Proyecto de Ley Nº 06175/2023-CR, Ley que simplifica la formalización empresarial mediante la firma digital, electrónica, biométrica u otros mecanismos que acredite su control para la inscripción de la micro, pequeñas y medianas empresas

Número de Iniciativa06175/2023-CR
Fecha de registro18 Octubre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaGutiérrez Ticona, Paul Silvio,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Tello Montes, Nivardo Edgar,Vásquez Vela, Lucinda
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
de
ley
me...Í12
5
/
2
0
-
R
,guCALyt
'
PM
.
)
_
CONGRESO
REPÚBLICA
1
CONGRESO
DE
LA
EPUBLICA
AIREA
OE
TRÁMITE
DORUNENTARIO
18
!.
2023
5
„„,„:
cb
PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
SUMILLA:
LEY
QUE
SIMPLIFICA
LA
FORMALIZACIÓN
EMPRESARIAL
MEDIANTE
LA
FIRMA
DIGITAL,
ELECTRÓNICA,
BIOMÉTRICA
U
OTROS
MECANISMOS
QUE
ACREDITE
SU
CONTROL
PARA
LA
INSCRIPCIÓN
DE
LA
MICRO,
PEQUEÑAS
Y
MEDIANAS
EMPRESAS.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
SIMPLIFICA
LA
FORMALIZACIÓN
EMPRESARIAL
MEDIANTE
LA
FIRMA
DIGITAL,
ELECTRÓNICA,
BIOMÉTRICA
U
OTROS
MECANISMOS
QUE
ACREDITE
SU
CONTROL
PARA
LA
INSCRIPCIÓN
DE
LA
MICRO,
PEQUEÑAS
Y
MEDIANAS
EMPRESAS
Articulo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
realizar
modificaciones
al
artículo
7
y
9
del
a
fin
de
promover
la
formalización
y
dinamización
de
las
micro,
pequeñas
y
medianas
empresas
a
través
del
esquema
alternativo
llamado
Sociedad
por
Acciones
Cerrada
Simplificada,
ampliando
la
certificación
de
la
manifestación
de
voluntad
mediante
la
fi
rma
digital,
electrónica,
biométrica
u
otros
mecanismos
que
acredite
su
control.
Articulo
2.-
Modificación
del
artículo
7
y
9
del
Decreto
Legislativo
que
promociona
la
formalización
y
dinamización
de
micro,
pequeña
y
mediana
empresa
mediante
el
régimen
societario
alternativo
denominado
Sociedad
por
Acciones
Cerrada
Simplificada.
Se
modifica
el
artículo
7
y
9
del
Decreto
Legislativo
que
promociona
la
formalización
y
dinamización
de
micro,
pequeña
y
mediana
empresa
mediante
el
régimen
societario
alternativo
denominado
Sociedad
por
Acciones
Cerrada
Simplificada,
el
mismo
queda
redactado
con
el
siguiente
texto:
"Artículo
7.
Manifestación
de
voluntad
por
medios
electrónicos
El
documento
privado
que
contiene
el
acto
de
constitución
de
una
SACS
se
genera
mediante
el
uso
del
SID-SUIVARP,
suscribiendo
dicho
acto
por
cualquiera
de
los
medios
de
la
firma
digital,
electrónica,
biométrica
u
otros
mecanismos
de
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
Jr.
Ancash
y
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
501
-
Lima
-
Perú
Tlfs:
(51)
31
1
7777
-
Anexo
7284
CONGRESO
REPÚBLICA
PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICC)NA
CONGRESISTA
DE
LA
IkEPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
manifestación
de
la
voluntad
de
los
accionistas
conforme
con
la
ley
de
la
materia
y
el
Para
tal
efecto,
la
SUNARP
habilita
y
deja
constancia
de
la
modalidad
de
la
fi
rma
digital,
electrónica,
biométrica
u
otros
mecanismos
empleados,
conservando
las
instrumentales
probatorias
empleadas
para
su
ulterior
consulta
o
verificación.
(—)
Artículo
9.
Título
para
inscripción
del
acto
constitutivo
El
documento
electrónico
firmado
digitalmente
por
los
accionistas
que
contiene
los
requisitos
señalados
en
el
artículo
6
del
presente
Decreto
Legislativo,
es
título
suficiente
para
la
calificación
e
inscripción
de
la
constitución
de
la
SACS
en
el
registro
de
Personas
Jurídicas
de
la
SUNARP
en
el
plazo
no
mayor
de
48
horas".
DISPOSICION
COMPLEMENTARIA
FINAL
PRIMERA.-
Vigencia
de
la
Norma
La
presente
Ley,
entra
en
vigencia
a
partir
del
día
siguiente
de
la
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano.
Firmado
digitalmente
por:
TACURI
VALDMA
German
Adolfo
FAU
20161749126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
17/10/2023
18:48:19-0500
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
Bizabeth
Sara
FAU
20161749126
so
Iviotivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
17/1002023
16:24:37-0500
Edificio
Juan
Santos
Atahualp
9
0
"
Firmado
digitalmente
por:
GUTIERREZ
TICONA
Paul
Silvia
FAU
20161749126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
17/1012023
15:57:49-0500
Firmado
digitalmente
por:
OUIROZ
BARBOZA
Segundo
Teodomira
FAU
20161749126
soft
Motivo:
En
serial
de
conformidad
Fecha:
17/10/2023
18:43:31-0500
Firmado
digitalmente
por:
Lima,
17
de
Octubre
de
2023
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
Elizabeth
Sara
FAU
20181740126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
17/1012023
16:24:50-0500
shy
Av.
A
FIRMA
DIGITAL
-
Lima
-
PE
Edgar
I
-AU
20161749126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18/10/2023
10:22:22-0500
ro
.
E
.
0
-ro
Firmado
digitalmente
por:
MyrtlAy
re
ll~ginda
FAU
20161740126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18/10/2023
15:40:11-0500

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