08 002-2003-AL/MDSMP - Autorizan realización de matrimonio civil masivo en el distrito

Fecha de disposición06 Febrero 2003
Fecha de publicación06 Febrero 2003
Pág. 238683
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 6 de febrero de 2003
Artículo Décimo Segundo.- ÓRGANOS EJECUTO-
RES
Las Oficinas de Rentas, Administración, Informáti-
ca e Imagen Institucional quedan encargadas de la eje-
cución y difusión de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
MAURICIO RABANAL TORRES
Alcalde
02210
Determinan fechas de pago del impues-
to predial y arbitrios municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001
San Juan de Lurigancho, 30 de enero de 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Tributación Municipal, aprobada me-
diante Decreto Legislativo Nº 776 establece en su artí-
culo 15º que el pago del Impuesto Predial podrá efectuarse
al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de
cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas
trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el
último día del mes de febrero y las cuotas restantes hasta
el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviem-
bre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del
Índice de Precios al Por Mayor;
Que, asimismo, el artículo 8º de la Ordenanza Nº 003
del 31.1.01 que regula el Régimen Tributario de los Arbi-
trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y
Relleno Sanitario para la jurisdicción del distrito de San
Juan de Lurigancho, modificada por la Ordenanza Nº 001
de fecha 29 de enero del 2003, establece que la obligación
de pago de las cuotas bimestrales vence el último día hábil
de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y di-
ciembre, pudiéndose, mediante Decreto, establecerse una
prórroga;
Que, siendo ello así, resulta necesario establecer las
fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y
Arbitrios para el ejercicio 2003;
Estando a las facultades previstas por el artículo 47º
numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO
DEL IMPUESTO PREDIAL; determínense las fechas de
pago del Impuesto Predial del ejercicio 2003, según el si-
guiente detalle:
Pago al contado : 28 de febrero
Pago fraccionado : 31 de mayo
Primera Cuota : 28 de febrero
Segunda Cuota : 31 de mayo
Tercera Cuota : 29 de agosto
Cuarta Cuota : 29 de noviembre
Artículo Segundo.- VENCIMENTO PARA EL PAGO DE
ARBITRIOS; determínense las fechas de pago de las cuo-
tas bimestrales de los arbitrios correspondientes al ejerci-
cio 2003, según el siguiente detalle:
Primera cuota : 28 de febrero
Segunda cuota : 30 de abril
Tercera cuota : 30 de junio
Cuarta cuota : 29 de agosto
Quinta cuota : 31 de octubre
Sexta cuota : 31 de diciembre
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MAURICIO RABANAL TORRES
Alcalde
02211
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE PORRES
Autorizan realización de matrimonio
civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2003-AL/MDSMP
San Martín de Porres, 31 de enero de 2003
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
Visto, el Informe Nº 016-2003-DRC-DSS/MDSMP, de la
División de Registro Civil, solicitando la realización del I
Matrimonio Civil Masivo 2003; "POR EL DÍA DEL AMOR Y
LA AMISTAD"
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tie-
nen el deber de proteger a la familia y promover el matri-
monio como institución natural y fundamental de la socie-
dad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la
Que, el artículo 233º del Código Civil establece la regu-
larización jurídica de la familia que tiene por finalidad con-
tribuir a su consolidación y fundamentalmente en armonía
con los principios y normas estipuladas en nuestra Consti-
tución Política;
Que, es facultad de la Municipalidad Distrital de San
Martín de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que
se encuentran aún en una situación de hecho y requieren
formalizar su situación conyugal, facilitando para ello el
procedimiento establecido;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe-
ridas en el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Autorizar la realización del I MA-
TRIMONIO CIVIL MASIVO DEL 2003 "POR EL DÍA DEL
AMOR Y LA AMISTAD" a realizarse el día 14 de febrero del
2003 en la explanada del Palacio Municipal a horas: 11.00
a.m.
Artículo Segundo.- Señalar como requisitos indis-
pensables para contraer Matrimonio Civil, los siguientes:
1.- Partida de Nacimiento original de ambos contra-
yentes, con una vigencia de un (1) año para Lima y Callao
y de seis (6) años para provincias.
2.- Copia de L.E. o D.N.I. fedateada de ambos contra-
yentes y de sus dos (2) testigos que no sean familiares.
3.- Certificado Médico Prenupcial.
4.- Constancia de Consejería de Prevención contra el
SIDA.
5.- Una foto tamaño carné actualizada de ambos.
Artículo Tercero.- De conformidad con el Art. 252º del
Código Civil se dispensa a los contrayentes de la publica-
ción del Aviso Matrimonial.
Artículo Cuarto.- Establecer como pago único por todo
concepto la suma de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 50.00), por Acta Matrimonial.
Artículo Quinto.- Manténgase los demás requisitos
exigidos cuando se trate de menores de edad, viudos, di-
vorciados y extranjeros.
Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Servicios
Sociales, a la División de Registro Civil, el estricto cumpli-
miento del presente Decreto.
Artículo Séptimo.- Encargar a la Oficina de Imagen
Institucional la publicación y difusión del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUCIO CAMPOS HUAYTA
Alcalde
02395

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