Proyecto de Ley Nº 05579/2022-CR, Ley de ordenamiento y gestión territorial

Número de Iniciativa05579/2022-CR
Fecha de registro17 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMita Alanoca, Isaac,Gonza Castillo, Américo,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Cruz Mamani, Flavio,Taipe Coronado, María Elizabeth,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
f`f
*
CONGRESO
REPúBLTEA
-
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
de
Trame
1
Nono
de
Docremos
17
JUL
23
ISAAC
MITA
ALANOCA
Congresista
de
la
Republica
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
lo
paz
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
.........
9/2
022
-
C
R
PROYECTO
DE
LEY
DE
ORDENAMIENTO
Y
GESTIÓN
TERRITORIAL
El
Grupo
Parla
ntario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
Congresista
de
la
República,
ISAAC
MITA
ALANOC
,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
en
concordancia
con
los
artículos
22°
inciso
c),
67°,
75°
y
76°
del
propone
el
siguiente
proyecto
de
ley.
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
PROYECTO
DE
LEY
DE
ORDENAMIENTO
Y
GESTIÓN
TERRITORIAL
TITULO
I
DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
regular
los
usos
y
ocupación
del
territorio
con
la
fi
nalidad
de
lograr
el
desarrollo
sostenible
para
la
gobernanza
y
gestión
territorial
eficaz
del
país,
participativo,
transparente,
integral
y
competitivo,
con
una
visión
de
desarrollo
sostenible
para
contribuir
a
mejorar
las
condiciones
de
vida
de
la
población.
Artículo
2.
Del
Enfoque
El
ordenamiento
territorial
deberá
tener
un
enfoque
integral
y
sisténnico,
el
mismo
que
implica
un
análisis
de
las
interrelaciones
de
los
aspectos
históricos
-culturales,
sociales,
económicos,
físicos
y
ambientales
y
de
gobernanza.
Artículo
3.
De
la
Obligatoriedad
El
ordenamiento
territorial
es
de
carácter
obligatorio
y
de
responsabilidad
de
los
diferentes
niveles
del
Gobierno.
El
proceso
de
ordenamiento
territorial
armoniza
las
políticas
nacionales,
sectoriales,
regionales
y
locales.
Artículo
4.
Ámbito
de
Aplicación
La
presente
Ley,
son
de
aplicación
para
toda
persona
natural
o
jurídica,
pública
o
privada,
dentro
del
territorio
nacional.
Entiéndase
para
los
efectos
de
la
presente
Ley,
que
toda
mención
hecha
al
"territorio"
comprende
el
suelo,
subsuelo,
el
mar,
lagos,
ríos,
el
espacio
aéreo
y
demás
que
establezca
esta
Ley.
Artículo
5.
Definiciones
1.
Territorio
El
territorio
es
el
espacio
comprendido
por
el
suelo,
el
subsuelo,
el
dominio
marítimo,
y
el
espacio
aéreo
que
los
cubre,
donde
se
desarrollan
relaciones
sociales,
económicas,
políticas
y
culturales
entre
las
personas
y
el
entorno
natural,
dentro
de
un
marco
legal
e
institucional;
y
en
el
que
convergen
los
intereses,
identidades
y
culturas
de
las
poblaciones.
CONGJIESO
ReréaiicA
ISAAC
MITA
~NOCA
Congresista
de
la
Republica
"Decenio
de
la Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Mo
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
2.
Zonificación
Ecológica
Económica
La
Zonificación
Ecológica
y
Económica
(ZEE)
es
un
proceso
dinámico
y
flexible
que
sirve
para
identificar
las
diferentes
alternativas
de
uso
sostenible
de
un
territorio
determinado,
tomando
como
base
la
evaluación
de
sus
potencialidades
y
limitaciones
desde
el
punto
de
vista
físico,
biológico,
social,
económico
y
cultural,
con
el
fi
n
de
que
los
territorios
aprovechen
sus
ventajas
comparativas
3.
Ordenamiento
Territorial
El
Ordenamiento
Territorial,
es
un
proceso
político
y
técnico
administrativo
de
toma
de
decisiones
concertadas
con
los
actores
sociales,
económicos,
políticos
y
técnicos,
para
la
ocupación
ordenada
y
uso
sostenible
del
territorio,
la
regulación
y
promoción
de
la
localización
y
desarrollo
sostenible
de
los
asentamientos
humanos;
de
las
actividades
económicas,
sociales
y
el
desarrollo
físico
espacial
sobre
la
base
de
la
identificación
de
potenciales
y
limitaciones
4.
Gestión
Territorial
Es
el
proceso
de
articulación
de
políticas
nacionales,
bajo
un
enfoque
territorial,
con
la
fi
nalidad
de
garantizar
el
desarrollo
integral
de
la
persona
humana,
teniendo
en
cuenta
aspectos
sociales,
económicos,
culturales
y
ambientales.
En
ese
sentido,
la
gestión
del
territorio
toma
muy
en
cuenta
el
Ordenamiento
Territorial,
así
como
también
otros
aspectos
relacionados
al
territorio
bajo
un marco
de
gobernanza,
una
visión
de
desarrollo
y
los
mecanismos
financieros
que
hacen
estas
entidades.
5.
Desarrollo
Sostenible
Proceso
de
transformación
productiva,
que
utiliza
racionalmente
el
capital
humano,
natural,
físico
y
fi
nanciero:
así
como
el
uso
racional
del
patrimonio
institucional
y
cultural,
sin
poner
en
riesgo
la
satisfacción
de
las
necesidades
de
las
futuras
generaciones,
y
la
capacidad
de
asimilación
de
la
naturaleza,
en
un
marco
de
equidad
y
gobernabilidad.
6.
Desarrollo
Territorial
Proceso
de
cambio
progresivo
que
propicia
la
armonía
entre
el
bienestar
de
la
población,
el
uso
del
territorio,
la
conservación
y
protección
de
los
recursos
naturales
y
de
las
actividades
productivas;
a
efecto
de
lograr
el
mejoramiento
en
la
calidad
de
vida
de
la
población,
bajo
un
enfoque
de
sustentación.
7.
El
Plan
de
Ordenamiento
Territorial
Es
un
Instrumento
de
planificación
y
gestión
del
desarrollo,
que
promueve
y
regula
los
procesos
de
organización
sostenible
del
territorio
a
nivel
nacional,
regional
y
local,
articulados
a
los
planes
ambientales,
de
desarrollo
económico,
social
y
otros.
Por
su
carácter
integral,
participativo,
democrático
y
prospectivo,
el
POT
debe
articular
en
el
espacio
tanto
los
aspectos
sectoriales,
a
través
de
la
proyección
espacial
de
las
políticas
ambientales,
sociales,
culturales
y
económicas,
como
los
aspectos
territoriales, relacionados
con
el
uso
y
ocupación.
Artículo
6.
Finalidad
a)
Lograr
el
uso
y
la
ocupación
ordenada,
segura
y
sostenible
del
territorio,
acorde
a
su
función
social,
cultural,
económica
y
ambiental,
teniendo
en
cuenta
sus
potencialidades
y
limitaciones
para
orientar,
promover
y
localizar
la
inversión
pública
y
privada.
O
.2:
ViRt1
4, 44,
,t•
;
CONGRESO
REP(MICA
ISAAC
MITA
ALAN
OCA
Congresista
de
la
Republica
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
dejo
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
b)
Promover
el
uso
y
aprovechamiento
sostenible
de
los
recursos
naturales,
así
como
la
conservación
y
preservación
del
patrimonio
natural
y
cultural
mediante
una
gestión
responsable
y
concertada,
garantizando
la
seguridad
y
soberanía
alimentaria.
c)
Regular
la
distribución
espacial
de
la
población
de
acuerdo
a
la
política
de
asentamientos
humanos,
procurando
una
relación
armónica
entre
las
zonas
urbanas
y
rurales
e
incorporando
la
pluriculturalidad,
la
gestión
de
riesgos
y
la
adaptación
y
mitigación
frente
al
cambio
climático.
d)
Promover
el
proceso
de
descentralización
de
forma
tal
que
los
diversos
niveles
de
gobierno
articulen
y
armonicen
sus
roles
y
funciones
en
materia
de
ordenamiento
y
gestión
del
territorio.
e)
Promover
la
integración
social,
cultural
y
económica
de
los
pueblos
al
interior
del
territorio
nacional,
considerando
las
dinámicas
de
integración
a
diversas
escalas
y
respetando
la
diversidad
cultural
y
la
soberanía
de
los
pueblos.
f)
Contribuir
a
prevenir,
gestionar,
mitigar,
reducir
y/o
eliminar
desde
la
planificación
territorial
los
impactos
ambientales
generados
por
el
cambio
climático.
Artículo
7.
De
los
Principios
a)
Sostenibilidad.
Implica
la
integración
equilibrada
de
los
aspectos
económicos,
sociales
y
ambientales,
en
la
satisfacción
de
las
necesidades
de
las
generaciones
actuales y
futuras.
Por
lo
tanto,
el
Estado
regula
y
controla
el
uso
y
gestión
del
territorio.
b)
Integralidad.
Exige
considerar
al
territorio
como
un
todo
sistémico,
en
sus
diversas
dimensiones
e
interrelaciones.
c)
Transversalidad.
Articulación
de
las
políticas
nacionales,
sectoriales,
regionales
y
locales.
d)
Gobernanza.
Implica
la
consolidación,
respeto
y
transparencia
de
la
institucionalidad
de
la
gestión
pública,
la
seguridad
jurídica,
la
participación
ciudadana
oportuna
e
informada.
e)
Prevalencia.
El
bienestar
general
prima
sobre
el
interés
particular.
f)
Equidad
social
e
igualdad.
Orientado
a
garantizar
el
acceso
de
todos
los
ciudadanos
a
las
oportunidades,
bienes
y
servicios
en
el
territorio
nacional
g)
Subsidiariedad.
Exige
que
la
asignación
de
competencias
y
funciones
a
cada
nivel
de
gobierno,
sea
equilibrada
y
adecuada
a
la
mejor
prestación
de
los
servicios
del
Estado
a
la
comunidad
en
el
marco
de
la
descentralización.
Implica
que
cada
asunto
público
sea
resuelto
por
la
autoridad
más
próxima
al
problema
a
fin
de
lograr
más
eficiencia
en
las
intervenciones
y
facilitar
la
participación
de
la
población.
h)
Pluralidad
cultural.
Implica
el
respeto
y
la
incorporación
de
la
diversidad
cultural,
los
conocimientos
colectivos,
las
formas
de
uso
y
manejo
tradicionales
del
territorio,
en
concordancia
con
las
normas
vigentes
y
el
convenio
169
de
la
OIT
i)
Seguridad
nacional.
Orientado
a
garantizar
la
soberanía
e
integridad del
territorio.

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