Proyecto de Ley Nº 05833/2023-CR, Ley de creación del colegio de licenciados en terapia fisica del perú

Número de Iniciativa05833/2023-CR
Fecha de registro05 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaHuamán Coronado, Raúl,Chacón Trujillo, Nilza Merly,Zeta Chunga, Cruz Maria,López Morales, Jeny Luz,Morante Figari, Jorge Alberto,Moyano Delgado, Martha Lupe,Olivos Martínez, Vivian,Guerra García Campos, Hernando
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
33/2O
Proyecto
de
Ley
N°...
.
2
--
R
PT
R(1
7
47
1
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
OE
LA
REPQSLIGA
ARSA
OE
TNÁllITE
DOOULIENTAINO
RAÚL
HUAMÁN
CORONADO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
LEY
DE
CREACIÓN
DEL
COLEGIO
DE
LICENCIADOS
EN
TERAPIA
FISICA
DEL
PERÚ
El
congresista
que
suscribe,
Raúl
Huamán
Coronado,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Fuerza
Popular,
en
el
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
conforme
lo
establecen
los
artículos
22°
inciso
c),
67°,
75°
y
numeral
2
del
artículo
76°
del
presenta
el
siguiente
proyecto
de
ley:
FÓRMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
LEY
DE
CREACIÓN
DEL
COLEGIO
DE
LICENCIADOS
EN
TERAPIA
FISICA
DEL
PERÚ
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
la
creación
de
Colegio
de
Licenciados
en
Terapia
Física
del
Perú,
como
institución
autónoma
de
Derecho
Público
Interno,
para
regular
el
desarrollo
de
la
actividad
profesional
dentro
de
las
normas
éticas
y
deontológicas
en
el
territorio
peruano.
Artículo
2.-
Requisito
de
Colegiatura
Para
ser
miembro
del
Colegio
de
Licenciados
en
Terapia
Física
del
Perú,
se
requiere
haber
obtenido
el
Título
Profesional
a
nombre
de
la
Nación
expedido
por
las
universidades
del
país
como:
Licenciado en
Terapia
Física,
Licenciado
en
Fisioterapia,
Licenciado
Tecnólogo
Medico
en
Terapia
Física
y
Rehabilitación
o
revalidado,
conforme
a
ley,
si
el
título
ha
sido
otorgado
por
universidad
extranjera.
Artículo
3.-
Atribuciones
Son
atribuciones
del
Colegio
de
Licenciados
en
Terapia
Física
del
Perú:
a)
Formular
su
estatuto
institucional,
conforme
a
ley
de
creación.
b)
Velar
por
el
correcto
ejercicio
de
la
profesión
en
el
marco
de
los
principios
éticos.
VVVWV
CONGRESO
GOB.PE
-
PROYECTO
DE
LEY.
LEY
DE
CREACION
DEL
COLEGIO
DE
LICENCIADOS
EN
TERAPIA
FISICA
DEL
PERÚ
i)
j)
PERU
;
CONGRESO
REPÚBLICA
RAÚL
HUAMÁN
CORONADO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
c)
Investigar,
de
oficio
o
a
solicitud
de
parte,
los
actos
contrarios
a
la
ética
profesional
y
de
ser
el
caso
imponer
sanciones
disciplinarias
conforme
a
su
estatuto.
d)
Representar
y
defender
los
intereses
generales
de
la
profesión
y
los
profesionales
de
los
colegiados.
e)
Propiciar
vínculos
con
instituciones
similares
en
el
extranjero.
f)
Llevar
el
censo
de
colegiados
y
un
registro
de
títulos
de
los
mismos.
g)
Aprobar
su
organización
interna,
sus
estatutos
y
la
normatividad
que
regule
su
funcionamiento.
h)
Promover,
divulgar
y
potenciar
la
Terapia
Física/Fisioterapia
como
ciencia,
así
como
su
integración
y
relevancia
en
la
estructura
sanitaria
y
social
desde
las
perspectivas
científica,
cultural,
laboral
e
investigadora;
y,
promover
la
profesión
de
la
Terapia
Física
en
la
gestión,
la
investigación,
la
prevención
funcional,
y
la
evaluación
funcional
en
relación
con
las
deficiencias,
discapacidades,
limitaciones
funcionales
y
las
minusvalías.
Ejercer
la
certificación
de
sus
miembros
colegiados,
conforme
a
ley.
Las
demás
que
señale
su
estatuto
y
la
ley.
Artículo
4.-
Órganos
de
Gobierno
El
Colegio
de
Licenciados
en
Terapia
Física
del
Perú
tiene
como
órganos
de
gobierno
a:
La
Asamblea
General,
es
la
suprema
autoridad.
La
preside
el
decano
y
la
integran
los
consejos
departamentales
hábiles.La
Asamblea
General
se
reúne
ordinariamente
una
vez
al
año,
para
dar
cuenta
de
la
gestión
y,
extraordinariamente,
cuando
la
convoque
el
decano,
el
consejo
directivo
o
(décima
parte
o
/dos
tercios)
del
número
total
de
colegiados
hábiles.
El
consejo
directivo,
como
órgano
administrativo,
representativo
y
ejecutivo,
está
compuesto
por:
a)
Decano
b)
Vicedecano
c)
Tesorero
d)
Secretario
e)
Vocal
de
disciplina
y
ética
WWW
CONGRESO.GOB
PE
-
PROYECTO
DE
LEY
LEY
DE
CREACION
DEL
COLEGIO
DE
LICENCIADOS
EN
TERAPIA
FISICA
DEL
PERÚ

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