DECRETO SUPREMO N° 099-2011-RE - Ratifican el Intercambio de Notas, Nota (RE) N° 6-2/88 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil para el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia - Benjamín Constant

Fecha de disposición30 Agosto 2011
Fecha de publicación30 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 30 de agosto de 2011
449214
Ratifican el Intercambio de Notas,
Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Nota
DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del
Ministerio de Relaciones Exteriores
de Brasil para el Establecimiento del
Comité de Frontera Islandia - Benjamín
Constant
DECRETO SUPREMO
Nº 099-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, para el Establecimiento del Comité de
Frontera Islandia - Benjamín Constant, se realizó
el Intercambio de Notas, Nota (RE) Nº 6-2/88 del
Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
del Perú, y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del
Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
Federativa del Brasil, ambas de fecha 16 de junio
de 2010;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratif‌i car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Intercambio de Notas,
Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República del Perú, y Nota DAI/
DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de
Relaciones Exteriores de la República Federativa
del Brasil, ambas de fecha 16 de junio de 2010, para
el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia -
Benjamín Constant.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de agosto del año dos mil
once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
683861-2
Ratifican el Acuerdo entre Suiza y
Perú relativo al Programa “Apoyo a la
Descentralización de Espacios Rurales
(APODER)” Tercera Fase
DECRETO SUPREMO
Nº 100-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo entre Suiza, representada por la
Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo
y la Cooperación (COSUDE) y la República del
Perú, representada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo
a la Descentralización de Espacios Rurales
(APODER)” Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008
al 31.12.2011, fue hecha el 3 de agosto de 2009, en la
ciudad de Lima, República del Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratif‌i car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza,
representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza
para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la
República del Perú, representada por el Ministerio de
Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo a la
Descentralización en Espacios Rurales (APODER)”
Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008 al 31.12.2011,
hecho el 3 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima,
República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de agosto del año dos mil
once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
683861-3
Ratifican la Enmienda Uno al “Convenio
de Donación de Objetivo Estratégico
entre la República del Perú y los
Estados Unidos de América para una
Mejor Salud para Poblaciones en Alto
Riesgo” USAID N° 527-0412
DECRETO SUPREMO
Nº 101-2011-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Enmienda Uno al “Convenio de Donación
de Objetivo Estratégico entre la República del Perú
y los Estados Unidos de América para Una Mejor
Salud para Poblaciones en Alto Riesgo”, USAID
N° 527-0412, fue suscrita el 29 de septiembre de 2004,
en la ciudad de Lima, República del Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú
la ratif‌i cación del citado instrumento jurídico
internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo
2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la
República para celebrar y ratif‌i car Tratados o adherir
a éstos sin el requisito de la aprobación previa del
Congreso;

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