Proyecto de Ley Nº 07286/2023-CR, Ley que modifica la ley 29459, ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios

Número de Iniciativa07286/2023-CR
Fecha de registro13 Marzo 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaSoto Palacios, Wilson,Portero López, Hilda Marleny,Flores Ancachi, Jorge Luis,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Aragón Carreño, Luis Ángel
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
,.:.•
nu
A
:
:;;
CONGRESO
REPÚBLICA
CONORESO
OE
LA
REPÚBLICA
DE
TRÁMITE
DOCUMENTARIO
13
MAR.
2024
Proyecto
de
ley
728(/2o23
-
ce
WILSON
SOTO
PALACIOS
C(_51
,
1x..',1
DE
LA
Rh:1
,
1:
1
11LIC/1
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
29459,
LEY
DE
LOS
PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS,
DISPOSITIVOS
MÉDICOS
Y
PRODUCTOS
SANITARIOS,
CON
EL
FIN
DE
ESTABLECER
LA
OBLIGATORIEDAD
DE
LA
VENTA
DE
MEDICAMENTOS
GENÉRICOS.
El
Congresista de
la
Republica
que
suscribe,
WILSON
SOTO
PALACIOS
y
los
Congresistas
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Acción
Popular,
y
demás
Congresistas
fi
rmantes,
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107
de
la
y
conforme
los
artículos
22°
inciso
c),
75°
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
I.
FÓRMULA
LEGAL.
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
29459,
LEY
DE
LOS
PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS,
DISPOSITIVOS
MÉDICOS
Y
PRODUCTOS
SANITARIOS,
CON
EL
FIN
DE
ESTABLECER
LA
OBLIGATORIEDAD
DE
LA
VENTA
DE
MEDICAMENTOS
GENÉRICOS.
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
El
objetivo
de
esta
ley
es
la
modificación
de
los
artículos
27,
28.1, 28.2,
28.3,
31,
39
y
46
de
la
con
el
propósito
de
establecer
la
venta
obligatoria
de
medicamentos
genéricos.
Esta
medida
busca
garantizar
que
las
personas
tengan
la
opción
de
elegir
entre
medicamer
léricos,
según
sus
necesidades
individuales.
Artículo
2.
Modificar
los
artículos
27,
28.1,
28.2, 28.3,
31,
39
y
46
de
la
Modificar
los
artículos
27,
28.1,
28.2, 28.3,
31,
39
y
46
de
la
conforme
el
siguiente
texto:
wsoto@congreso.gob.pe
www.congreso.gob.pe
Edificio
Fernando
Belaúnde
Terry
-
Jirón
Huallaga
368,
Oficina
301
Lima
Central
Telefónica:
311-7777
Anexo:
7218

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