Proyecto de Ley Nº 06360/2023-CR, Ley que declara de interés nacional la creación de la universidad nacional tecnológica miguel grau de paita.

Número de Iniciativa06360/2023-CR
Fecha de registro09 Noviembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaJuárez Calle, Heidy Lisbeth,Luna Gálvez, José León,Wong Pujada, Enrique,Calle Lobatón, Digna,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Zeballos Madariaga, Carlos Javier
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
de
Ley
N°....€
3
fi
°
I
:
2
-
O
2
3
-
R
ff
;
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRZSO
DE
1,4
REPÜE!LICA
AREA
DE
TRAARTE
DOCUMENTARIO
09
NOV
2023
Firrna hin,
I
7
,,
9:
-.V
IdlIV"Ar4272,4
Heidy
Juárez
Calle
Congresista
de
la
República
"Año
de
la
Unidad
la
Paz
y
el
Desarrollo
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
LA
CREACIÓN
DE
LA
UNIVERSIDAD
NACIONAL
TECNOLÓGICA
MIGUEL
GRAU
DE
PAITA
Los
Congre
islas
de
la
República
que
suscriben,
por
iniciativa
de
la
congresista
HEIDY
LIS
ETH
JUÁREZ
CALLE,
ejerciendo
la
facultad
legislativa
que
le
confiere
el
Art.
107
de
la
y
en
cumplimiento
de
lo
establecido
en
los
Artículos
75
y
76
del
propone
para
su
aprobación
el
siguiente
Proyecto
de
Ley
multipartidario.
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
LA
CREACIÓN
DE
LA
UNIVERSIDAD
NACIONAL
TECNOLÓGICA
MIGUEL
GRAU
DE
PAITA.
ARTICULO
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto,
declarar
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación
e
implementación
de
la
Universidad
Nacional
Tecnológica
Miguel
Grau
de
Paita,
con
sede
en
la
ciudad
de
Paita,
distrito
y
provincia
de
Paita
en
el
departamento
de
Piura
Artículo
2.
Finalidad
de
la
Ley.
La
presente
ley
tiene
por
finalidad,
el
fortalecimiento
y
ampliación
de
las
oportunidades
de
acceso
a
educación
superior
a
hombres
y
mujeres
de
la
región
Piura
y
del
país,
fomentando
el
desarrollo
sostenible
y
contribuyendo
can
la
formación
de
profesionales
que
colaboren
con
el
desarrollo
nacional.
Artículo
3.
Carreras
profesionales.
La
Comisión
Organizadora
establecerá
en
atención
a
la
demanda
laboral,
las
carreras
a
implementarse,
sin
perjuicio
de
ello,
deberá
priorizarse
la
apertura
de
la
facultad
de Ciencias
de
la
Salud
y
Enfermería,
con
el
objetivo
de
cubrir
la
brecha
de
profesionales
en
este
sector
que
presenta
la
región
Piura.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.
Vigencia
La
presenta
ley
entrara
en
vigencia
a
partir
del
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano.
www.congreso.gob.pe
Teléfono
(01)
311-7777

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR