Proyecto de Ley Nº 05619/2022-CR, Ley de agilización de los plazos administrativos en beneficio del ciudadano para alcanzar una efectiva justicia administrativa

Número de Iniciativa05619/2022-CR
Fecha de registro25 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaUgarte Mamani, Jhakeline Katy,Cordero Jon Tay, Luis Gustavo,Burgos Oliveros, Juan Bartolomé,Medina Minaya, Esdras Ricardo,Acuña Peralta, Segundo Héctor
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
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Proyecto
de
Ley
N'..5.1/..2:7
2
-
c(?
-
CONGRESO
de
I
SS
REPÚBLICA
"Decenio
de
la
igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
La
señora
congresista
JHAKELINE
KATY
UGARTE
MAMANI
integrante
del
Grupo
Parlamentario
UNIDAD
Y
DIÁLOGO
PARLAMENTARIO,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
22-C,
67,
75
y
76
del
presenta
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
LEY
DE
AGILIZACIÓN
DE
LOS
PLAZOS
ADMINISTRATIVOS
EN
BENEFICIO
DEL
CIUDADANO
PARA
ALCANZAR
UNA
EFECTIVA
JUSTICIA
ADMINISTRATIVA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
El
objeto
de
la
presente
ley
es
modificar
el
artículo
35
0
y
el
inciso
2
del
artículo
207°
de
la
Ley
27444,
Artículo
2.-
Finalidad
de
la
ley
La
finalidad
de
la
presente
ley
es
agilizar
los
plazos
administrativos
en
beneficio
del
ciudadano
para
alcanzar
una
efectiva
justicia
administrativa.
Artículo
3.-
Modificación
del
artículo
35°
y
el
inciso
2
del
artículo
207°
de
la
Ley
27444,
Se
modifica
el
artículo
35°
y
el
inciso
2
del
artículo
207°
de
la
Ley
27444,
los
cuales
se
redactan
con
el
siguiente
texto:
previa
"Artículo
35.-
Plazo
máximo
del
procedimiento
administrativo
de
evaluación
El
plazo
que
transcurra
desde
el
inicio
de
un
procedimiento
administrativo
de
evaluación
previa
hasta
que
sea
dictada
la
resolución
respectiva,
no
puede
exceder
de
quince
(15)
días
hábiles,
salvo
que
por
ley
o
decreto
legislativo
se
establezcan
procedimientos
cuyo
cumplimiento
requiera
una
duración
mayor."
Artículo
207.
Recursos
administrativos
Página
1
de
13

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