Proyecto de Ley Nº 05709/2023-CR, Ley que incorpora el literal t) al artículo 41 de la ley 29944, ley de reforma magisterial

Número de Iniciativa05709/2023-CR
Fecha de registro14 Agosto 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaParedes Gonzales, Alex Antonio,Zea Choquechambi, Oscar,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Tello Montes, Nivardo Edgar,Vásquez Vela, Lucinda,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
snc1/.2-0
2
3
-
cR
PERÚ
;11;
CONGRESO
,
ONGRaS0
OE
LA
RE
UBLIOA
AREA
DE
TRAMITE
DOC
ENTARt0
1
4
AGO.
RE
0
5)
ALEX
ANTONIO
PAREDES
GONZALES
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
SUMILLA:
LEY
QUE
INCORPORA
EL
LITERAL
T)
AL
ARTÍCULO
41
DE
LA
El
Grupo
Parlamen
an
AGISTERIAL
DE
CONCERTACION
NACIONAL,
a
iniciativa
del
Congresi
ta
ALEX
ANTONIO
PAREDES
GONZALES,
con
la
facultad
que
establece
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
conforme
a
lo
dispuesto
por
los
artículos
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA;
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
INCORPORA
EL
LITERAL
T)
AL
ARTÍCULO
41
DE
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
incorporar
el
literal
t)
al
Artículo
41°
de
la
Artículo
2.-
Finalidad
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
hacer
prevalecer
el
derecho
de
los
docentes
a
elegir
y/o
ser
elegido
como
representante
en
los
comités
y
comisiones,
para
acciones
de
personal
e
integrar
los
directorios
del
CAFAE
y
SubCafae
y
otros,
instituidos
en
una
Dirección
Regional
de
Educación
y/o
Unidad
de
Gestión
Educativa
Local.
Artículo
3.-
Incorporación
del
literal
t)
en
el
artículo
41
de
la
Ley
de
Reforma
Magisterial
Incorporase
el
literal
t)
en
el
artículo
41
de
la
con
el
siguiente
texto:
"Artículo
41.-
Derechos
Los
profesores
tienen
derecho
a:
t)
A
elegir
y/o
ser
elegido
mediante
voto
universal
y
secreto
a
sus
representantes
ante
los
comités
y/o
comisiones
institucionales
para
acciones
de
personal
y
para
integrar
el
directorio
del
CAFAE
y
SubCafae
de
la
Dirección
Regional
de
Educación
y/o
Unidad
de
Gestión
Educativa
Local."
Artículo
4.-
Reglamentación.
El
Poder
Ejecutivo
adecúa
el
Reglamento
de
la
aprobado
mediante
el
Decreto
Supremo
004
-2013
-ED,
a
lo
Plaza
Bolívar,
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
218-
Lima,
Perú
Central
telefónica:
311-7777

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