Proyecto de Ley Nº 05773/2023-CR, Ley que promueve la creación de agregadurías científicas en las embajadas del perú en el exterior

Número de Iniciativa05773/2023-CR
Fecha de registro29 Agosto 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaMonteza Facho, Silvia María
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
/20
2
3
-
CR
1.02
CONGRESO
REPÚBLICA
eCr
,
M~I•O••••cnc.o
:71vG1
0
BE
LA
REPÚ.
AREA
DE
TRAMITE
DOG
Etiíri..t.,
1
29
AGO.
SILVIA MARÍA
MONTEZA
FACHO
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
CREAR
AGREGADURÍAS
CIENTÍFICAS
EN
LAS
EMBAJADAS
DEL
PERÚ
EN
EL
EXTERIOR
La
congresista
de
la
República
que
suscribe
SILVIA
MARÍA
MONTEZA
FACHO,
ejerciendo
el
derecho
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
concordante
con
los
artículos
22°
-
C,
67°,
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
fórmula
legal.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
PROMUEVE
LA
CREACIÓN
DE
AGREGADURÍAS
CIENTÍFICAS
EN
LAS
EMBAJADAS
DEL
PERÚ
EN
EL
EXTERIOR
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto,
que
las
embajadas
peruanas
creen
en
su
entidad,
las
agregadurías
científicas,
para
promover
y
fortalecer
la
cooperación
científica
y
tecnológica
del
país
a
nivel
internacional,
disponiendo
anualmente
de
un
presupuesto
de
inversión
institucional
para
tal
fin.
Artículo
2.
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
que
las
agregadurías
científicas
en
las
embajadas
peruanas
intercambien
conocimientos
con
sus
contrapartes
extranjeros,
promoviendo
y
difundiendo
los
proyectos
conjuntos
de
investigación,
promocionando
transferencia
de
tecnología
de
vanguardia
entre
países
en
beneficio
de
los
ciudadanos.
Articulo
3.
Declaratoria
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
Se
declara
de
interés
nacional
y
necesidad
pública,
la
creación
de
la
oficina
de
agregadurías
científicas
en
las
embajadas
peruanas,
que,
al
momento
de
la
promulgación
de
la
presente
ley,
dependan
directamente
de
las
embajadas
ubicadas
en
el
exterior
del
Perú,
Para
tal
efecto,
deberán
realizar
las
modificaciones
de
los
documentos
de
gestión
que
requiera
el
caso.
Artículo
4.
Funciones
básicas
de
la
oficina
de
agregadurías
científicas
en
las
embajadas
peruanas
Las
funciones
básicas
de
las
oficinas
de
agregadurías
científicas
en
las
embajadas
peruanas
serán:
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR