Proyecto de Ley Nº 05483/2022-CR, Ley que incorpora la enseñanza y práctica del ajedrez al programa curricular de educación primaria y secundaria a nivel nacional.

Número de Iniciativa05483/2022-CR
Fecha de registro23 Junio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAmuruz Dulanto, Yessica Rosselli,Gonzales Delgado, Diana Carolina,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Cavero Alva, Alejandro Enrique,Córdova Lobatón, María Jessica,Yarrow Lumbreras, Norma Martina
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
fk
Ley
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5
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3/ 2
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-
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
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ROSSELLI
AMURUZ
DULANTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de/a
unidad.
la
paz
y
el
desarrollo"
"Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
INCORPORA
LA
ENSEÑANZA
Y
PRÁCTICA
DEL
AJEDREZ
AL
PROGRAMA
CURRICULAR
DE
EDUCACIÓN
PRIMARIA
Y
SECUNDARIA
A
NIVEL
NACIONAL.
La
Congresista
de
la
República
Rosselli
Amuruz
Dulanto
del
grupo
parlamentario
AVANZA
PAIS
que
suscriben,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
reconocido
en
el
artículo
107°
de
la
y,
en
concordancia
con
los
artículos,
22°,
inciso
c),
67°,
75°
y
76°
del
presenta
el
siguiente
proyecto
de
ley.
PROYECTO
DE
LEY
QUE
INCORPORA
LA
ENSEÑANZA
Y
PRÁCTICA
DEL
AJEDREZ
AL
PROGRAMA
CURRICULAR
DE
EDUCACIÓN
PRIMARIA
Y
SECUNDARIA
A
NIVEL
NACIONAL.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley.
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
incorporar
al
ajedrez
como
herramienta
transversal
-
interdisciplinar
dentro
del
Programa
Curricular
de
Educación
Escolar
del
Estado
(nivel
primaria
y
secundaria
de
menores),
para
que
los
escolares
desarrollen
habilidades
en
la
esfera
cognitiva,
facilitando
su
éxito
académico
y
capacidad
para
aprender
ciencias,
resolver
problemas,
gestionar
sus
emociones
y
mejorar
su
personalidad
y
conducta.
Artículo
2.-
Alcances
de
la
ley.
La
presente
Ley
será
de
aplicación
gradual
y
progresiva
en
la
Educación
Básica
Regular
pública,
para
complementar
el
desarrollo
integral
de
todos
los
educandos
del
Perú.
Artículo
3.-
Plataforma
digital
para
el
impulso
del
ajedrez.
La
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros,
a
través
de
la
Secretaría
de
Gobierno
y
Transformación
Digital,
en
coordinación
con
el
Ministerio
de
Educación
impulsa
el
diseño
e
implementación
de
una
Plataforma
Digital
que
permita
el
aprendizaje
de
ajedrez
en
todos
los
niveles
en
los
centros
educativos
y
en
favor
de
toda
la
ciudadanía
a
nivel
nacional
a
fin
de
fomentar
el
uso
de
las
tecnologías
digitales
en
el
desarrollo
y
despliegue
de
la
presente
Ley.
Edif,
Complejo
Legislativo
Av.
Abancay
251,
Of.
910,
Cercado
de
Lima
Teléfono:
311-7777
DE
rritmh
CC
DIGITAL
#0,0
DIGITAL
FIRMA.
DIGITAL
"
CONGRESO
REPÚBLICA
Artículo
4.-
Taller
de
Ajedrez.
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DULANTO
"Decenio
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Ia
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
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del
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Perú
-
200
años
de
Independeneta"
El
Programa
Curricular
del
Curso
de
Ajedrez,
será
incorporado
por
el
Ministerio
de
Educación
mediante
opinión
técnica
del
Consejo
Nacional
de
Educación
(CNE),
de
conformidad
con
sus
atribuciones
legales.
Artículo
5.-
Capacitación
de
Docentes.
Autorizase
al
Ministerio
de
Educación,
mediante
opinión
del
Sistema
Nacional
de
Evaluación,
Acreditación
y
Certificación
de
la
Calidad
Educativa
(SINEACE),
la
capacitación
de
docentes
a
cargo
de
experimentados
especialistas
en
el
campo
de
la
enseñanza
-
aprendizaje
del
ajedrez.
Artículo
6.-
Vigencia.
La
presente
Ley
entrará
en
vigencia
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano,
debiendo
el
Ministerio
de
Educación
elaborar
su
reglamento
en
el
plazo
de
60
días
calendario,
siendo
su
aplicación
progresiva
y
gradual
en
todos
los
colegios
del
Perú.
Artículo
7.-
Derogación.
Firmado
digitalmente
por:
tkfilleéwáenEIADÉletese
sin
efecto
las
disposiciones
legale
Carálina
FM)
20101749126
soft
RIWeAcjachwepresente
Ley.
documento
Fecha:
23/06/2023
11:28:40-0500
Firmado
digitalmente
por:
TUDELA
GUTIERRW
Adriana
Josefina
FAU
20161740126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
21106/2023
19:39:30-0500
Firmado
digitalmente
por:
TU
O
ELA
GUTIERR
Adriana
Josefina
FAU
20161749120
soft
Motivo:
En
señal
de
conformidad
Fecha:
21/06/2023
19:40:04-0500
Li
ROSSELLI
AMURUZ
DULANTO
Congresista
de
la
República
Firmado
digitalmente
por:
AMURUZ
DULANTO
Yessica
Rosselli
FAU
20161749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
21/0012023
19:15:11-0500
Firmado
digitalmente
por:
CORDOVA
LOBATON
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Col
Jessica
FAU
20161740120W
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Motivo:
Soy
el
autor
del
Teléfono
documento
Fecha:
21/06/2023
20:09:340500
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DIGITAL
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DIGITAL:
gisiativo
Of.
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Firmado
digitalmente
por:
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Patricia
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Motivo:
Soy
el
autor
del
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213/2023
13:27:56-0500
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Firmado
digitalmente
por:
CAVERO
ALVA
Alejandro
Enrique
FAU
20101740126
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Motivo:
Soy
el
autor
del
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Fecha:
22/06/2023
10:03:09-0500
Firmado
digitalmente
por:
YARROW
LUMBRERAS
Norma
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2
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6126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
23/0612023
15:07:13-0500

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