Proyecto de Ley Nº 07652/2023-CR, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la recuperación, conservación y puesta en valor del colegio san carlos, hoy denominado institución educativa integrada glorioso "san carlos"

Número de Iniciativa07652/2023-CR
Fecha de registro22 Abril 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaCruz Mamani, Flavio,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Gonza Castillo, Américo,Mita Alanoca, Isaac,Palacios Huamán, Margot,Rivas Chacara, Janet Milagros,Taipe Coronado, María Elizabeth,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Reyes Cam, Abel Augusto
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
CONGRESO
REPÚBLICA
FLAVIO
CRUZ
MAMAN)
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres."
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junin
y
Ayacucho."
Proyecto
de
ley
14 4
).7"
6
5
.
2
/-
O
2
-
c
R
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCUMENTARIO
22
AB
2024
i
Hora'
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
E
INTERÉS
NACIONAL
LA
RECUPERACIÓN,
CONSERVACIÓN
Y
PUESTA
EN
VALOR
DEL
COLEGIO
SAN
CARLOS
-
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
INTEGRADA
GLORIOSO
"SAN
CARLOS"
El
Congrz.
ista
de
la
República
FLAVIO
CRUZ
MAMANI,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
PERÚ
LIBRE,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
en
concordancia
con
los
artículos
22°
inciso
c),
67°,
75°
y
76°
del
presenta
el
siguiente
proyecto
de
ley.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
ley:
LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
E
INTERÉS
NACIONAL
LA
RECUPERACIÓN,
CONSERVACIÓN
Y
PUESTA
EN
VALOR
DEL
COLEGIO
SAN
CARLOS,
HOY
DENOMINADO
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
INTEGRADA
GLORIOSO
"SAN
CARLOS"
Artículo
1:
Objeto
Declarar
de
necesidad
pública
e
interés
nacional
la
recuperación,
conservación
y
puesta
en
valor
del
Colegio
San
Carlos,
hoy
denominado
Institución
Educativa
Integrada
Glorioso
"San
Carlos",
ubicado
en
la
ciudad
de
Puno.
Artículo
1:
Finalidad
El
propósito
de
esta
ley
es
preservar
y
realzar
el
valor
histórico,
cultural
y
educativo
representado
por
el
Colegio
San
Carlos,
promoviendo
su
restauración
y
revitalización
corno
un
espacio
de
enseñanza
emblemático
y
promotor
de
la
identidad
cultural.
Artículo
2:
Financiamiento
El
Gobierno
Nacional
asignará
los
fondos
necesarios
para
llevar
a
cabo
las
labores
de
restauración
y
mejora
de
la
infraestructura
de
la
Institución
Educativa
Bolivariana,
con
el
propósito
de
salvaguardar
su
significado
histórico
y
cultural.
Artículo
3:
Comité
Se
instituye
un
comité
conformado
por
representantes
del
Ministerio
de
Educación,
el
Ministerio
de
Cultura,
la
municipalidad
de
provincial
de
Puno
y
la
comunidad
educativa,
el
cual
supervisará
y
asegurará
la
adecuada
ejecución
de
las
obras
de
recuperación.

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