Proyecto de Ley Nº 06828/2023-CR, Ley para el nombramiento excepcional y por única vez de docentes contratados en las universidades públicas del perú

Número de Iniciativa06828/2023-CR
Fecha de registro18 Enero 2024
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaFlores Ancachi, Jorge Luis,Doroteo Carbajo, Raúl Felipe,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Aragón Carreño, Luis Ángel,Soto Palacios, Wilson,Martínez Talavera, Pedro Edwin
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
•1.
ITRÚ
Proyecto
de
ley
682g/202
3
-
-
1
ei
cp
CONGRESO
REPÚBLICA
r
i
.
:1
PURI
ICA
fRAIi
U
ii
E
DOC
.
MEN1
,
R10
18
ENE.
2024
C
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACIII
Congresista
de
la
República
Decenio
de
fa
Igualtind
de
Opot
ton
idades
o
MuOres
'Año
di3
1,3
unidAd,
1,1
p73::
cif..›uit':1110
SUMILLA:
LEY
PARA
EL
NOMBRAMIENTO
EXCEPCIONAL
Y
POR
ÚNICA
VEZ
DE
DOCENTES
CONTRATADOS
EN
LAS
UNIVERSIDADES
PÚBLICAS
DEL
PERÚ
)(oree&
cie
El
Congresista
de
la
República
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACHI
y
los
Congresistas
que
rubrican
el
presente
documento,
en
ejercicio
de
sus
facultades
que
les
confiere
el
articulo
107
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso,
presenta
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FORMULA
LEGAL
LEY
PARA
EL
NOMBRAMIENTO
EXCEPCIONAL
Y
POR
ÚNICA
VEZ
DE
DOCENTES
CONTRATADOS
EN
LAS
UNIVERSIDADES
PÚBLICAS
DEL
PERÚ
Artículo
1.
Finalidad
de
la
Ley
Esta
ley
tiene
como
fi
nalidad
autorizar,
de
manera
excepcional
y
por
una
sola
ocasión,
el
nombramiento
como
docentes
Auxiliares
en
universidades
públicas
a
quellos
docentes
contratados
que, habiendo
ganado
una
plaza
a
través
de
un
curso
público
de
méritos,
cumplan
con
los
requisitos
previstos
en
la
'Universitaria.
¡culo
2.
Alcance
de
la
Ley
El
presente
dispositivo
legal
será
aplicable
exclusivamente
a
los
docentes
contratados
en
Universidades
Públicas
del
país.
Artículo
3.
Entidades
con
autorización
Se
concede
autorización
especial
y
por
única
vez
a
las
Universidades
Públicas
para
que
realicen
el
nombramiento
de
los
docentes
contratados
que
cumplan
con
los
criterios
establecidos
en
la
elevándolos
de
la
condición
de
contratados
a
la
de
docentes
ordinarios
en
la
categoría
Auxiliar.
Artículo
4.
Requisitos
para
la
transición
Se
establecen
los
siguientes
requisitos
para
la
transición
de
docente
contratado
a
docente
ordinario
Auxiliar:
vr.,
,
,Pir.congreso.gob.pe
Email:
jfleresa@congreso.gob.pe
Jr.
Huallaga
N
358,
Oficina
306.
Congreso
de
la
República
Urna
-Perú.
Tef.:
311-7777
ANEXO
7222
Tef,
01
5117222

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR