1011 070/MDS - Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito

Fecha de publicación21 Junio 2001
Fecha de disposición21 Junio 2001
Pág. 204876
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de junio de 2001
Artículo 2º.- Encárguese a la Dirección de Rentas el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR
Alcalde
25711
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE
PORRES
Modifican artículo de ordenanza refe-
rida a zonas de parqueo vehicular
ORDENANZA Nº 020-2001-MDSMP
San Martín de Porres, 19 de junio de 2001
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTIN DE PORRES
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo
de fecha 19 de junio del 2001;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 077-2001-
MML/DMTU-DGTO-DSZ, de la Dirección Municipal de
Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, se declara zona rígida en la jurisdicción del distrito
de San Martín de Porres, las siguientes vías: Av. Alfredo
Mendiola (Vía Auxiliar Este de la Panamericana Norte),
cuadras 10, 11, 12, 13, 14 y 15; Av. Fray Bartolomé De Las
Casas cuadra 5; Av. Enrique Fermí, cuadras 4 y 5; Jr.
Encinas, cuadra 5; Jr. Los Algarrobos, cuadra 5;
Que, es necesario adecuar lo señalado en la Ordenanza
Nº 030-2000-MDSMP, a lo resuelto por la Dirección Muni-
cipal de Transporte Urbano de Lima, por las consideracio-
nes técnicas legales que en ella se señalan; por lo que
corresponde excluir a las vías antes señaladas del ámbito
de la zona del parqueo vehicular precisadas en el Art. 13º
de la Ordenanza en referencia, así mismo, la Quinta
Disposición Final;
Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº
23853 - Orgánica de Municipalidades, el Concejo Munici-
pal por Unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Modificar el Artículo 13º Capítulo
V de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP de fecha 28 de
noviembre del 2000, referido a las Zonas del Parqueo
Vehicular, en la parte referente a las arterias autorizadas
como zona de parqueo, excluyendo de ellas las siguientes:
VÍA o ARTERIAS CUADRAS FORMA DE PARQUEO
Lado Par Lado Impar
Av. Alfredo Mendiola 10 Paralelo -
Av. Alfredo Mendiola 11 Paralelo -
Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Quinta Dis-
posición Final, de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Ordenan-
za a la Municipalidad Metropolitana de Lima.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GLADYS UGAZ VERA
Alcaldesa
25714
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 68-MSS
Mediante Carta Nº 202-2001-SG-MSS la Municipali-
dad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de
Erratas de la Ordenanza Nº 68-MSS, publicada en nuestra
edición del día 9 de junio de 2001, en la página 204246.
DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL
LISTADO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
DICE:
SANCION INFRACCION
ORDEN % UIT OTRAS
004.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de
fundamentos y/o sustento técnico.
004.186 100% Por falsear información en un expediente de que-
ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción
penal correspondiente.
DEBE DECIR:
SANCION INFRACCIONES
ORDEN % UIT OTRAS
010.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de
fundamentos y/o sustento técnico.
010.186 100% Por falsear información en un expediente de que-
ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción
penal correspondiente.
25696
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Autorizan realización de matrimonio
civil comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 070/MDS
Surquillo, 8 de mayo del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SURQUILLO
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDI-
NARIA de la fecha, CON EL VOTO UNANIME DE LOS
SEÑORES REGIDORES y, con dispensa del trámite de
Lectura y Aprobación de Acta, aprobó la siguiente Orde-
nanza:
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Artículo Primero.- AUTORIZAR LA REALIZACION
DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO el día
SIETE DE JULIO del 2001, en el Marco del Programa
Celebratorio del 52° Aniversario de la Creación del Distri-
to de Surquillo.
Artículo Segundo.- FIJAR EN S/. 35.00 (Treinta y
cinco y 00/100 Nuevos Soles) EL PAGO por todo concepto
que deberán realizar las parejas contrayentes que cum-
plan con los requisitos para participar en la ceremonia
autorizada.
Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulga-
ción.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
25625

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