Proyecto de Ley Nº 07447/2023-CR, Ley que exonera a los gobiernos locales y gobiernos regionales del pago de tasas y otros derechos de tramite ante entidades del poder ejecutivo relacionadas al saneamiento fisico legal para ejecutar proyectos de inversion publica del sector educación

Número de Iniciativa07447/2023-CR
Fecha de registro02 Abril 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaParedes Gonzales, Alex Antonio,Vásquez Vela, Lucinda,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
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CONGRESO
REPUBLICA
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ALEX
ANTONIO
PAREDES
GONZALES
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junin
y
Ayacucho"
LEY
QUE
EXONERA
A
LOS
GOBIERNOS
LOCALES
Y
GOBIERNOS
REGIONALES
DEL
PAGO
DE
TASAS
Y
OTROS
DERECHOS
DE
TRAMITE
ANTE
ENTIDADES
DEL
PODER
EJECUTIVO
RELACIONADAS
AL
SANEAMIENTO
FISICO
LEGAL
PARA
EJECUTAR
PROYECTOS
DE
INVERSION
PUBLICA
DEL
SECTOR
EDUCACIÓN
El
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA,
ALEX
ANTONIO
PAREDES
GONZALES,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
"BLOQUE
MAGISTERIAL
DE
CONCERTACION
NACIONAL",
de
conformidad
al
artículo
107°
de
la
y
en
concordancia
con
el
Artículos
22°
inciso
c),
67°,
74°,
75°
y
76°,
presenta
la
siguiente
PROPUESTA
LEGISLATIVA:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA;
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
EXONERA
A
LOS
GOBIERNOS
LOCALES
Y
GOBIERNOS
REGIONALES
DEL
PAGO
DE
TASAS
Y
OTROS
DERECHOS
DE
TRAMITE
ANTE
ENTIDADES
DEL
PODER
EJECUTIVO
RELACIONADAS
Al
SANEAMIENTO
FISICO
LEGAL
PARA
EJECUTAR
PROYECTOS
DE
INVERSION
PUBLICA
DEL
SECTOR
EDUCACIÓN
Artículo
I.-
Objeto
La
presente
ley
tiene
por
objeto
mejorar
y
poner
en
óptimas
condiciones
la
infraestructura
educativa
a
fin
de
contribuir
al
cierre
de
la
brecha
en
infraestructura
en
el
sector
Educación.
Artículo
2.
-
Exoneraciones
Exonerase
del
pago
de
tasas
registrales,
municipales,
aranceles
u
otros
cobros
que
cualquier
institución
pública
exige
por
los
trámites
relacionados
al
saneamiento
físico
legal
para
ejecutar
proyectos
de
inversión
pública
del
sector
educación
por
parte
de
los
gobiernos
locales
y
gobiernos
regionales
relacionados.
Artículo
3.
Ámbito
de
Competencia
Todas
las
entidades
públicas
cuyo
ámbito
de
competencia
tenga
relación
con
lo
establecido
en
articulo
2
de
la
presente
ley,
realizaran
los
ajustes
necesarios
Plaza
Bolívar,
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
218-
Lima,
Perú
Central
telefónica:
311-7777

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