Proyecto de Ley Nº 06292/2023-CR, Ley que modifica la ley 31311, ley que prioriza la esterilización de perros y gatos como componentes de la política nacional de salud pública, y la ley 30407, ley de protección y bienestar animal

Número de Iniciativa06292/2023-CR
Fecha de registro02 Noviembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaKamiche Morante, Luis Roberto,Cortez Aguirre, Isabel,Bazán Narro, Sigrid Tesoro,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Bermejo Rojas, Guillermo,Echeverría Rodríguez, Hamlet
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
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REPÚBLICA
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
QUE
PRIORIZA
LA
ESTERILIZACIÓN
DE
PERROS
Y
GATOS
COMO
COMPONENTES
DE
LA
POLÍTICA
NACIONAL
DE
SALUD
PÚBLICA,
Y
LA
El
congresista
que
suscribe,
LUIS
ROBERTO
KAM1CHE
MORANTE,
quien
integra
el
Grupo
Parlamentario
Cambio
Democrático
Juntos
por
el
Perú,
en
el
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
a
y
de
acorde
a
lo
establecido
en
los
artículos
74°
y
75°
del
Reglamento
del
Congreso,
se
plantea
el
siguiente
proyecto
de
ley.
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
QUE
PRIORIZA
LA
ESTERILIZACIÓN
DE
PERROS
Y
GATOS
COMO
COMPONENTES
DE
LA
POLÍTICA
NACIONAL
DE
SALUD
PÚBLICA,
Y
LA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
busca
fortalecer
el
marco
normativo
nacional orientado
a
la
regulación
de
la
natalidad
de
perros
y
gatos,
mediante
la
modificación
de
la
Ley
que
prioriza
la
esterilización
de
perros
y
gatos
como
componentes
de
la
política
nacional
de
salud
pública
y
Para
ello
se
establece
explícitamente
la
obligatoriedad
de
esterilizar
a
los
animales
domésticos
considerados
de
compañía.
Artículo
2.-
Modificación
de
la
Ley
que
prioriza
la
esterilización
de
perros
y
gatos
como
componentes
de
la
política
nacional
de
salud
pública
Se
modifican
los
artículos
9
y
12
de
la
Ley
que
prioriza
la
esterilización
de
perros
y
gatos
como
componentes
de
la
política
nacional
de
salud
pública,
quedando
redactados
de
la
siguiente
forma:
Artículo
9.
Obligaciones
de
los
gobiernos
regionales
y
los
gobiernos
locales
Los
gobiernos
regionales
y
los
gobiernos
locales,
en
ejercicio
de
sus
competencias
y
funciones en
materia
de
salud
pública
y
de
control
de
la
sanidad
animal,
son
responsables
de:
(—)
7.
Gestionar
la
implementación
y/o
ejecución
de
los
programas
de
esterilización
con
apoyo
del
Ministerio
de
Salud,
caso
contrario
será
configurado
como
delito
de
omisión
de
funciones.
PERÚ
CONtgRESO
REPÚBLICA
LUIS
ROBERTO
XAHCE
MORAN
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
QUE
PRIORIZA
LA
ESTERILIZACIÓN
DE
PERROS
Y
GATOS
COMO
COMPONENTES
DE
LA
POLÍTICA
NACIONAL
DE
SALUD
PÚBLICA,
Y
LA
Artículo
12.
Deberes
de
las
personas
Toda
persona
o
familia
que
tenga
bajo
su
cuidado
un
perro
o
gato
tiene
el
deber
de
esterilizarlo
o
evitar
su
reproducción,
siempre
que
no
dispongan
de
las
condiciones
necesarias
para
la
adecuada
crianza
de
las
crías.
Al
esterilizarlo,
deberá
proporcionarle
los
cuidados
postoperatorios
que
derivan
del
procedimiento
quirúrgico.
En
caso
de
incumplimiento,
el
propietario
o
poseedor
del
animal
se
encontrará
sujeto
a
una
multa
por
parte
de
la
entidad
respectiva.
Artículo
3.-
Modificación
de
la
Se
modifican
los
artículos
5,
7y
10
de
la
quedando
redactados
de
la
siguiente
forma:
Artículo
5.
Deberes
de
las
personas
(--
-)
d.
Atención
médico
-veterinaria
especializada
y
vacunación,
de
manera
obligatoria.
(•
)
Artículo
7.
Deberes
del
Estado
El
Estado,
a
través
de
los
sectores
competentes,
establece
las
medidas
necesarias
para
la
protección
de
los
animales
de
compañía,
de
manera
que
se
les
garantice
la
vida,
la
salud
y
vivir
en
armonía
con
su
ambiente.
Las
medidas
incluyen
la
promoción
de
la
esterilización
quirúrgica
como
principal
método
de
control
de
la
sobrepoblación
animal
y
campañas
de
vacunación
como
estrategias
de
salud
pública,
con
la
implementación
y/o
ejecución
inmediata
por
parte
de
los
gobiernos
regionales
y
gobiernos
locales.
Igualmente,
asegura
un
adecuado
y
responsable
trato
y
manejo
zootécnico
de
los
animales
de
granja,
así
como
la
conservación
y
el
aprovechamiento
sostenible
de
la
fauna
silvestre,
de
acuerdo
con
la
legislación
sobre
la
materia.
Artículo
10.
Responsabilidades
de
las
autoridades
e
instituciones
involucradas
(•
)
c.
Los
gobiernos
locales
supervisan
que
se
cumpla
la
presente
Ley
y
sus
normas
complementarias
para
el
otorgamiento
de
licencias
y
2

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