Proyecto de Ley Nº 07182/2023-CR, Ley que modifica el artículo 9 del decreto legislativo 1126, que establelce medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas
Número de Iniciativa | 07182/2023-CR |
Fecha de registro | 05 Marzo 2024 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Monteza Facho, Silvia María,Mori Celis, Juan Carlos,Paredes Fonseca, Karol Ivett,Alva Prieto, María del Carmen,López Ureña, Ilich Fredy |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
Pro
ecto
de
le
No
.72/2.
241
1
2-3
-
fi
CONGRISO
REPubl
ICA
ANIVERSARIO
05
MAR.
2024
/bdo
SILVIA
MARÍA
MONTEZA
FACHO
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
Año
del
Bicentenario
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
MODIFICAR
EL
ARTÍCULO
9
DEL
1126,
QUE
ESTABLECE
MEDIDAS
DE
CONTROL
EN
LOS
INSUMOS
QUÍMICOS
Y
PRODUCTOS
FISCALIZADOS,
MAQUINARIAS
Y
EQUIPOS
UTILIZADOS
PARA
LA
ELABORACIÓN
DE
DROGAS
ILÍCITAS.
La
congresista
de
la
República
que
suscribe
SILVIA
MARÍA
MONTEZA
FACHO,
ejerciendo
el
derecho
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
concordante
con
los
artículos
22°
-
C,
67°,
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
fórmula
legal.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
9
DEL
1126,
QUE
ESTABLELCE
MEDIDAS
DE
CONTROL
EN
LOS
INSUMOS
QUÍMICOS
Y
PRODUCTOS
FISCALIZADOS,
MAQUINARIAS
Y
EQUIPOS
UTILIZADOS
PARA
LA
ELABORACIÓN
DE
DROGAS
ILÍCITAS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto,
actualizar
el
marco
normativo,
otorgando
facultades
a
la
SU
NAT
para
que
inscriba
nuevamente
en
el
Registro
de
Control
de
los
Bienes
Fiscalizados
a
las
instituciones
públicas
o
privadas
que
presten
servicios
de
salud,
educación,
administración
de
justicia,
seguridad
y
defensa
nacional.
Artículo
2.
Finalidad
de
la ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
que
los
usuarios
que
presten
servicios
de
salud,
educación,
administración
de
justicia,
seguridad
y
defensa
nacional,
por
la
naturaleza
de
sus
actividades
de
cautelar
derechos
fundamentales
de
los
ciudadanos,
tengan
acceso
a
inscribirse
nuevamente
en
el
Registro
para
el
Control
de
los
Bienes
Fiscalizados,
en
caso
hubieren
sido
dados
de
baja
por
la
causal
establecida
en
el
numeral
3)
del
artículo
9
del
1126,
Decreto
Legislativo
que
establece
medidas
de
control
en
los
insumos
químicos
y
productos
fiscalizados,
maquinarias
y
equipos
utilizados
para
la
elaboración
de
drogas
ilícitas.
Artículo
3.
Modificación
del
artículo
9
del
1126,
Decreto
Legislativo
que
establece
medidas
de
control
en
los
insumos
químicos
y
productos
fiscalizados,
maquinarias
y
equipos
utilizados
para
la
elaboración
de
drogas
ilícitas.
Jr.
Huallaga
N°
330
Of.
203
-
Edificio
Fernando
Belaúnde
Terry
-
Cercado
de
Lima
Email:
smonteza@congreso.gob.pe
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba