241 209-CDLO - Aprueban Proyecto del "Plano del Sistema de Vías Locales del Distrito de Los Olivos"

Fecha de publicación10 Agosto 2005
Fecha de disposición10 Agosto 2005
Pág. 298310
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 10 de agosto de 2005
ren contar con los referidos documentos para benefi-
ciarse con el proyecto JBIC, por lo que se estima nece-
sario mantener en vigencia los efectos de la Segunda
Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 082-MDA,
concediéndose una prórroga para acogerse hasta el 31
de octubre de 2005;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso
de las facultades conferidas por el numeral 8) del artícu-
lo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
contando con el voto por unanimidad de los señores
regidores asistentes a la sesión de concejo y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas,
se ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO
OTORGADO EN LA TERCERA DISPOSICIÓN
TRANSITORIA DE LA ORDENANZA
Nº 082-MDA DE FECHA 21 DE ABRIL DE 2005
Artículo Único.- AMPLIAR, hasta el 31 de octubre
de 2005, el plazo otorgado en la Tercera Disposición
Transitoria de la Ordenanza Nº 082-MDA de fecha 21 de
abril de 2005.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
13864
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican Disposiciones Transitorias
del Procedimiento de Adecuación del
Reglamento para la instalación y Uso
de Elementos de Seguridad
ORDENANZA Nº 161-C/MC
Comas, 20 de julio del 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
VISTO: En sesión Ordinaria de Consejo de fecha 20
de julio del 2005, la propuesta de modificación de la Orde-
nanza Nº 147-C/M;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los
Gobiernos Locales: autonomía política, económica y
administrativa, en los asuntos de su competencia y es-
tablece que el Consejo Municipal, cumple la función nor-
mativa a través de Ordenanzas las cuales tienen rango
de ley en el ámbito de la Jurisdicción Municipal, de con-
formidad con el numeral 4) del artículo 200º del mismo
cuerpo normativo;
Que, de conformidad, con la primera disposición
transitoria de la Ordenanza Nº 147-C/MC, se otorgó
un plazo de 120 días el mismo que venció el 12 de julio
del 2005, para que aquellos vecinos que hayan insta-
lado elementos de seguridad sin la debida autoriza-
ción municipal puedan regularizar su situación; asi-
mismo la segunda disposición transitoria de la misma
norma fija entre otros derechos el pago por derecho
de regularización del 20% de la UIT por cada elemen-
to; Que, del proceso de identificación y entrega de ofi-
cios para que regularicen los elementos de seguridad
instalados sin autorización, se constata que son un pro-
medio de 250 elementos de seguridad instalados;
Que, dichos elementos de seguridad han sido instala-
dos por los vecinos, a fin de frenar los constantes robos
que el incremento de la delincuencia común ha venido
perpretando en contra de sus propiedades, que muchas
veces ha puesto en peligro su integridad física;
Que, los costos de la elaboración e instalación han
sido sufragados íntegramente por ellos, toda vez que la
Municipalidad de Comas no tiene la capacidad operativa
de cubrir la demanda de seguridad ciudadana que los
vecinos exigen;
Que, es necesario perfeccionar las disposiciones
contenidas en la mencionada Ordenanza con el propó-
sito de fomentar el ordenamiento y regularización de los
elementos de seguridad instalados sin autorización mu-
nicipal en el distrito de Comas;
Que, de conformidad con el artículo numeral 8, de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno
del Consejo aprobó por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Modifíquese el texto de la Prime-
ra y Segunda Disposición de las Disposiciones Transito-
rias del Procedimiento de Adecuación del Reglamento
para la instalación y Uso de Elementos de Seguridad,
aprobado mediante la Ordenanza Nº 147-C/MC, en los
siguientes términos:
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL
PROCEDIMIENTO DE ADECUACIÓN
Primera.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 18º
de la Ordenanza Nº 690-MML, modificado por el Artículo
Primero de la Ordenanza Nº 744-MML, los vecinos que
a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento,
que por su cuenta y riesgo han instalado elementos de
seguridad en la jurisdicción del distrito de Comas sin
autorización municipal, podrán acogerse al procedimiento
Administrativo en el presente Capítulo en un plazo máxi-
mo de 60 días.
Segunda.- Para obtener la autorización de instala-
ción y uso de los elementos de seguridad ya instalados,
deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
b) Pagar el derecho de regularización 3% de la UIT
por cada elemento.
Artículo Segundo.- Quedan vigentes todos los de-
más artículos previstos en la Ordenanza Nº 147.
Artículo Tercero.- Dispensar de la lectura y aproba-
ción del acta para que la presente Ordenanza entre en
vigencia de inmediato.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
13856
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban Proyecto del "Plano del Sis-
tema de Vías Locales del distrito de
Los Olivos"
ORDENANZA Nº 209-CDLO
Los Olivos, 20 de julio de 2005
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
LOS OLIVOS
VISTOS: El Informe Nº 377-2005-MDLO/SGDU/DUCT
de la Dirección de Urbanismo, Catastro y Transporte; el
Proveído Nº 1056-2005 de la Subgerencia de Desarrollo
Urbano; el Informe Nº 595-2005-MDLO/OAJ de la Oficina
de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 4185-2005 de Geren-
cia Municipal y el Informe Nº 839-2005-MDLO/SGII de la
Oficina de Secretaría General, Informe Nº 868-2005-MDLO/
SGII e Informe Nº 697-2005-MDLO/SGDU/DUCT; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en el artículo
191º prescribe que las Municipalidades tienen autono-
mía económica, política y administrativa en los asuntos
de su competencia y asimismo el artículo 73º de la mis-
ma Carta Magna establece que los bienes de dominio
publico son inalienables e imprescriptibles; y los bienes
de uso público pueden ser concedidos para la imple-
mentación de servicios públicos conforme a Ley;

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