RESOLUCION N° 577-2012-RASS - Declaran habilitación urbana de oficio de terreno ubicado en el distrito
Fecha de disposición | 06 Julio 2012 |
Fecha de publicación | 06 Julio 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 6 de julio de 2012
470144
de Decreto de Alcaldía en estricta observancia de la
Ordenanza Municipal Nº 222-2012-MDSJM;
Que, mediante Informe Nº 347-2012-AJ-MDSJM,
de fecha 31 de mayo del 2012, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, opina que el referido proyecto de Decreto de
Alcaldía que Conforma el Equipo Técnico Municipal para
el Desarrollo del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados 2013, procede legalmente;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
6) Artículo 20º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades,
DECRETA:
Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico
Municipal para el Desarrollo del Presupuesto Participativo
Basado en Resultado 2013, el mismo que está integrado
por los siguientes Gerentes:
- Gerente de Planeamiento y Presupuesto : Presidente
- Gerente de Desarrollo Urbano : Miembro
- Subgerente de Estudios y Proyectos de infraestructura : Miembro
- Gerente de Desarrollo Económico : Miembro
- Gerente de Desarrollo e Inclusión Social : Miembro
- Gerente de Gestión Ambiental : Miembro
- Gerente de Seguridad Ciudadana y Control Municipal : Miembro
- Gerente de Rentas : Miembro
- Responsable de la OPI : Miembro
Artículo Segundo.- ESTABLECER como funciones
del Equipo Técnico, las siguientes:
- Brindar apoyo para la organización y desarrollo del
proceso.
- Facilitar la información para el desarrollo de los
Talleres de Trabajo.
- Realizar a la evaluación técnica de cada uno de las
actividades y proyectos propuestos.
- Preparar y presentar la lista de Proyectos priorizados
de acuerdo a la evaluación técnica.
- Otras funciones que en el Proceso se presenten.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, la incorporación a título de
invitados a los representantes de instituciones públicas,
privadas y a personas especializadas, que permitan
aportar técnicamente y/o brinden apoyo para el mejor
desarrollo de las actividades del proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados 2013.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y al
Equipo Técnico, el cumplimiento del presente Decreto de
Alcaldía y a Secretaría General su publicación.
Artículo Quinto.- DEJAR sin efecto todas las
disposiciones internas que se opongan al presente
Decreto de Alcaldía.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
810590-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Declaran habilitación urbana de oficio
de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN Nº 577-2012-RASS.
Santiago de Surco, 2 de julio de 2012
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:
VISTO: El Informe Nº 135-2012-GDU-MSS de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 246-2012-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro y el Informe Nº 384-2012-GAJ-MSS
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Documento Nº
2206292010 - ACUM, sobre Declaración de Habilitación
Urbana de Ofi cio de la URBANIZACIÓN PARCELA
LETRA A, ubicado en el terreno inscrito en el Tomo 836
Fojas 248, continuación P.E. Nº 46385764 de la Zona
Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 3.6.1) del Artículo 79º de la Ley Nº
27972 – establece que, constituye función específi ca
exclusiva de las municipalidades distritales en materia
de organización del espacio físico y uso del suelo;
normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la
fi scalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo
a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro
promover la habilitación Urbana conforme a lo dispuesto
en el numeral d) del Artículo 134º de la Ordenanza Nº
396-MSS que aprueba la Reestructuración Orgánica
y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y
Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de
Surco;
Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones,
establece que “Las municipalidades distritales y las
provinciales o la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el
ámbito del Cercado, identifi carán los predios, registralmente
califi cados como rústicos, que se encuentren ubicados en
zonas urbanas consolidadas, con edifi caciones y servicios
públicos. Para estos casos, las municipalidades emitirán
la resolución que declare habilitados de ofi cio dichos
predios, y disponga la inscripción registral de uso rústico a
urbano. La inscripción individual registral será gestionada
por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran
sujetas a los aportes de habilitación urbana”;
Que, la Declaración de Habilitación Urbana de
Ofi cio, es un procedimiento excepcional que faculta a las
Municipalidades a declarar de Ofi cio la Habilitación Urbana
de Predios, que previamente ha identifi cado dentro de
zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos
en el Registro Publico como rústicos;
Que, con fecha 16.06.2011 se aprobó la Ordenanza Nº
388-MSS, a través de la cual, se Dispone la Identifi cación
de los Predios Califi cados Registralmente como Rústicos
para el Proceso de Habilitaciones Urbanas de Ofi cio en el
Distrito de Santiago de Surco y con Decreto de Alcaldía Nº
11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobó el Reglamento
que Establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de
Ofi cio en el Distrito de Santiago de Surco, de acuerdo al
Artículo 24º de la Ley Nº 29090;
Que, el Artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 11-2011-
MSS, - Reglamento que Establece el Procedimiento de
Habilitación Urbana de Ofi cio en el Distrito de Santiago
de Surco, instituye que, “La Municipalidad de Santiago
de Surco, a través de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo
Urbano, identifi cará los predios matrices que podrán
ser benefi ciados por el procedimiento de Habilitación
Urbana de Ofi cio. Los predios deberán ubicarse en
zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos
predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de
Santiago de Surco…”;
Que, mediante Informe Nº 135-2012-GDU-M5S del
24.05.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano eleva la
propuesta de Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno
ubicado en la esquina del Jr. Tacna y Av. Ayacucho
denominado Urbanización Parcela Letra A, del distrito de
Santiago de Surco de la Provincia de Lima, de propiedad
de Luis Escio León Arias, inscrito en el Tomo 836, Fojas
247, continuación en la Partida Electrónica Nº 46385764
de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos, sustentando la misma
en el Informe Nº 246-2012-SGPUC-GDU-MMS del
21.05.2012, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano
y Catastro, el cual contiene el Informe Técnico Nº 040-
2012-NAA-ACU del 14.05.2012, indicando que el predio
inscrito en la Partida Electrónica Nº 46385764 cuenta con
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