Proyecto de Ley Nº 07619/2023-CR, Ley que dispone la interoperabilidad y el uso de inteligencia artificial para los servicios del ministerio de relaciones exteriores

Número de Iniciativa07619/2023-CR
Fecha de registro18 Abril 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaZeballos Aponte, Jorge Arturo,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Cueto Aservi, José Ernesto,Ciccia Vásquez, Miguel Ángel,Herrera Medina, Noelia Rossvith,Padilla Romero, Javier Rommel,Muñante Barrios, Alejandro,Jáuregui Martínez de Aguayo, María de los Milagros Jackeline
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
de
Ley
7
6
/
9/2023
-
ti
R.('
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA
AREA
DE
TRAMITE
DOCUMENTARIO
18
ABR.
2024
Fi
R
E
C '
0#
2
,
1
JORGE
ARTURO
ZEBALLOS
APONTE
"Decenio
de
la Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho'
LEY
QUE
DISPONE
LA
INTEROPERABILIDAD
Y
EL
USO
DE
INTELIGENCIA
ARTIFICIAL
PARA
LOS
SERVICIOS
DEL
MINISTERIO
DE
RELACIONES
EXTERIORES.
Los
congresistas
que
suscriben,
miembros
del
GRUPO
PARLAMENTARIO
RENOVACIÓN
POPULAR,
a
iniciativa
del
Congresista,
JORGE
ARTURO
ZEBALLOS
APONTE,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
del
Perú,
y
conforme
lo
establecen
los
artículos
22°,
75"
y
76°
del
proponen
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
DISPONE
LA
INTEROPERABILIDAD
Y
EL
USO
DE
INTELIGENCIA
ARTIFICIAL
PARA
LOS
SERVICIOS
DEL
MINISTERIO
DE
RELACIONES
EXTERIORES
Artículo
V.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
garantizar
la
interoperabilidad
y
promover
el
uso
ético,
sostenible
y
responsable
de
la
inteligencia
artificial
para
el
ejercicio
de
las
funciones
del
Ministerio
de
Relaciones
Exteriores
y
para
brindar
servicios
permanentes
y
oportunos
a
la
ciudadanía
residente
en
el
Perú
y
en
el
extranjero.
Artículo
2°.
De
interés
nacional
Es
de
interés
nacional
garantizar
la
interoperabilidad
técnica,
legal,
organizativa
y
semántica;
así
como,
el
uso
de
las
tecnologías
emergentes
como
inteligencia
artificial
u
otras
tecnologías
en
evolución
para
brindar
los
servicios
públicos
permanentes,
eficientes,
transparentes
y
oportunos
a
la
ciudadanía
residente
en
el
Perú
y
en
el
extranjero.
Artículo
3°.
—Uso
de
la
Inteligencia
Artificial
El
Ministerio
de
Relaciones
Exteriores,
en
el
marco
de
la
Política
Nacional
de
Transformación
Digital,
implementa
de
manera
gradual
la
transformación
digital
de
los
servicios
públicos
y
funciones
a
su
cargo,
priorizando
el
uso
de
tecnologías
emergentes
como
la
inteligencia
artificial,
principalmente
en
los
consulados
del
Perú.
Artículo
4°.
Implementación
de
la
Interoperabilidad
Bajo
responsabilidad,
de
manera
segura,
gratuita
y
permanente,
sin
necesidad
de
acuerdos
y
sin
límite
de
consultas,
en
el
marco
de
la
regulación
vigente
en
materia
de
interoperabilidad,
todas
las
entidades
que
generen
y/o
administren
información,
plataformas,
sistemas
y
tecnologías
relacionadas
con
los
procesos,
procedimientos,
funciones
y
servicios
públicos
a
cargo
del
Ministerio
de
Relaciones
Exteriores
deben
cooperar
e
interoperar
con
éste,
salvaguardando
las
reservas
o
excepciones
previstas
por
Ley.
Aquellas
entidades
que
no
cuenten
con
las
capacidades
tecnológicas
para
interoperar,
proporcionan
el
acceso
a
la
información
mediante
cualquier
otro
canal
físico
o
digital,
conforme
al
marco
legal
vigente.
1

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