Proyecto de Ley Nº 05968/2023-CR, Ley que reconoce la aplicación de la neurociencia y la tecnologia en el campo del derecho, la protecccion de los derechos fundamentales de las personas y regula el uso de pruebas neurocientificas en los procesos legales

Número de Iniciativa05968/2023-CR
Fecha de registro20 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaZeballos Madariaga, Carlos Javier,Picón Quedo, Luis Raúl,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Luna Gálvez, José León,Juárez Calle, Heidy Lisbeth,Alcarraz Agüero, Yorel Kira
ProponenteCongreso
EstatusRetirado por su Autor
Proyecto
deleyle
8/2023-cR
PERU
,
•,,,"•,»
.1-
11
CON
G
RE
SO
I
RE
PUBLI
CA
CARLOS
JAVIER
ZEBALLOS
MADARIAGA
Congresista
de
la
Republica
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unión,
la
paz
y
el
desarrollo"
t
i.
,.....,
~~01bIlIPIZIENOWORP
CONGRZSO
DE
LA
REPÚBLIGA
MEA
DE
TRAMITE
1)
s
UMENIARIO
20
sEp
023
PROYECTO
DE
LEY
QUE
RECONOCE
LA
APLICACION
DE
LA
NEUROCIENCIA
Y
TECNOLOGIA
EN
EL
CAMPO
DEL
DERECHO,
LA
PROTECCION
DE
LOS
DERECHOS
FUNDAMENTALES
DE
LAS
PERSONAS
Y
REGULA
EL
USO
DE
PRUEBAS
NEUROCIENTIFICAS
EN
LOS
PROCESOS
LEGALES.
Los
congresistas,
a
iniciativa
del
congresista
CARLOS
JAVIER
ZEBALLOS
MADARIAGA
integrante
del
Grupo
Parlamentario
PODEMOS
PERU,
y
demás
congresistas
firmantes,
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
y
conforme
lo
establece
el
numeral
2)
del
artículo
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
el
siguiente:
FORMULA
LEGAL:
PROYECTO
DE
LEY
QUE
RECONOCE
LA
APLICACIÓN
DE
LA
NEUROCIENCIA
Y
LA
TECNOLOGIA
EN
EL
CAMPO
DEL
DERECHO,
LA
PROTECCCION
DE
LOS
DERECHOS
FUNDAMENTALES
DE
LAS
PERSONAS
Y
REGULA
EL
USO
DE
PRUEBAS
NEUROCIENTIFICAS
EN
LOS
PROCESOS
LEGALES
ARTÍCULO
1°.
-
OBJETO
DE
LA
LEY.
Mediante
la
presente
ley
reconoce
la
aplicación
de
la
neurociencia
como
disciplina
científica
aplicable
en
el
ámbito
del
Derecho,
la
protección
de
los
derechos
fundamentales
de
las
personas
y
dispone
la
regulación
el
uso
de
las
pruebas
neurocientíficas
en
los
procesos
legales.
Así
mismo,
la
ley
regula
el
uso,
las
salvaguardias
legales
para
proteger
la
privacidad
y
la
dignidad
de
las
personas,
niños
y
personas
vulnerables,
sometidas
a
las
pruebas
neurocientíficas.
ARTÍCULO
2°.
-
ENSEÑANZA
DE
LA
NEUROCIENCIA
EN
CURSOS
DE
PREGRADO
Y
POSTGRADO
EN
LAS
UNIVERSIDADES.
A
fin
de
la
aplicación
ética,
válida
y
confiable
de
las
pruebas
neurocientíficas
las
Facultades
de
Derecho
o
Ciencias
Jurídicas,
con
autonomía,
deben
incluir
en
su
plan
de
estudios
de
pregrado
y
posgrado,
el
Curso
de
Neurociencia
aplicable
al
Derecho.
www.congreso.gob.pe
czeballos@congreso.gob.pe
Jr.
Huallaga
358
-
Edificio
Fernando
Belaunde
Terry
Oficina
206
-
Lima,
Perú
Central
Telefónica:
311-7214
PERÚ
CON
SRESO
REPÚBLICA
CARLOS
JAVIER
ZEBALLOS
MADARIAGA
Congresista
de
la
Republica
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unión,
la
paz
y
el
desarrollo"
ARTÍCULO
3.-
DE
LAS
PRUEBAS
NEUROCIENTÍFICAS
APLICABLES
EN
LOS
PROCESOS
LEGALES.
Las
pruebas
neurocientíficas
se
aplicarán
en
los
procesos
judiciales,
arbitrales
y
administrativos,
respetando
la
vida,
integridad
física
y
psíquica
de
las
personas
y
para
dicho
efecto
deberán
c9mplir
los
requisitos,
condiciones
y
restricciones,
debiendo
resguardarse
especi4Imente
los
derechos
humanos,
la
privacidad
la
actividad
cerebral
de
las
personas,
así
como
la
información
proveniente
de
dicha
actividad.
ARTÍCULO
4.-
DE
LAS
PRUEBAS
NEUROCIENTÍFICAS
APLICABLES
EN
LOS
CENTROS
PENITENCIARIOS.
En
los
Centros
Penitenciarios
se
aplican
las
pruebas
neurocientíficas
para
el
proceso
de
rehabilitación
de
los
internos
y
permitir
convivencia
y
bienestar
en
el
tiempo
de
reclusión
de
los
internos,
respetando
los
derechos
fundamentales
y
consiguiendo
su
reinserción
en
la
sociedad
que
evite
la
reincidencia
en
el
delito.
ARTÍCULO
5.-
PRUEBAS
NEUROCIENTÍFICAS
APLICABLES
A
LOS
PROCESOS
LEGALES.
De
manera
enunciativa
y
no
restrictiva
las
pruebas
que
se
aplican
a
los
procesos
judiciales,
administrativos
y
arbitrales
son
las
siguientes:
a.
b.
C.
d.
e.
f.
g.
h.
J.
k.
Técnicas
psicoanalíticas
relacionadas
con
neuro
imágenes.
Técnicas
de
descarga
de
espigas
o
potenciales
de
acción.
Tomografía
por
emisión
de
positrones
(PET).
Tomografía
axial
computarizada.
Magneto
encefalografía.
Resonancia
magnética
funcional
o
nuclear
(FMRI).
Magneto
encefalografía
(MEG).
Plestinógrafo
de
pene.
P300,
interfaz
cerebro
computadora
y
el
método
de
huellas
digitales
cerebrales
(brainfingerprinting)
o
evaluación
computarizada
del
conocimiento
(CKA).
Prueba
del
Polígrafo
Cámara
de
Gesell.
Las
pruebas
neurocientíficas
para
rehabilitación,
sin
que
suponga
una
limitación,
son
las
siguientes:
a.
Electromiografías
(EMG)
b.
Electroencefalografías
(EEG).
c.
Pruebas
Integrales
Neurofisiológícas.
www.congreso.gob.pe
czeballos©congreso.gob.pe
Jr.
Huallaga
358
-
Edificio
Fernando
Belaunde
Terry
Oficina
206
-
Lima,
Perú
Central
Telefónica:
311-7214

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR