Proyecto de Ley Nº 05592/2022-CR, "ley de promoción de la ganadería ecoambiental para la producción de carne y leche orgánica, basada en el mejoramiento genético a través de la inseminación artificial con semen fresco para los pequeños y medianos productores a nivel nacional".

Número de Iniciativa05592/2022-CR
Fecha de registro18 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaVásquez Vela, Lucinda,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
40
,yucepo,,
et.
Proyecto
de
Ley
5
5
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PERÚ
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a l
1
"
CONGRESO
REPUBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Arta
de
T'ante
Y
Diglaincior
e
Documerlds
18
JU
2023
C
BIDO
/
2.022
-
cR
LUCINDA
VASQUEZ
VELA
Con.
resista
de
la
Re
úblic
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY:
"LEY
DE
PROMOCIÓN
DE
LA
GANADERÍA
ECOAMBIENTAL
PARA
LA
PRODUCCIÓN
DE
CARNE
Y
LECHE
ORGÁNICA,
BASADA
EN
EL
MEJORAMIENTO
GENÉTICO
A
TRAVÉS
DE
LA
INSEMINACIÓN
ARTIFICIAL
CON
SEMEN
FRESCO
PARA
LOS
PEQUEÑOS
Y
MEDIANOS
PRODUCTORES
A
NIVEL
NACIONAL".
La
Congresista
de
la
República
LUCINDA
VÁSQUEZ
VELA,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
Art.
107
de
la
y
en
cumplimiento
de
los
artículos
75°
y
76'
del
formula
la
siguiente
iniciativa legislativa:
FÓRMULA
LEGAL
"LEY
DE
PROMOCIÓN
DE
LA
GANADERÍA
ECOAMBIENTAL
PARA
LA
PRODUCCIÓN
DE
CARNE
Y
LECHE
ORGÁNICA,
BASADA
EN
EL
MEJORAMIENTO
GENÉTICO
A
TRAVÉS
DE
LA
INSEMINACIÓN
ARTIFICIAL
CON
SEMEN
FRESCO
PARA
LOS
PEQUEÑOS
Y
MEDIANOS
PRODUCTORES
A
NIVEL
NACIONAL".
El
Congreso
de
la
República:
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
como
objeto
establecer
medidas
de
promoción
e
incentivo
para
el
desarrollo
de
la
ganadería
ecoambiental
en
pequeños
y
medianos
productores
a
nivel
nacional, basada
en
la
producción
de
carne
y
leche
orgánica
a
través
de
una
adecuada
alimentación
y
correcto
manejo
del
mejoramiento
genético
mediante
la
inseminación
artificial
con
semen
fresco,
y
pleno
respeto
al
medio
ambiente.
Artículo
2.
Finalidad
La
finalidad
de
la
ley
es
de
constituir
nuevas
fuentes
generadoras
de
empleo,
a
fin
de
dinamizar
la
economía
de
los
pequeños
y
medianos
productores
a
nivel
nacional,
bajo
un
modelo
de
ganadería
que
propicia
una
mayor
productividad
a
través
de
la
mejora
en
la
fertilidad
y
reducción
del
impacto
ambiental
que
generan
otros
tipos
de
actividades
ganaderas.
1
Artículo
3.
Mejoramiento
genético
a
través
de
la
inseminación
artificial
con
semen
fresco
La
inseminación
artificial
con
semen
fresco
es
una
técnica
de
reproducción
que
consiste
en
un
proceso
de
colección,
dilución,
envasado
y
refrigeración
a
4°C
del
semen
de
los
ganados
vacunos
machos,
para
luego
a
través
del
proceso
de
inseminación
propiamente
dicho
fecundar
a
los
ganados
vacunos
hembras.
Artículo
4.
Del
concepto
de
ganadería
eco
ambiental
La
ganadería
ecoambiental
está
conceptuada
como
el
desarrollo
de
las
actividades
de
ganadería
basada
en
la
producción
de
carne
y
leche
orgánica,
bajo
la
modalidad
de
un
sistema
de
crianza
intensiva
y
semi-estabulada,
reduciendo
espacios
de
crianza
tradicional,
disminuyendo
la
destrucción
de
flora
y
fauna.
Artículo
5.
Promoción
y
financiamiento
Encárguese
al
Ministerio
de
la
Producción
y
al
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego
promocionar
a
nivel
nacional
el
emprendimiento
de
actividades
de
ganadería
ecoambiental,
basada
en
una
mayor
productividad
por
la
mejora
del
proceso
de
fertilidad
y
bajo
un
enfoque
sostenible
y
amigable
con
el
medio
ambiente,
haciendo
uso
de
innovaciones
tecnológicas
que
propicien
el
bienestar
económico
de
los
pequeños
y
medianos
productores
de
carne
y
lecha
orgánica.
Dispóngase
la
apertura
de
todos
los
programas
de
crédito
agrario
del
estado,
para
el
fi
nanciamiento
éste
tipo
de
proyectos
innovadores.
Artículo
6.
Extensión
de
los
beneficios
de
la
Extiéndase
para
el
presente,
los
beneficios
contemplados
en
la ley
N°31296,
incluido
el
financiamiento
del
Fondo
de
Adelanto
Social
(FAS).
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
FINAL
Firmado
digitalmente
por:
PAREDES
CASTRO
Francis
Jhasmina
FAU
20161749126
soft
Motiva:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18/07/2023
14:55:36-0600
ÚNICA.
El
Poder
Ejecutivo
en
un
plazo
no
mayor
de
90
días,
dictará
las
medidas
y
procedimientos
reglamentarios
necesarios,
para
la
implementación
de
lo
dispuesto
en
la
presente
Ley.
Lima,
julio
del
2023
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
eizabeth
Sara
FAU
20161749126
soft
iiitativo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18/0712023
13:11:21-0500
Firmado
digitalmente
par:
PAREDES
GONZALES
Plex
Pritonio
FAU
20161749126
soft
Motiva:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
1819712023
14:24:18-0500
Firmado
digitalmente
por:
VAS011.11W
VELA
Lucinda
FAU
20161740126
soft
Mativa:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
1B/0712023
10:38:14-0500
Firmado
digitalmente
por:
QUIROZ
BARI3OZA
Segundo
Teodarniro
FAU
20161749126
soft
Mativo:
En
selial
de
conformidad
Fecha:
1910712023
14:35:28-0500
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
Bizabeth
Sara
FAU
20181749126
sofi
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18197/2023
13:11:30-0500
2
Firmado
digitalmente
por:
G
UTI
ERR
a
TIC
O
NA
Paul
Silvia
FAU
20161749120
soft
Motivo:
Doy
'kr
El"
Fecha:
18107/2023
15:19:31-0500

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