Proyecto de Ley Nº 06033/2023-CR, Ley que fortalece la lucha contra la delincuencia, modificando el literal f del inciso 24 del artículo 2 de la constitución política del perú

Número de Iniciativa06033/2023-CR
Fecha de registro29 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaFlores Ancachi, Jorge Luis,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Doroteo Carbajo, Raúl Felipe,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Aragón Carreño, Luis Ángel,Soto Palacios, Wilson
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
Proyecto
de
ley
N"
33/2.023
-CR
4.
01m
PERÚ
11
7
1111;,..
"
.;
CONGRESO
Jch
REPÚBLICA
JORGE
LUIS
FLORES
ARCACHI
Congresista
de
la
República
Decenio
de
la
lcualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
SUMILLA:
LEY
QUE
FORTALECE
LA
LUCHA
CONTRA
LA
DELINCUENCIA,
MODIFICANDO
EL
LITERAL
F
DEL
INCISO
24
DEL
ARTICULO
2
DE
LA
de*
El
Congresista
de
la
República
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACHI
y
los
Congresistas que
rubrican
el
presente
documento,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
previsto
por
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
según
lo
regulado
por
los
artículos
67
0
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
Repúbl
ica,
presentan
a
consideración
del
Congreso
de
la
Republica
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FÓRMULA
LEGAL:
LEY
QUE
FORTALECE
LA
LUCHA
CONTRA
LA
DELINCUENCIA,
ODIFICANDO
EL
LITERAL
F
DEL
INCISO
24
DEL
ARTICULO
2
DE
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley.
La
presente
iniciativa
tiene
el
objeto
de
ampliar
el
plazo
de
detención
que
realiza
la
policía,
en
caso
de
flagrancia
de
un
delito
común
y
de
delitos
graves
como
es
tráfico
de
drogas,
organización
criminal
y
otros,
con
la
fi
nalidad
de
que
la
fiscalía
pueda
realizar
las
acciones
necesarias
para
realizar
las
diligencias
que
sean
necesarias
para
recabar
todos
los
medios
probatorios
que
puedan
servir
para
fundamentar
el
delito cometido.
Artículo
2.
.-
Modificación
del
literal
f
del
inciso
24
del
artículo
2
de
la
Constitución
Política
del
Perú
Se
modifica
el
literal
f
del
inciso
24
del
artículo
2
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
el
que
quedará
redactado
con
el
siguiente
texto:
"Derechos
fundamentales
de
la
persona
Artículo
2.-
Toda
persona
tiene
derecho:
www.congreso.gob.pe
Email:
ifloresa@congreso.gob.pe
Jr.
Huallaga
N'
358,
Oficina
306,
Congreso
de
la
República
Lima.
Perú.
Telf.:
311.77771
Anexo
7222
-
Telf.
01
3117222

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