La receta de Fujimori

Por federicoSalazar

Aunque tiene iniciativa para la reforma constitucional, el presidente de la República no hace la Constitución ni la reforma (Const., art. 206).El presidente Vizcarra, sin embargo, quiere ejercer un poder ?constituyente? que no tiene. Quiere tener el poder de hacer una reforma constitucional según sus criterios, medidas y plazos.El jefe del Gabinete lo ha adelantado. Lo ha dicho en su solicitud del voto de confianza.Propondremos, advierte el ministro Del Solar, ?que el plazo máximo para la aprobación de estas iniciativas legislativas venza al finalizar la presente legislatura, lapso en el cual también deben ser aprobados, en primera votación, los proyectos de ley de reforma constitucional mencionados?.?Si ese plazo es excedido?, concluye el ministro Del Solar, ?valoraremos que la confianza nos ha sido rehusada?.La ?confianza? es una expresión de aceptación de parte del Congreso de las personas y los lineamientos de gestión de los ministros o del Consejo de Ministros. No es un cheque en blanco sobre todas las acciones y lineamientos de gobierno.El ministro dimite cuando se desaprueba una iniciativa ministerial de la que ha hecho cuestión de confianza (art. 132). Iniciativa ministerial, sin embargo, no es iniciativa constituyente (o sea, de creación o cambio de la Constitución).Se trata de dar formalidad a la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo (relación ?fiduciaria?, dicen los expertos). No se trata, pues, de transferir al Ejecutivo el poder de crear instituciones de rango constitucional.La cuestión de confianza se refiere a políticas o programas de gobierno o, eventualmente, a un proyecto de ley que facilite o evite la obstrucción a la acción de gobierno. Lo que pide este gobierno, sin embargo, es voto de confianza para reformas constitucionales.Los gobiernos no pueden proponer leyes írritas con cuestión de confianza de por medio y, por esta vía, amenazar con la disolución del Congreso.Imaginemos un gobierno que proponga quitar el derecho al sufragio a los adultos mayores, y pida el respaldo. Tendría que rechazarse la confianza. Supongamos un Gabinete sucesivo, que proponga establecer la mayoría de edad en 28 años. Se le tendría que quitar la confianza...

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