Proyecto de Ley Nº 07393/2023-CR, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la producción, promoción y comercialización nacional e internacional de las distintas variedades de flores de corte producidas en nuestro país

Número de Iniciativa07393/2023-CR
Fecha de registro27 Marzo 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaCerrón Rojas, Waldemar José,Mita Alanoca, Isaac,Palacios Huamán, Margot,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Gonza Castillo, Américo,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Cruz Mamani, Flavio
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
de
Ley
tr:
9
3
q.
3
/
2
02
3-
cR
CONGRESO
PUREICA
CONGRESO
1)E
-
ÁREA
OE
TRAMITE
JOC.-
2
7
MA
L
1
24
'
q:13
t)
WALDEMAR
JOSÉ
CERRÓN
ROJAS
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA
LA
PRODUCCIÓN,
PROMOCIÓN
Y
COMERCIALIZACIÓN
NACIONAL
E
INTERNACIONAL
DE
LAS
DISTINTAS
VARIEDADES
DE
FLORES
DE
CORTE
PRODUCIDAS
EN
NUESTRO
PAÍS.
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
grupo
parlamentario
Partido
Político
Nacional
Perú
Libre,
en
ejercicio
de
sus
de
sus
facultades
de
iniciativa
legislativa
consagrada
en
el
artículo
107°
de
la
y
en
observancia
de
lo
dispuesto
en
los
artículos
22%
literal
c)
y
76
",
numeral
2,
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley:
FÓRMULA
LEGAL.
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA
LA
PRODUCCIÓN,
PROMOCIÓN
Y
COMERCIALIZACIÓN
NACIONAL
E
INTERNACIONAL
DE
LAS
DISTINTAS
VARIEDADES
DE
FLORES
DE
CORTE
PRODUCIDAS
EN
NUESTRO
PAÍS.
Artículo
1.-
Objeto
y
finalidad.
La
presente
propuesta
legislativa
tiene
por
objeto
declarar
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
producción,
promoción
y
comercialización
nacional
e
internacional
de
las
distintas
variedades
de
fl
ores
de
corte
producidas
en
nuestro
país.
Con
la
finalidad
de
impulsar,
promocionar
y
fomentar
la
comercialización
de
las
distintas
variedades
de
fl
ores
de
corte
a
nivel
nacional
e
internacional,
y
de
esa
forma
fortalecer
la
reactivación
-----, -y-- ^-
www.congreso.gob.pe
Av.
Abancay
esq.
Jr.
Ancash,
oficina
402
-
Lima
WALDEMAR
JOSÉ
CERRON
ROJAS
11.1
C.()NC,
R
I
SO
thiro
11
I.
PU
RLICA
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
económica
de
los
comerciantes
y
productores
de
la
fl
oricultura
y
plantes
afines.
Artículo
2.-
Declaratoria
de
interés
nacional
y
necesidad
pública.
Se
declara
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
producción,
promoción
y
comercialización
a
nacional
e
internacional
de
las
distintas
variedades
de
fl
ores
de
corte
y
productos
a
fines
producidos
por
los
floricultores
y
agricultores
en
nuestro
país.
De
esa
forma
evitar
el
consumo
de
productos
de
imitación
elaborados
con
material
que
contamina
el
medio
ambiente,
como
son
fl
ores
artificiales.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
ÚNICO.
-
Encárguese
al
Estado,
a
través
de
Promperú,
promover
y
fomentar
la
producción,
promoción
y
comercialización
de
distintas
variedades
de
flores
de
corte,
para
lo
cual
deberá
brindar
apoyo
técnico,
capacitación
y
asistencia
a
los
productores
y
empresas
dedicadas
a
esta
actividad.
Se
establecerán
programas
de
financiamiento
y
estímulos
fiscales
para
impulsar
la
inversión
en
el
sector.
SEGUNDA.
-
Coordinación
interinstitucional
Encárguese
al
Ministerio
de
Agricultura,
en
coordinación
con
los
ministerios
pertinentes,
los
gobiernos
regionales
y
locales,
y
las
organizaciones
y
públicas
privadas
involucradas,
será
responsable
de
la
implementación
de
esta
ley.
Se
establecerán
mecanismos
de
coordinación
y
seguimiento
para
asegurar
el
cumplimiento
de
los
objetivos
establecidos.
Lima,
18
de
marzo
de
2024
---
www.congreso.gob.pe
Av.
Abancay
esq.
Jr.
Ancash,
oficina
402
-
Lima

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