios de nuestra localidad.
Que, con la f‌i nalidad de no generar responsabilidad
teniendo en cuenta la Ley Especial de la materia y
teniéndose en consideración que el servicio debe ser
continuo y sucesivo donde, la entidad no puede dejar de
brindar el servicio de recojo de los residuos sólidos.
Estando a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las facultades conferidas en la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando
con el voto por Unanimidad de los señores Regidores
asistentes a la sesión de concejo de la fecha y con la
dispensa de la lectura y aprobación de actas;
SE ACUERDA:
Artículo 1°.- DECLARAR, en Situación de
Desabastecimiento Inminente el Servicio de recojo de
residuos sólidos, por un valor referencial de S/. 58,500.00
Nuevos Soles, afectándose el gasto a la Fuente de
Financiamiento Recursos Ordinarios.
Artículo 2°.- AUTORIZAR, la Exoneración para
el servicio de recolección, transporte y eliminación de
residuos sólidos hasta por 65 días hábiles.
Artículo 3°.- DISPONER, la publicación del presente
Acuerdo de Concejo conforme a ley, y remitir a la
Contraloría General de la República y a CONSUCODE,
copia del presente Acuerdo.
Artículo 4°.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de
Logística y Control Patrimonial el servicio exonerado.
Artículo 5°.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal
el cumplimiento del presente acuerdo y realizar las
acciones pertinentes conforme a ley respecto a las
responsabilidades de los funcionarios.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS
Alcalde
300072-2
Disponen la celebración del Matrimonio
Civil Comunitario para el 17 de enero
de 2009
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 005-2008-MCPSMH.
C. P. Santa María de Huachipa, 12 de diciembre del
2008
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