DECRETO SUPREMO N° 099-2011-RE - Ratifican el Intercambio de Notas, Nota (RE) N° 6-2/88 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil para el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia - Benjamín Constant
Fecha de disposición | 30 Agosto 2011 |
Fecha de publicación | 30 Agosto 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 30 de agosto de 2011
449214
Ratifican el Intercambio de Notas,
Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Nota
DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del
Ministerio de Relaciones Exteriores
de Brasil para el Establecimiento del
Comité de Frontera Islandia - Benjamín
Constant
DECRETO SUPREMO
Nº 099-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, para el Establecimiento del Comité de
Frontera Islandia - Benjamín Constant, se realizó
el Intercambio de Notas, Nota (RE) Nº 6-2/88 del
Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
del Perú, y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del
Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
Federativa del Brasil, ambas de fecha 16 de junio
de 2010;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratifi cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratifi car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Intercambio de Notas,
Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República del Perú, y Nota DAI/
DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de
Relaciones Exteriores de la República Federativa
del Brasil, ambas de fecha 16 de junio de 2010, para
el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia -
Benjamín Constant.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de agosto del año dos mil
once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
683861-2
Ratifican el Acuerdo entre Suiza y
Perú relativo al Programa “Apoyo a la
Descentralización de Espacios Rurales
(APODER)” Tercera Fase
DECRETO SUPREMO
Nº 100-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo entre Suiza, representada por la
Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo
y la Cooperación (COSUDE) y la República del
Perú, representada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo
a la Descentralización de Espacios Rurales
(APODER)” Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008
al 31.12.2011, fue hecha el 3 de agosto de 2009, en la
ciudad de Lima, República del Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratifi cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratifi car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza,
representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza
para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la
República del Perú, representada por el Ministerio de
Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo a la
Descentralización en Espacios Rurales (APODER)”
Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008 al 31.12.2011,
hecho el 3 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima,
República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de agosto del año dos mil
once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
683861-3
Ratifican la Enmienda Uno al “Convenio
de Donación de Objetivo Estratégico
entre la República del Perú y los
Estados Unidos de América para una
Mejor Salud para Poblaciones en Alto
Riesgo” USAID N° 527-0412
DECRETO SUPREMO
Nº 101-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Enmienda Uno al “Convenio de Donación
de Objetivo Estratégico entre la República del Perú
y los Estados Unidos de América para Una Mejor
Salud para Poblaciones en Alto Riesgo”, USAID
N° 527-0412, fue suscrita el 29 de septiembre de 2004,
en la ciudad de Lima, República del Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú
la ratifi cación del citado instrumento jurídico
internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo
2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la
República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir
a éstos sin el requisito de la aprobación previa del
Congreso;
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