Proyecto de Ley Nº 07030/2023-CR, Ley que modifica el literal a) del artículo 7° y el artículo 42º de la ley n° 30299 – ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil

Número de Iniciativa07030/2023-CR
Fecha de registro12 Febrero 2024
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaRospigliosi Capurro, Fernando Miguel,Alegría García, Arturo,Barbarán Reyes, Rosangella Andrea,Huamán Coronado, Raúl,Moyano Delgado, Martha Lupe,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
13
FEB.
2024
//
:
7
t.
7030
Z023
—CC
Proyecto
de
ley
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junin
y
Ayacucho"
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Hombres
y
Mujeres"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
LITERAL
A)
DEL
ARTÍCULO
Y
EL
ARTÍCULO
42°
DE
LA
LEY
NQ
30299
LEY
DE
ARMAS
DE
FUEGO,
MUNICIONES,
EXPLOSIVOS,
PRODUCTOS
PIROTÉCNICOS
Y
MATERIALES
RELACIONADOS
DE
USO
CIVIL
Los
congresistas
de
la
República,
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
"FUERZA
POPULAR",
a
iniciativa
del
congresista
Fernando
Miguel
Rospigliosi
Capurro,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
22
inciso
c)
74
0
,
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
MODIFICA
EL
LITERAL
A)
DEL
ARTÍCULO
Y
EL
ARTÍCULO
42°
DE
LA
LEY
kg
30299
LEY
DE
ARMAS
DE
FUEGO,
MUNICIONES,
EXPLOSIVOS,
PRODUCTOS
PIROTÉCNICOS
Y
MATERIALES
RELACIONADOS
DE
USO
CIVIL
Artículo
1°.
Objeto
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
el
literal
a)
del
Artículo
7
0
y
el
Artículo
42°
de
la
Ley
NP.
30299
Artículo
2°.
Finalidad
La
presente
Ley
tiene
por
fi
nalidad
establecer
un
criterio
idóneo
para
interpretar
las
restricciones
que
configuran
la
denegación
de
obtención
o
renovación
de
licencias
o
autorizaciones
de
uso
de
armas
de
fuego
de
uso
civil,
además
de
mejorar
el
procedimiento
respecto
a
la
marcación
de
armas
para
su
identificación.
Artículo
3°.
Modificación
del
literal
a)
del
Artículo
de
la
Ley
N2
30299,
Modificase
el
literal
a)
del
Artículo
de
la
Ley
1\12
30299,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
7.
Condiciones
para
la
obtención
y
renovación
de
licencias
y
autorizaciones
Para
obtener
y
renovar
las
licencias
o
autorizaciones
otorgadas
conforme
a
la
presente
Ley,
las
personas
naturales
o
los
representantes
legales
de
las
personas
jurídicas deben
cumplir
con
las
siguientes
condiciones:
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1
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