Proyecto de Ley Nº 07421/2023-CR, Ley que modifica el artículo ii del título preliminar del decreto legislativo n° 1094, código penal militar policial
Número de Iniciativa | 07421/2023-CR |
Fecha de registro | 02 Abril 2024 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Cavero Alva, Alejandro Enrique,Córdova Lobatón, María Jessica,Amuruz Dulanto, Yessica Rosselli,Williams Zapata, José Daniel,Rospigliosi Capurro, Fernando Miguel |
Estatus | PRESENTADO |
Proponente | Congreso |
Proyecto
de
Ley
/202-3-c:
•
:•
C2
AB
024
9:
7
1
3
Al^^
CONGRESISTA
PATRICIA
CHIRINOS
VENEGAS
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
II
DEL
TÍTULO
PRELIMINAR
DEL
1094,
El
grupo
parlamentario
AVANZA
PAÍS
-
PARTIDO
DE
INTEGRACIÓN
SOCIAL,
a
iniciativa
de
la
congresista
de
la
República
PATRICIA
ROSA
CHIRINOS
VENEGAS,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso,
se
propone
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
Artículo
único.
Modificación
del
Título
Preliminar
del
Decreto
Legislativo
NQ
1094,
Código
Penal
Militar
.
Policial
Modificase
el
Artículo
ll
del
Título
Preliminar
del
Decreto
Legislativo
NQ
1094,
con
el
siguiente
texto:
"Artículo
II.
—
Delito
de
función
En
el
caso
del
personal
militar
se
considera
delito
de
función
toda
conducta
ilícita
cometida
por
un
militar
en
el
ejercicio
de
sus
funciones
constitucionales
en
el
combate
contra
el
terrorismo
en
zonas
declaradas
en
estado
de
emergencia,
durante
el
apoyo
al
personal
policial
y
en
el
desarrollo
de
otras
funciones
o
atribuciones
establecidas
en
sus
leyes
y
reglamentos.
En
el
caso
del
personal
policial
se
considera
delito
de
función
toda
conducta
ilícita
cometida
por
un
policía
en
el
cumplimiento
de
sus
funciones
y
atribuciones
relacionadas
con
la
prevención
e
investigación
del
delito,
inteligencia,
seguridad
personal,
domiciliaria
y
de
instalaciones
públicas,
con
practicar
y
emitir
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