Autorizan participación de magistrados en curso sobre la puesta en marcha de los Módulos Básicos de Justicia de Caravelí y Paucarpata, a realizarse en Arequipa

Fecha de publicación30 Septiembre 2000
Fecha de disposición30 Septiembre 2000
Pág. 193426
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 30 de setiembre de 2000
26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorgani-
zación y Reestructuración Integral en lo referente al Despa-
cho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuer-
dos y medidas necesarias para que los órganos jurisdicciona-
les funcionen con la debida celeridad y eficiencia, y estando
a lo acordado en la sesión de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la
comunidad de Moyabamba Baja, distrito de Santa María de
Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento y Distri-
to Judicial de Apurímac.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente
Resolución, se financiarán con cargo a la Unidad Ejecutora
001 - Gerencia General del Pliego del Poder Judicial del
presupuesto del Sector Público para 2000.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución
a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurí-
mac, y a los Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del
Poder Judicial.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
DAVID PEZUA VIVANCO
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Autorizan participación de magistra-
dos en curso sobre la puesta en mar-
cha de los Módulos Básicos de Justi-
cia de Caravelí y Paucarpata, a reali-
zarse en Arequipa
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 1277-CME-PJ
Lima, 29 de setiembre del 2000
VISTO:
El Informe Nº 152-2000-PJ-SE-GCR, de la Gerencia
Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder
Judicial, mediante el cual eleva la documentación corres-
pondiente a la capacitación del personal del Módulo Básico
de Justicia de Caravelí y de Paucarpata del Distrito Judicial
de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF, de 11 de
diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeudamiento
Externo entre la República del Perú y el Banco Interameri-
cano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmen-
te el Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia, cuyo
Artículo 2º señala que el Poder Judicial es el Organismo
Ejecutor del Programa de Mejoramiento de Acceso a la
Justicia;
Que, conforme al contrato suscrito entre la República del
Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID Nº 1061/
OC/PE, es necesario cumplir con las metas y objetivos
trazados en el mismo;
Que, uno de los principales postulados del proceso de
reforma emprendida, es el de acercar la Justicia a la pobla-
ción alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamien-
to de los Juzgados de Paz Letrados y Especializados y/o
Mixtos, con tecnología y nuevo sistema de trabajo, así como
establecer centros de atención que comprendan a Jueces,
Fiscales, Abogados, Defensores de Oficio, Médicos Legistas,
Consultorios Jurídicos y otros funcionarios pertenecientes
al Sistema Judicial;
Que, para el logro de dichos objetivos, se ha diseñado una
nueva organización denominada "Módulo Básico de Justi-
cia", cuya implantación se tiene prevista en diversos Distri-
tos Judiciales del país;
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE-
TP-CME-PJ, se aprobó el Diseño Personalizado de los vein-
tidós (22) Módulos Básicos de Justicia correspondientes a la
Primera Etapa y con Resolución Administrativa Nº 530-SE-
TP-CME-PJ se aprobaron los Manuales de Organización y
Funciones en sus componentes de Administración, Centro
de Distribución y Poder Judicial de los veintidós (22) y
veinticinco (25) Módulos Básicos de Justicia de la Primera y
Segunda Etapa, respectivamente;
Que, estando por implantarse los doce (12) Módulos
Básicos de Justicia de la segunda etapa, y siendo necesario
un conocimiento integral del Proyecto de Mejoramiento de
Acceso a la Justicia y del funcionamiento de los mismos por
parte de los señores Magistrados que desempeñan sus
funciones en dichos Módulos, se requiere impartir la capaci-
tación necesaria con el fin de apoyar su implantación y
puesta en marcha, a efecto de lograr un eficiente servicio a
la población beneficiada;
Que, conforme al "Convenio Marco de Capacitación por
Colaboración Interinstitucional" suscrito entre el Poder
Judicial y la Academia de la Magistratura aprobado por
Resolución Administrativa Nº 1116-CME-PJ de 26 de abril
del 2000, ésta ha previsto desarrollar el "Programa de
Capacitación" del personal que se desempeñará en los Mó-
dulos Básicos de Justicia;
Que, haciendo uso de las facultades conferidas mediante
Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder
Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las
funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, y
las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorroga-
das por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de
factibilizar su Reorganización y Reestructuración integral
en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias,
pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que
los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeri-
dad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesión de la
fecha;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la participación en el
"Curso Capacitación sobre la puesta en marcha de los
Módulos Básicos de Justicia de Caravelí y Paucarpata", a
realizarse en la sede del Módulo Básico de Justicia de
Paucarpata, los días 5, 6 y 7 de octubre del año en curso, de
los señores Magistrados pertenecientes a la Corte Superior
de Justicia de Arequipa que a continuación se mencionan:
MODULO BASICO DE JUSTICIA DE CARAVELI
DRA. MARLENE CACERES ZUÑIGA JUEZ MIXTO
DRA. MIRIAM CLARA YANQUI FARFAN JUEZ DE PAZ LETRADO
MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA
DR. ROBERTO SONCCO VALENCIA JUEZ MIXTO
DRA. SONIA FLORES SANCHEZ JUEZ DE PAZ LETRADO
Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de ha-
ber los días 5 y 6 de octubre del 2000, a los Magistrados
mencionados en el artículo anterior, los mismos que deberán
presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comi-
sión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarro-
llada.
Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Arequipa para que dicte las medidas
jurisdiccionales y administrativas necesarias para el cum-
plimiento de la presente Resolución, incluyendo la autoriza-
ción para la asistencia del personal auxiliar y administrati-
vo que laborará en los Módulos Básicos de Justicia de
Caravelí y Paucarpata.
Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y
Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones admi-
nistrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la
presente Resolución.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución al
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a
los correspondientes Organos de Línea de la Secretaría
Ejecutiva del Poder Judicial.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
DAVID PEZUA VIVANCO
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