Proyecto de Ley Nº 06075/2023-CR, Ley del régimen especial de construcción para comunidades nativas y campesinas y asociaciones pro vivienda, a fin de garantizar sus derechos a los servicios públicos
Número de Iniciativa | 06075/2023-CR |
Fecha de registro | 05 Octubre 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Ugarte Mamani, Jhakeline Katy,Cordero Jon Tay, Luis Gustavo,Medina Minaya, Esdras Ricardo,Burgos Oliveros, Juan Bartolomé |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Firmado
digitalmente
por:
•
1.1
KU
CORDER,04,1N
TAY
LUIS
-
e
GUST91/0
FIR14300817
hard.
.1
Motiv
doc
Fecha
or
del
*
3
:40:20
9aNg2k.E
SO
RE
PU BLICA
Proyecto
de
Ley
N°
......
P.3
5/
2
o
2
3
-
'
GRUPO
PARLAMENTARIO
UNIDAD
Y
DIALOGO
PARLAMENTARIO
"Decenio
de
la
Igualdad
o
unidades
para
mujeres
y
hombres'
"
Ano
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
La
señora
congresista
JHAKELINE
KATY
UGARTE
MAMANI
integrante
del
Grupo
Parlamentario
UNIDAD
Y
DIÁLOGO
PARLAMENTARIO,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
22-C,
67,
75
y
76
del
presenta
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
LEY
DEL
RÉGIMEN
ESPECIAL
DE
CONSTRUCCIÓN
PARA
COMUNIDADES
NATIVAS
Y
CAMPESINAS
Y
ASOCIACIONES
PRO
VIVIENDA,
A
FIN
DE
GARANTIZAR
SUS
DERECHOS
A
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
El
objeto
de
la
presente
ley
es
crear
un
régimen
especial
de
construcción
para
Comunidades
Nativas
y
Campesinas
y
Asociaciones
Pro
Vivienda,
a
fi
n
de
garantizar
sus
derechos
a
los
servicios
públicos.
Artículo
2.-
Finalidad
de
la
ley
La
fi
nalidad
de
la
presente
ley
es
garantizar
el
derecho
a
los
servicios
públicos
de
Comunidades
Nativas
y
Campesinas
y
Asociaciones
Pro
Vivienda,
para
que
accedan
una
vida
digna.
Artículo
3.-
Régimen
Especial
de
Construcción.
3.1.
Créese
el
Régimen
Especial
de
Construcción
para
Comunidades
Nativas
y
Campesinas
y
Asociaciones
Pro
Vivienda
(RECONACAPV),
a
fin
de
garantizar
sus
derechos
a
los
servicios
públicos
como
agua
y
desagüe,
energía
eléctrica,
intemet,
gas,
vivienda,
titulación,
salud,
educación,
seguridad
y
otros
reconocidos
a
nivel
constitucional,
legal
o
jurisprudencia!
bajo
la
cláusula
de
númerus
apertus.
3.2.
El
RECONACAPV
es
aplicable
para
los
sujetos
descritos
en
las
siguientes
normas:
3.2.1.
Ley
de
Comunidades
Nativas
y
de
Desarrollo
Agrario
de
la
Selva
y
Ceja
de
Selva.
3.2.2.
3.3.
El
RECONACAPV
también
es
aplicable
a
las
Asociaciones
Pro
Vivienda,
inscritas
en
la
Superintendencia
Nacional
de
los
Registros
Públicos
(SUNARP),
que
tienen
superpuestos
derechos
de
propiedad
adquiridos
antes
de
la
declaración
como
Patrimonio
Cultural
de
la
Nación.
3.4.
Los
beneficiarios
del
RECONACAPV
están
exceptuados
de
cumplir
con
la
Ley
N°
28296,
Ley
General
del
Patrimonio
Cultural
de
la
Nación,
siemp
obras
públicas
o
privadas
estén
destinadas
a
garantizar
única
y
exclus
públicos
descritos
en
el
numeral
3.1.
de
la
presente
ley
y
sig
convivencia
armoniosa
con
el
Patrimonio
Cultural
de
la
Nación.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
FINAL
los
se
princi
ralle
-494
DIGITAL
digitalmente
por:
MINAYA
adras
¡agá@
FAU
20161740126
soft
hiblivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
05110f2023
11:13:56-0500
ÚNICA.-
Vigencia
La
presente
ley
entra
en
vigencia
desde
el
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano
y
el
Poder
Ejecutivo
tiene
un
plazo
de
15
días
hábiles
para
reglamentarla.
Firmado
digitalmente
por:
UGARTEMOMANI
Jhakeline
Katy
FAU
20161740128
soft
Votivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
04/1012023
18:28:00-0500
Firmado
digitalmente
por:
1141/19Cg
e
04hrER
OS
Juan
Worome
F
-
An
20161740126
soft
!Altivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
0511012023
00:44:07-0500
Lima,
octubre
del
2023.
Firmado
digitalmente
por:
BURGOS
°UVEROS
Juan
Bartolome
FAU
20161740126
soft
Votivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
0511012023
00:44:21-0500
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba