Proyecto de Ley Nº 07566/2023-CR, Ley que modifica el artículo 19 del decreto legislativo n° 1568 — decreto legislativo del régimen de la propiedad horizontal
Número de Iniciativa | 07566/2023-CR |
Fecha de registro | 12 Abril 2024 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Cordero Jon Tay, Luis Gustavo,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Soto Palacios, Wilson,Aragón Carreño, Luis Ángel,Flores Ancachi, Jorge Luis |
Estatus | PRESENTADO |
Proponente | Congreso |
Proyecto
de
Ley
N°2.
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CONGRESO
1?
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REPÚBL/CA
CONGRESO
DE
LA
REPUBLIGA
ÁREA
DE
TRÁMITE
DOG
MENTAR«)
12
ABR
Fi
f411
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~YO:
GUSTAVO
CORDERO
_ION
TAY
CONGRESISTA
DE
LA
R.EPÚBL1CA
'Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
Independencia
y
de
fa
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junio
y
Ayacucho"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
19
DEL
DECRETO
LEGISLATIVO
N°
1568
—
DECRETO
LEGISLATIVO
DEL
RÉGIMEN
DE
LA
PROPIEDAD
HORIZONTAL
El
Grupo
Parlamentario
ACCIÓN
POPULAR,
a
iniciativa
del
congresista
LUIS
GUSTAVO
CORDERO
JON
TAY,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
Perú,
y
conforme
a
lo
establecido
en
los
artículos
22°,
literal
c),
67°,
74°,
75°
y
76°
del
propone
el
siguiente
proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
19
DEL
DECRETO
LEGISLATIVO
N°
1568
—
DECRETO
LEGISLATIVO
DEL
RÉGIMEN
DE
LA
PROPIEDAD
HORIZONTAL
Articulo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
el
articulo
19
del
Decreto
Legislativo
N°
1568,
Decreto
Legislativo
del
Régimen
de
la
Propiedad
Horizontal.
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
del
articulo
19
del
Decreto
Legislativo
N°
1568,
Decreto
Legislativo
del
régimen
de
la
Propiedad
Horizontal
Se
modifica
el
artículo
19
del
Decreto
Legislativo
N°
1568,
Decreto
Legislativo
del
Régimen
de
la
Propiedad
Horizontal,
con
-el
siguiente
texto:
"Articulo
19.
-Aprobación
para
la
ejecución
de
obras
en
la
edificación
19.1
La
ejecución
de
obras
sobre
las
áreas
en
las
que
recae
el
derecho
de
sobreelevación,
previamente
a
obtener
la
licencia
de
edificación
para
ejecutar
dichas
obras,
requiem
de
la
aprobación
de
la
Junta
de
Propietarios,
conforme
a
lo
dispuesto
en
el
Reglamento
del
presente
Decreto
Legislativo.
/9.2
La
ejecución
de
obras
de
los
proyectos
de
edificación
para
la
ampliación,
remodelación
y/o
demolición
parcial
de
las
unidades inmobiliarias
de
propiedad
exclusiva,
que
alteren
la
arquitectura,
que
comprende
la
fachada,
la
volumetria
y
el
estilo;
la
funcionalidad
ye!
uso
de
la
edificación
en
su
totalidad,
previamente
a
obtener
la
licencia
de
edificación
respectiva,
requiere
la
aprobación
de
la
Junta
de
Propietarios,
conforme
a
lo
dispuesto
en
el
Reglamento
del
presente
Decreto
Legislativo.
En
el
supuesto
de
desaprobación
se
requiere
de
elementos
que
sustenten
indubitablemente
tal
decisión
y
que
permitan
acreditar
el
perjuicio
para
la
edificación
y
los
propietarios.
1.
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