Proyecto de Ley Nº 05511/2022-CR, Ley que modifica e incorpora diversos artículos a la ley 29824, ley de justicia de paz

Número de Iniciativa05511/2022-CR
Fecha de registro03 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaOlivos Martínez, Vivian,Moyano Delgado, Martha Lupe,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Castillo Rivas, Eduardo Enrique,Revilla Villanueva, César Manuel,Guerra García Campos, Hernando,Flores Ruiz, Víctor Seferino
ProponenteCongreso
EstatusRetirado por su Autor
Proyecto
&
Ley
Pf
55
A
A/2
022—
C
R
Pr011i
-
CONGRESO
RE
PO
SL
ICA
CONGRESISTA
VIVIAN
OLIVOS
MARTÍNEZ
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
E
INCORPORA
DIVERSOS
ARTICULOS
A
LA
PAZ.
El
Grupo
Parlamentario
Fuerza
Popular,
a
iniciativa
de
la
señora
Congresista
de
la
República
VIVIAN
OLIVOS
MARTINEZ,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
proponen
el
siguiente:
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
ley:
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Neo
ae
Tramite
y
Digitalracor
le
Documentos
03
JUL
023
'Do
firm
14en
5:
5
0
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
E
INCORPORA
DIVERSOS
ARTICULOS
A
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
e
incorporar
diversos
artículos
a
la
Paz,
relativos
a
los
requisitos,
impedimentos,
derechos
y
deberes
del
Juez
de
Paz.
Artículo
2.
De
la
incorporación
y
modificación
Se
incorpora
los
numerales
12)
y
13)
del
artículo
1°,
así
como
el
numeral
14)
del
artículo
5°,
y
el
numeral
9)
del
artículo
y
se
modifica
el
numeral
10)
del
artículo
4°,
todos
de
la
Ley
N°29824,
Paz;
los
mismos
que
quedarán
redactados
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
1".
Requisitos
para
ser
juez
de
paz
Los
requisitos
para
ser
juez
de
paz
son
los
siguientes:
1...]
12)
No
estar
afiliado
en
el
periodo
de
un
año
(1)
antes
de
su
designación
como
"Juez
de
Paz"
en
una
organización
política,
según
el
Registro
de
Organizaciones
Políticas
del
Jurado
Nacional
de
Elecciones
(JNE)
13)
Estar
apto
física
y
mentalmente
para
ejercer
la
función,
ello
se
acredita
con
la
presentación
del
certificado
médico
expedido
por
el
profesional
competente
."
"Artículo
4".
Derechos
El
juez
de
paz
tiene
derecho
a:
Dirección:
Jr.
Azángaro
N°468-470,
oficina
606
edificio
"José
Sánchez
Carrión"
Lima-
Perú
Correo
electrónico:
lolivosm@congreso.gob.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR