Autorizan realización de la 'Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal 1999'
Fecha de disposición | 01 Junio 2000 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2000 |
Pág. 187345
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 1 de junio de 2000
INDECOPI
Delegan facultades a la Comisión de
Reestructuración Patrimonial para
emitir directivas sobre aspectos admi-
nistrativos relacionados con los Feda-
tarios a que se refiere el D.U. Nº 064-99
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 029-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 30 de mayo del 2000
CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -
INDECOPI-, es función del Directorio, entre otras, expedir directi-
vas en el ámbito administrativo del Indecopi;
Que el Decreto de Urgencia Nº 064-99, que estableció normas
transitorias para el desarrollo de programas de saneamiento y
fortalecimiento patrimonial de las empresas, faculta al Directorio
del Indecopi a normar, vía directivas, aspectos relacionados al
nombramiento, registro, requisitos, cancelación y demás asuntos
concernientes a los Fedatarios;
Que asimismo la Primera Disposición Complementaria de la
Ley de Reestructuración Patrimonial, aprobada por Decreto Le-
gislativo Nº 845, modificada por la Ley Nº 27146, faculta también
al Directorio del Indecopi a que mediante directiva norme aspec-
tos relativos a los honorarios que les corresponde percibir a las
entidades liquidadoras a que se refiere el Título VI de dicha Ley;
Que con el propósito de facilitar la labor de fiscalización
asignada por el Artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 064-99 a la
Comisión de Reestructuración Patrimonial del Indecopi, así como
para que dicho órgano funcional integre sistemáticamente las
normas de designación, registro y fiscalización de los citados
Fedatarios y las normas relativas a la operativa de las entidades
liquidadoras, el Directorio del Indecopi ha estimado conveniente
delegar en la mencionada Comisión la facultad de dictar directi-
vas aprobando las normas pertinentes en esas materias;
Estando al acuerdo adoptado en la Sesión de fecha 30 de mayo
del 2000; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley
Nº 25868:
RESUELVE:
Artículo Unico.- Delegar en la Comisión de Reestructuración
Patrimonial del Indecopi la facultad de dictar directivas por las
que se regule el nombramiento, registro, requisitos, cancelación y
demás aspectos administrativos relacionados con los Fedatarios
a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 064-99, así como a
normar, vía directiva,la materia a que alude el segundo párrafo de
la Primera Disposición Complementaria de la Ley de Reestructu-
ración Patrimonial aprobada por Decreto Legislativo Nº 845,
modificada por la Ley Nº 27146.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ BOZA DIBOS
Presidenta del Directorio
6136
I N E I
Autorizan realización de la "Encuesta
Anual de Operadores de Servicio Pos-
tal 1999"
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 142-2000-INEI
Lima, 31 de mayo del 2000
Visto el Oficio Nº 042-2000-MTC/15.14, de la Oficina General
de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunica-
ciones, Vivienda y Construcción, solicitando autorización para
realizar la "Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal
1999";
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organi-
zación y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor-
mática", el INEI es el ente rector de los Sistemas de Estadística
e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y
evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, uti-
lizados por los órganos del Sistema para la producción de las
estadísticas oficiales del país, referidas a los Sistemas de Cuentas
Nacionales y Regionales;
Que, con la finalidad de medir el Tráfico Postal por tipo de
envío, es necesario disponer de información económica financiera
de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la
elaboración de las variables e indicadores económicos sectoriales,
que contribuyan a la adopción de medidas de política económica en
este Subsector;
Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Dirección
General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicacio-
nes, Vivienda y Construcción, sobre el planeamiento de las en-
cuestas, así como la definición y contenido de los formularios a ser
utilizados;
Que, para dicho efecto, es necesario realizar a nivel nacional
la "Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal 1999",
dirigida a las empresas que desarrollan actividades referidas al
Servicio Postal en el país; la cual será ejecutada por la Comisión
de Trabajo de la Dirección General de Correos del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, así como
aprobar el referido formulario;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º y 95º del
D.S. Nº 018-91-PCM; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del
Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del
Instituto Nacional de Estadística e Informática";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Anual
de Operadores de Servicio Postal 1999", a nivel nacional, que será
ejecutada por la Comisión de Trabajo de la Dirección General de
Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien-
da y Construcción, dirigida a las personas naturales y jurídicas
que desarrollan actividades referidas al Servicio Postal en el país,
especificadas en la Sección I División 64 (Clase 6411 y 6412) de la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Rev. 3 y que se
encuentra bajo el ámbito de la competencia administrativa del
Subsector.
Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encues-
ta, que forma parte de la presente Resolución, cuya distribución
y recepción se efectuará entre el 5 de junio y el 27 de julio del
presente año.
Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se
refiere el Artículo 1º de la presente Resolución solicitarán los
formularios de la Encuesta a la Dirección General de Correos del
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-
trucción, ubicada en Teodoro Cárdenas 265 2do. Piso Lima 1.
Artículo 4º.- La información económica-financiera que pro-
porcionen las empresas a través de la Encuesta, será presentada
de conformidad al Plan Contable General Revisado, y expresado
en nuevos soles a VALORES HISTORICOS.
Artículo 5º.- Las empresas que incumplan con la presenta-
ción de la "Encuesta Anual de Operadores Postales de Servicio
Postal 1999", en las fechas establecidas serán sujetas a multa,
según lo dispuesto en la Directiva Nº 006-94-INEI/DNEB "Nor-
mas para la aplicación de multas por incumplimiento en la
entrega de la información estadística solicitada por los órganos
del Sistema Nacional de Estadística e Informática".
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
6138
Autorizan realización de la "Encuesta
Económica Anual - Estadística de los
Servicios Eléctricos del Perú 1999"
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 147-2000-INEI
Lima, 26 de mayo del 2000
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