RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0988/RE-2015, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Publican para conocimiento y debida observancia un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

Fecha de disposición05 Noviembre 2015
Fecha de publicación11 Noviembre 2015

Lima, 5 de noviembre de 2015

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas;

Que, el 28 de mayo de 2015, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2223 (2015), referida a los informes del Secretario General sobre el Sudán y Sudán del Sur, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1° Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a los informes del Secretario General sobre el Sudán y Sudán del Sur

El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org).

Artículo 2° Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2223 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes:

Ministerio de Defensa

Ministerio del Interior

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Ana María Sánchez de Ríos

Ministra de Relaciones Exteriores

“Resolución 2223 (2015)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7451ª sesión, celebrada el 28 de mayo de 2015

El Consejo de Seguridad,

Reiterando su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad nacional de la República de Sudán del Sur, y recordando la importancia de los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional,

Recordando su resolución 2086 (2013) y reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, incluidos el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, excepto en defensa propia y en defensa del mandato, y reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz se refiere específicamente a la necesidad y a la situación del país de que se trate,

Subrayando su grave alarma y preocupación por el empeoramiento de la crisis política, de seguridad y humanitaria existente en Sudán del Sur como consecuencia de la disputa política interna del Movimiento de Liberación del Pueblo Sudanés (SPLM) y la posterior violencia ocasionada por los dirigentes políticos y militares del país,

Expresando seria y urgente preocupación por los más de dos millones de personas desplazadas y la intensificación de la crisis humanitaria, destacando la responsabilidad que tienen todas las partes en el conflicto por el sufrimiento del pueblo de Sudán del Sur, y la necesidad de asegurar que las necesidades básicas de la población sean atendidas, y encomiando a los organismos humanitarios de las Naciones Unidas, los asociados y los donantes por sus esfuerzos para proporcionar apoyo urgente y coordinado a la población,

Encomiando la iniciativa de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD), apoyada por las Naciones Unidas y la Unión Africana, por la incansable labor que ha realizado para crear un foro de diálogo político y sobre seguridad, establecer y poner en marcha el Mecanismo de Vigilancia y Verificación (MVV) del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades y dirigir negociaciones políticas multilaterales para establecer un gobierno de transición de unidad nacional,

Condenando enérgicamente los repetidos y constantes incumplimientos del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades (ACH) por todas las partes, que menoscaban los esfuerzos en pro de la paz, y destacando la importancia que sigue revistiendo el ACH y el Acuerdo sobre el Estatuto de los Detenidos, alcanzados el 23 de enero de 2014 con la mediación de la IGAD, el consenso sobre la Declaración de Principios entre las partes, el establecimiento del Mecanismo de Vigilancia y Verificación (MVV) del alto el fuego, el Acuerdo para Resolver la Crisis en Sudán del Sur, de 9 de mayo de 2014, la Renovación del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades y las Modalidades para su Aplicación, de 9 de noviembre de 2014, y los Puntos de Acuerdo sobre el Establecimiento del Gobierno de Transición de Unidad Nacional en la República de Sudán del Sur, de 1 de febrero de 2015,

Aguardando con interés los esfuerzos renovados de la IGAD, junto con los amigos de Sudán del Sur de África y el extranjero, incluidas las Naciones Unidas, para aplicar un plan común y presentar una solución amplia y razonable para poner fin a la crisis en Sudán del Sur, e instando a todas las partes a participar de manera significativa en el proceso de paz a fin de lograr una solución política de la crisis y poner fin a la violencia, y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito también la decisión del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 24 de marzo de 2015 por la que se estableció el Comité Especial de Alto Nivel de la Unión Africana para Sudán del Sur, y alentando a que continúe la estrecha cooperación entre las Naciones Unidas, la IGAD y la Unión Africana en sus gestiones de mediación y negociaciones de paz,

Expresando su profundo reconocimiento al personal de mantenimiento de la paz de la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS) y a los países que aportan...

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