Reasignan a magistrado como juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Martín de Porres y Los Olivos
Fecha de disposición | 20 Octubre 2004 |
Fecha de publicación | 20 Octubre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 20 de octubre de 2004
VISTA:
La Resolución Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ
de fecha veintinueve de setiembre del año en curso;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la resolución administrativa de vis-
ta, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras
cosas, ha reubicado al Tercer Juzgado de Paz Letra-
do de San Martín de Porres y Los Olivos como Se-
gundo Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra,
Santa Rosa y Ancón, no habiendo regulado, en este
caso, respecto de la carga procesal;
Que en tal sentido, de conformidad a lo estableci-
do por el artículo 96, inciso 20 del TUO de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, corresponde a este ór-
gano de gestión Distrital, tomar la medida administra-
tiva pertinente y disponer la distribución de los expe-
dientes del convertido Tercer Juzgado de Paz Letra-
do de SMP y LO entre los cuatro Juzgados de Paz
Letrado de SMP y LO ( 1º, 2º, 4, y 5º);
Por otro lado, también resulta necesario implemen-
tar y poner en funcionamiento el Segundo Juzgado
de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y An-
cón y consecuentemente la distribución equitativa de
la carga procesal del Primer Juzgado de Paz Letrado
de esa misma competencia;
Que, asimismo es preciso establecer el turno ju-
dicial que regirá para las Unidades Jurisdiccionales
anotadas, la misma que debe darse inicio a partir del
dieciocho del presente mes;
Por lo expuesto, el Consejo Ejecutivo del Distrito
Judicial del Cono Norte de Lima, en uso de sus
atribuciones que le confiere el artículo 96 del TUO de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, por unanimidad;
RESUELVE:
Primero.- DISPONER que los expedientes del
convertido Tercer Juzgado de Paz Letrado de San
Martín de Porres y Los Olivos, sean remitidos a la
Mesa de Partes Única de Juzgados Penales, Labo-
ral, Familia y Juzgado de Paz Letrados, para su dis-
tribución aleatoria entres el 1º, 2º, 4º y 5º Juzgados
de Paz Letrado de San Martín de Porres y Los Oli-
vos.
Segundo.- DISPONER que los expedientes 3º
Juzgado de Paz Letrado de SMP y LO que actual-
mente se encuentran en apelación ante Juzgados
Especializados, una vez resuelto deberán remitirse
a la Mesa de Partes indicado en el artículo primero.
Del mismo modo se procederá cuando se soliciten
expedientes que se encuentran en el Archivo Cen-
tral.
Tercero.- DISPONER el funcionamiento del
Segundo Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra,
Santa Rosa y Ancón, a partir del día dieciocho de
octubre del año en curso.
Cuarto.- DISPONER que los expedientes del Pri-
mer Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, San-
ta Rosa y Ancón, se redistribuya en porcentajes igua-
les, correspondiendo en orden correlativo el primer
cincuenta por ciento al Primer Juzgado de Paz Letra-
do de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón y el se-
gundo cincuenta por ciento al Segundo Juzgado de
Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón.
Quinto.- DISPONER que para los procesos de
faltas, el 1º y 2º Juzgado de Paz Letrado antes cita-
do, realicen Turno Judicial de quince días, la misma
que regirá a partir del dieciocho de octubre del año
en curso, comenzando por el 2º JPL.
Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi-
cial, Corte Suprema de Justicia, Oficina de Control
de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de
Personal y Escalafón del Poder Judicial, Oficina Dis-
trital de Control de la Magistratura y de la Oficina de
Administración Distrital.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MONTAÑEZ GONZALES
Presidente
DURAN HUARINGA
MIRANDA CANALES
HUAMÁN VARGAS
DÍAZ CÁRDENAS
18869
Reasignan a magistrado como juez del
Primer Juzgado de Paz Letrado de San
Martín de Porres y Los Olivos
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
CONO NORTE DE LIMA
Consejo Ejecutivo Distrital
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 021-2004-CED-CSJCN/PJ
Independencia, catorce de octubre del dos mil cua-
tro.
VISTA:
La Resolución Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ de
fecha veintinueve de setiembre del año en curso y el
documento presentado por el doctor Eder Vlademiro
Juárez Jurado, Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz
Letrado de San Martín de Porres y Los Olivos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la resolución administrativa de vista,
el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras co-
sas, ha reubicado al Tercer Juzgado de Paz Letrado de
San Martín de Porres y Los Olivos como Segundo Juz-
gado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y
Ancón;
Que, sustentada en tal conversión, el doctor Eder
Vlademiro Juárez Jurado, solicita a este Colegiado, se
disponga su reasignación como Juez Titular del Primer
Juzgado de Paz Letrado de San Martín de Porres y Los
Olivos, en razón de que postuló y fue nombrado Juez
Titular de San Martín de Porres y Los Olivos por el Con-
sejo Nacional de la Magistratura;
Que, al respecto cabe indicarse, que visto el legajo
del citado Magistrado, efectivamente, mediante Resolu-
ción Administrativa Nº 374-2002-CMN de fecha ocho de
julio del año dos mil dos, el Consejo Nacional de la
Magistratura lo nombró como Juez de Paz Letrado de
San Martín de Porres y Los Olivos, habiéndole otorgado
el Título de Magistrado, correspondiente a esa compe-
tencia;
Que, asimismo, en virtud a tal nombramiento, el se-
ñor Presidente de ese entonces, lo designó como Juez
Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de San Martín
de Porres y Los Olivos;
Que, actualmente el Primer Juzgado de Paz Letrado
de San Martín de Porres y Los Olivos, es atendida por
una Juez Suplente, en razón de que la plaza se encuen-
tra vacante, más aún, no ha sido convocada a concurso
por el Consejo Nacional de la Magistratura en la Convo-
catoria Nº 001-2004, según puede advertirse en la rela-
ción publicada en la página web del CNM;
Que, por lo expuesto y estando a que el doctor Eder
Vlademiro Juárez Jurado, cuenta con Título de Juez de
San Martín de Porres y Los Olivos, este Colegiado con-
sidera atendible su petición;
Por lo expuesto, el Consejo Ejecutivo del Distrito Judi-
cial del Cono Norte de Lima, en uso de sus atribuciones
que le confiere el artículo 96 del TUO de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, por unanimidad;
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