1011 070/MDS - Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito
Fecha de publicación | 21 Junio 2001 |
Fecha de disposición | 21 Junio 2001 |
Pág. 204876
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de junio de 2001
Artículo 2º.- Encárguese a la Dirección de Rentas el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR
Alcalde
25711
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE
PORRES
Modifican artículo de ordenanza refe-
rida a zonas de parqueo vehicular
ORDENANZA Nº 020-2001-MDSMP
San Martín de Porres, 19 de junio de 2001
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTIN DE PORRES
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo
de fecha 19 de junio del 2001;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 077-2001-
MML/DMTU-DGTO-DSZ, de la Dirección Municipal de
Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, se declara zona rígida en la jurisdicción del distrito
de San Martín de Porres, las siguientes vías: Av. Alfredo
Mendiola (Vía Auxiliar Este de la Panamericana Norte),
cuadras 10, 11, 12, 13, 14 y 15; Av. Fray Bartolomé De Las
Casas cuadra 5; Av. Enrique Fermí, cuadras 4 y 5; Jr.
Encinas, cuadra 5; Jr. Los Algarrobos, cuadra 5;
Que, es necesario adecuar lo señalado en la Ordenanza
Nº 030-2000-MDSMP, a lo resuelto por la Dirección Muni-
cipal de Transporte Urbano de Lima, por las consideracio-
nes técnicas legales que en ella se señalan; por lo que
corresponde excluir a las vías antes señaladas del ámbito
de la zona del parqueo vehicular precisadas en el Art. 13º
de la Ordenanza en referencia, así mismo, la Quinta
Disposición Final;
Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº
23853 - Orgánica de Municipalidades, el Concejo Munici-
pal por Unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Modificar el Artículo 13º Capítulo
V de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP de fecha 28 de
noviembre del 2000, referido a las Zonas del Parqueo
Vehicular, en la parte referente a las arterias autorizadas
como zona de parqueo, excluyendo de ellas las siguientes:
VÍA o ARTERIAS CUADRAS FORMA DE PARQUEO
Lado Par Lado Impar
Av. Alfredo Mendiola 10 Paralelo -
Av. Alfredo Mendiola 11 Paralelo -
Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Quinta Dis-
posición Final, de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Ordenan-
za a la Municipalidad Metropolitana de Lima.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GLADYS UGAZ VERA
Alcaldesa
25714
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 68-MSS
Mediante Carta Nº 202-2001-SG-MSS la Municipali-
dad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de
Erratas de la Ordenanza Nº 68-MSS, publicada en nuestra
edición del día 9 de junio de 2001, en la página 204246.
DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL
LISTADO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
DICE:
N° SANCION INFRACCION
ORDEN % UIT OTRAS
004.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de
fundamentos y/o sustento técnico.
004.186 100% Por falsear información en un expediente de que-
ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción
penal correspondiente.
DEBE DECIR:
N° SANCION INFRACCIONES
ORDEN % UIT OTRAS
010.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de
fundamentos y/o sustento técnico.
010.186 100% Por falsear información en un expediente de que-
ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción
penal correspondiente.
25696
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Autorizan realización de matrimonio
civil comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 070/MDS
Surquillo, 8 de mayo del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SURQUILLO
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDI-
NARIA de la fecha, CON EL VOTO UNANIME DE LOS
SEÑORES REGIDORES y, con dispensa del trámite de
Lectura y Aprobación de Acta, aprobó la siguiente Orde-
nanza:
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Artículo Primero.- AUTORIZAR LA REALIZACION
DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO el día
SIETE DE JULIO del 2001, en el Marco del Programa
Celebratorio del 52° Aniversario de la Creación del Distri-
to de Surquillo.
Artículo Segundo.- FIJAR EN S/. 35.00 (Treinta y
cinco y 00/100 Nuevos Soles) EL PAGO por todo concepto
que deberán realizar las parejas contrayentes que cum-
plan con los requisitos para participar en la ceremonia
autorizada.
Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulga-
ción.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
25625
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