Proyecto de Ley Nº 07388/2023-CR, Ley que crea una nueva modalidad de constitución de garantías mediante la retención de pagos

Número de Iniciativa07388/2023-CR
Fecha de registro26 Marzo 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaBazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Córdova Lobatón, María Jessica,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Gonzales Delgado, Diana Carolina,Chirinos Venegas, Patricia Rosa
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
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;
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
¡JE
LA
AREA
OE
TRAMITE
DOCUMENIA,17,
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2
6
MA
2024
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Proyecto
de
ley
r...2
3
.5
2023
-
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
Proyecto
Ley
/2023
-CR
LEY
QUE
CREA
UNA
NUEVA
MODALIDAD
DE
CONSTITUCIÓN
DE
GARANTÍAS
MEDIANTE
LA
RETENCIÓN
DE
PAGOS
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Avanza
País,
a
iniciativa
del
Congresista
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
artículo
107
de
la
y
en
concordancia
con
los
artículos
22,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
presentan
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
I.
FORMULA
NORMATIVA
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
CREA
UNA
NUEVA
MODALIDAD
DE
CONSTITUCIÓN
DE
GARANTÍAS
MEDIANTE
LA
RETENCIÓN
DE
PAGOS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
El
objetivo
de
la
presente
Ley
es
modificar
el
artículo
33
de
la
a
efectos
de
incorporar
una
nueva
modalidad
de
constitución
de
garantías
mediante
la
retención
de
pagos.
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
33
de
la
Modificase
el
artículo
33,
numeral
33.1,
de
la
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
33.-
Garantías
33.1
Las
garantías
que
deben
otorgar
los
postores
adjudicatarios
y/o
contratistas,
según
corresponda,
son
las
de
fiel
cumplimiento
del
contrato
y
por
los
adelantos.
Cuando
los
procedimientos
de
selección
se
convoquen
en
el
marco
de
los
regímenes
de
contratación
del
Sistema
Nacional
de
Abastecimiento,
el
postor
adjudicado
con
la
Buena
Pro
tiene
la
facultad
de
optar
por
la
retención
del
monto
de
los
pagos
iniciales
a
su
favor,
hasta
alcanzar
el
monto
total
de
la
garantía
correspondiente.
1

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