Proyecto de Ley Nº 05678/2023-CR, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la creación de la zona agro biodiversidad de la micro cuenca de lambrama

Número de Iniciativa05678/2023-CR
Fecha de registro09 Agosto 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaGutiérrez Ticona, Paul Silvio,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Vásquez Vela, Lucinda,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Tello Montes, Nivardo Edgar
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
fe
S()
B/2o2:3-
cR
PERO
11
CONGRESO
REPÚBLICA
CONORESO
OE
LA
REPUBLIGA
Mil
DE
PRAAIFOE
DOCKIMIIINTARIO
09
AG
12023
I
PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
SUMILLA:
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA
LA
CREACIÓN
DE
LA
ZONA
DE
AGRO
BIODIVERSIDAD
DE
LA
MICRO
CUENCA
DE
LAMBRAMA.
Los
Congresistas
•e
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75°
y76°
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA
LA
CREACIÓN
DE
LA
ZONA
AGRO
BIODIVERSIDAD
DE
LA
MICRO
CUENCA
DE
LAMBRAMA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
la
declaratoria
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación
de
la
Zona
de
Agro
Biodiversidad
de
la
Micro
Cuenca
de
Lambrama
del
distrito
de
Lambrama,
provincia
de
Abancay,
Región
Apurimac,
con
el
fin
de
proteger
y
conservar
la
biodiversidad
y
el
patrimonio
cultural
de
la
región,
promover
el desarrollo
sostenible
de
la
zona
y
mejorar
la
calidad
de
vida
de
la
población
local.
Artículo
2.-
Declaratoria
de
Interés
Nacional
y
Necesidad
Pública
la
creación
de
la
Zona
Agro
Biodiversidad
Declárese
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación
de
la
Zona
de
Agro
Biodiversidad
de
la
Micro
Cuenca
de
Lambrama
del
distrito
de
Lambrama,
provincia
de
Abancay
Región
Apurimac,
como
un
área
protegida
destinada
a
la
conservación
de
la
biodiversidad
y
la
promoción
de
prácticas
agrícolas
(agropecuarias)
sostenibles.
Artículo
3.-
Fomento
de
prácticas
agrícolas
(agropecuarias)
sostenibles
Foméntese
la
adopción
de
prácticas
agrícolas
(agropecuarias)
sostenibles
en
la
Zona
de
Agro
Biodiversidad
de
la
Micro
Cuenca
de
Lambrama,
del
distrito
de
Lambrama,
provincia
de
Abancay
Región
Apurímac,
con
el
fin
de
garantizar
la
conservación
de
la
biodiversidad
y
el
patrimonio
cultural
de
la
región,
así
como
promover
el
desarrollo
económico
de
los
habitantes
de
la
zona
de
influencia.
Artículo
4.-
Protección
de
la
micro
cuenca
de
Lambrama
Garantícese
la
protección
y
conservación
de
la
micro
cuenca
de
Lambrama,
del
distrito
de
Lambrama,
provincia
de
Abancay
Región
Apurímac,
con
el
fin
de
asegurar
la
continuidad
de
los
servicios
ecosistémicos
que
proporciona,
como
la
regulación
del
clima,
la
conservación
del
suelo
y
del
agua,
y
la
preservación
de
la
biodiversidad.
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
Jr.
Ancash
y
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
501
-
Lima
-
Perú
Tifs:
(51)
31
1
7777-
Anexo
7284
PERU
-
t
a
ll
,
/t
OA
º__
*
CONGRESO
REPÚBLICA
PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Artículo
5.-
Investigación
y
desarrollo
de
tecnologías
sostenibles
Foméntese
la
investigación
y
el
desarrollo
de
tecnologías
sostenibles
para
la
agricultura
y
la
conservación
de
la
biodiversidad
en
la
Zona
de
Agro
Biodiversidad
de
la
Micro
Cuenca
de
Lambrama,
con
el
fi
n
de
mejorar
la
calidad
de
vida,
productos
de
calidad
y
generar
nuevas
oportunidades
de
negocio,
empleo
y
la
preservación
de
técnicas
ancestrales
en
la
población
local.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA.
-
Priorización
Se
dispone
que
el
Ministerio
del
Ambiente
y
el
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego
en
base
a
sus
competencias
desarrollen
políticas
de
agro
biodiversidad
de
las
micro
cuencas,
tomando
como
base
la
zona
creada
en
la
Micro
Cuenca
de
Lambrama,
del
distrito
de
Lambrama,
provincia
de
Abancay
Región
Apurimac.
SEGUNDA.
-
Vigencia
de
la
norma
La
presente
Ley,
entra
en
vigencia
a
partir
del
día
siguiente
de
la
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano.
Firmado
digitalmente
pon
TACURI
VALOPIAA
German
Adolfo
FAU
20101749120
soft
~ve:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
09/1313/2023
16:54:12-0500
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
Eftabeth
Sara
FAU
20101740120
so
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
09/013/2023
10:09:43-0500
Edificio
Juan
Santos
Atahual
Lima,
08
de
Agosto
de
2023
Firmado
digitalmente
por:
Firmado
digitalmente
por:
GUTIERREZ
TICONA
Paul
VASOUEZ
VELA
Lucinda
FAU
Silvio
FAU
20101710120
soft
20101749120
soft
Motiva:
Soy
el
autor
del
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
documento
Fecha:
00108/2023
12:14:10-0500
Fecha:
00/08/2023
17:20:42-0500
Firmado
digitalmente
por:
DU1ROZ
BARB
DZA
Segundo
TeodomIro
FAU
20101740125
soft
Motivo:
En
señal
de
conformidad
Fecha:
09A38/2023
17:10:07-0500
Firmado
digitalmente
por:
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILIA
Bizabeth
Sara
FM
20101749128
soft
Motivo:
Soy
-
el
autor
del
documento
Fecha:
09/08/2023
16:09:55-0500
FAM901149
1
ZEiáltY544
Lima
-
Perú
Edgar
FAU
20101749120
soft
Adictivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
09/08/2023
16:27:23-0500
Tlfs:
(51)
311
7777
—Anexo
7284

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