DECRETO SUPREMO N° 025-2010-EF - Autorizan quincuagésimo tercer tramo de la emisión de bonos soberanos en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2009

Fecha de disposición29 Enero 2010
Fecha de publicación29 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 29 de enero de 2010 412323
Procedimiento de Subasta
La subasta de Bonos Soberanos se efectuará utilizando
el Módulo de Subastas del Sistema de Datos Técnicos S.A.
(DATATEC) u otro sistema que la Unidad Responsable
autorice como tal.
El horario estará compuesto:
Ingreso de propuestas: desde las 11:00 hasta las
13:00 horas
Permitirá a los diferentes participantes ingresar sus
propuestas de compra.
Adjudicación: desde las 13:00 hasta las 13:30
horas
El Emisor ingresará la tasa o precio de adjudicación.
Por causa de fuerza mayor, ante eventos que afecten
la operatividad del sistema u otras causas debidamente
sustentadas, la Unidad Responsable podrá ampliar el
horario de la subasta y de adjudicación, los mismos que
serán debidamente comunicados.”
Artículo 4°.- Suscripción de documentos
Autorícese al Director General de la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y
Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera
para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal.
Artículo 5º.- Atención del servicio de deuda
El servicio de amortización, intereses, comisiones y
demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan
correspondientes al tramo que se autoriza en el Artículo
1° de esta norma legal, son atendidos por el Ministerio
de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos
presupuestarios asignados al pago del servicio de la
deuda pública.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de enero del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas
451966-9
Autorizan quincuagésimo tercer tramo
de la emisión de bonos soberanos en el
marco del Decreto de Urgencia Nº 040-
2009
DECRETO SUPREMO
Nº 025-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009,
y sus modif‌i catorias, se aprobó la emisión de bonos
soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL
SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que
se destinarán a f‌i nanciar proyectos de inversión pública a
cargo de los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado
Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el
refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza
cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden
ser colocados en una o varias fechas;
Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que,
en el citado decreto supremo se f‌i jan las características
generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen
los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos
Regionales a ser f‌i nanciados con los recursos que se
obtengan con la colocación del respectivo tramo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009-
EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de
distribución de los recursos provenientes de la emisión y
colocación de bonos soberanos;
Que, de la aplicación de los citados índices de
distribución, corresponde al Gobierno Regional del
Departamento de Amazonas un f‌i nanciamiento de hasta
la suma de S/. 98 703 250,00 (NOVENTA Y OCHO
MILLONES SETECIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales
a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 27
955 524,42 (VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO
Y 42/100 NUEVOS SOLES);
Que, el Gobierno Regional del Departamento de
Amazonas ha presentado a la Dirección Nacional del
Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, los documentos requeridos para acceder al
f‌i nanciamiento a que se ref‌i ere el Decreto de Urgencia N°
040-2009, y sus modif‌i catorias, hasta por un monto de S/.
27 955 524,42 (VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO
Y 42/100 NUEVOS SOLES), para f‌i nanciar parcialmente
dos (02) proyectos de inversión pública a su cargo
denominados “Ampliación y Mejoramiento de las
Instituciones Educativas Secundarias e Integrales de la
Región Amazonas” (Código SNIP 127062) y “Construcción
y Mejoramiento de la Carretera Progreso San Antonio-
Ortiz Arrieta-Lonya Grande (Km 00+000 A Km 42+220),
Provincia de Utcubamba, Región Amazonas” (Código
SNIP 117669);
Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto
en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 058-2009,
las solicitudes de f‌i nanciamiento para la ejecución de
proyectos de inversión en el marco del Decreto de
Urgencia Nº 040-2009, los cuales requieran además de
un cof‌i nanciamiento con cargo al presupuesto institucional
del Gobierno Regional, el referido Gobierno debe priorizar
dicho cof‌i nanciamiento en su Presupuesto Institucional
y sus modif‌i catorias del año f‌i scal respectivo, según
corresponda; asimismo, tal cof‌i nanciamiento sólo puede
ser efectuado con la fuente de f‌i nanciamiento Recursos
Determinados;
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el
quincuagésimo tercer tramo de la emisión interna de
bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia
Nº 040-2009, y sus modif‌i catorias, destinado a f‌i nanciar
parcialmente los proyectos de inversión pública
mencionados en el sexto considerando a cargo del
Gobierno Regional del Departamento de Amazonas;
Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público y la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modif‌i catoria; el
Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modif‌i cado por los
Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009;
y la Sexagésima Segunda Disposición Final de la Ley
Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2010; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización del quincuagésimo tercer
tramo de la emisión interna de bonos soberanos
Autorícese el quincuagésimo tercer tramo de hasta S/.
27 955 524,42 (VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO
Y 42/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de
bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto de
Urgencia Nº 040-2009, y sus modif‌i catorias, que puede
ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a
f‌i nanciar parcialmente los proyectos de inversión pública
a cargo del Gobierno Regional del Departamento de
Amazonas denominados “Ampliación y Mejoramiento de
las Instituciones Educativas Secundarias e Integrales de la
Región Amazonas” (Código SNIP 127062) y “Construcción
y Mejoramiento de la Carretera Progreso San Antonio-
Ortiz Arrieta-Lonya Grande (Km 00+000 A Km 42+220),
Provincia de Utcubamba, Región Amazonas” (Código
SNIP 117669).

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