Proyecto de Ley Nº 05452/2022-CR, Ley de reforma constitucional que instituye el derecho a la protesta social como un derecho fundamental.

Número de Iniciativa05452/2022-CR
Fecha de registro22 Junio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaCutipa Ccama, Víctor Raúl,Cruz Mamani, Flavio,Bellido Ugarte, Guido,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Varas Meléndez, Elías Marcial
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
de
ley
N"
S
-1
1
5
2
/20
2
2
R
41.
;
CONGRESO
REPÚBLICA
RU
DE
LA
REPUBLiCA
22
JUN
023
RECI
VÍCTOR
FtAUL
CUTIPA
CCAMA
Congresista
de
la
Republica
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
MEDIANTE
EL
CUAL
SE
INSTITUYE
EL
DERECHO
A
LA
PROTESTA
SOCIAL
COMO
UN
DERECHO
FUNDAMENTAL
El
señor
Congresista
de
la
República
que
suscribe,
VICTOR
RAUL
CUTIPA
CCAMA,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
PERÚ
BICENTENARIO,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°,
de
la
y
conforme
a
lo
establecido
en
el
artículo
22'
inciso
c)
y
artículo
75
y
76
del
formula
la
siguiente
propuesta
legislativa:
I.
FORMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
INSTITUYE
EL
DERECHO
A
LA
PROTESTA
SOCIAL
COMO
UN
DERECHO
FUNDAMENTAL
Artículo
1.
-Objeto.
La
presente
ley
tiene
por
objeto
reformar
la
modificando
el
inciso
12
del
artículo
de
nuestra
con
la
incorporación
del
Derecho
a
la
Protesta
Social
como
un
Derecho
Fundamental
en
armonía
con
el
artículo
21
del
y
el
artículo
15
de
la
Artículo
2.-
Finalidad
La
presente
ley
tiene
por
fi
nalidad
reconocer
ala
protesta
como
un
derecho
fundamental
autónomo
de
las
personas
en
nuestra
para
viabilizar
los
derechos
de
libertad
de
expresión
y
libertad
de
reunión,
manifestadas
en
opiniones
contrarias
y
expresiones
en
forma
colectiva
y
publica
y
dar
garantía
a
este
derecho
de
manera
legitima
concretada
en
una
expresión
de
la
soberanía
popular.
Artículo
3.-
Modificación
Se
modifica
el
numeral
12
del
artículo
de
la
debiendo
quedar
redactado
de
la
siguiente
manera:
"Artículo
2.-
Derechos
fundamentales
de
la
persona
Toda
persona
tiene
derecho:
[-.]

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