Proyecto de Ley Nº 05545/2022-CR, Ley que incorpora el requisito de acreditación de la constancia de servicio militar para postulantes a las escuelas de la policía nacional del perú.

Número de Iniciativa05545/2022-CR
Fecha de registro11 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaGutiérrez Ticona, Paul Silvio,Vásquez Vela, Lucinda,Tello Montes, Nivardo Edgar,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
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PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA,
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
SUMILLA:
LEY
QUE
INCORPORA
EL
REQUISITO
DE
ACREDITACIÓN
DE
LA
CONSTANCIA
DE
SERVICIO
MILITAR
PARA
POSTULANTES
A
LAS
ESCUELAS
DE
LA
POLICÍA
NACIONAL
DEL
PERÚ.
Los
ongresistas
de
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
INCORPORA
EL
REQUISITO
DE
ACREDITACIÓN
DE
LA
CONSTANCIA
DE
SERVICIO
MILITAR
PARA
POSTULANTES
A
LAS
ESCUELAS
DE
LA
POLICÍA
NACIONAL
DEL
PERÚ
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
como
objetivo
establecer
la
obligatoriedad
de
la
acreditación
de
la
constancia
de
servicio
militar
para
los
postulantes
que
deseen
ingresar
a
las
Escuelas
de
la
Policía
Nacional
del
Perú.
Esta
medida
tiene
como
fi
nalidad
garantizar
una
mejor
identificación
con
la
nación,
una
atención
ciudadana
de
calidad
respetando
sus
derechos
fundamentales,
fortalecer
la
disciplina
castrense
y
mejorar
la
formación
policial.
Artículo
2.-
Requisito
de
acreditación
Se
establece
como
requisito
obligatorio
para
los
postulantes
a
las
Escuelas
de
la
Policía
Nacional
del
Perú
la
presentación
de
una
constancia
de
haber
cumplido
con
el
servicio
militar
o
la
constancia
de
prestar
el
servicio
militar
acuartelado
con
mínimo
6
meses.
Dicha
constancia
deberá
ser
expedida
por
las
instancias
competentes
del
ministerio
de
defensa
quienes
certifican
el
servicio
militar
en
nuestro
país.
Artículo
3.-
Nulidad
de
ingreso
En
caso
de
que
un
postulante
no
pueda
presentar la constancia
de
servicio
militar
o
la
constancia
de
estar
prestando
el
servicio
militar
acuartelado
como
mínimo
6
meses
de
servicio,
se
considerará
nulo
su
ingreso
a
las
Escuelas
de
la
Policía
Nacional
del
Perú.
No
se
aceptarán
excepciones
a
esta
disposición,
a
menos
que
existan
circunstancias
debidamente
justificadas
que
impidan
el
cumplimiento
del
servicio
militar.
Artículo
4.-
Respeto
a
los
derechos
fundamentales
El
requisito
de
acreditación
de
la
constancia
de
servicio
militar
no
vulnera
los
derechos
fundamentales
de
los
postulantes.
La
evaluación
y
selección
de
los
candidatos
se
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
Jr.
Ancash
y
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
501
-
Lima
-
Perú
Tifs:
(51)
311
7777
-
Anexo
7284

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