Proyecto de Ley Nº 05445/2022-CR, Ley que modifica el inciso d) del artículo 25 de la ley 30512, ley de institutos y escuelas de educación superior y de la carrera pública de sus docentes.
Número de Iniciativa | 05445/2022-CR |
Fecha de registro | 21 Junio 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Pariona Sinche, Alfredo,Mita Alanoca, Isaac,Cerrón Rojas, Waldemar José,Cruz Mamani, Flavio,Gonza Castillo, Américo,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Flores Ramírez, Alex Randu |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
Proyecto
de
Ley
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152
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CON9RESO
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REPÚBLICA
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CONGRESO
DE
LA
RE
PURLICA
2023
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21
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PROYECTO
DE
LEY
N°
LEY
QUE
MODIFICA
EL
INCISO
O)
DEL
ARTÍCULO
25
DE
LA
LEY
DE
INSTITUTOS
Y
ESCUELAS
DE
EDUCACIÓN
SUPERIOR
Y
DE
LA
CARRERA
PÚBLICA
DE
SUS
DOCENTES.
El
congresista
de
la
república
ALFREDO
PARIONA
SINCHE,
miembro
del
grupo
parlamentario
del
Partido
Perú
Libre,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
en
concordancia
con
los
artículos
22
inciso
c)
67,
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República
presenta
en
siguiente
proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
MODIFICA
EL
INCISO
D)
DEL
ARTÍCULO
25
DE
LA
LEY
DE
INSTITUTOS
Y
ESCUELAS
DE
EDUCACIÓN
SUPERIOR
Y
DE
LA
CARRERA
PÚBLICA
DE
SUS
DOCENTES.
ARTÍCULO
1.-
OBJETO
DE
LA
LEY.
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
el
inciso
d)
del
artículo
25
de
la
Ley
de
institutos
y
Escuelas
de
Educación
Superior
y
de
la
Carrera
Pública
de
sus
Docentes,
respecto
a
las
condiciones
básicas
de
calidad
para
el
licenciamiento
de
IES
y
EES
públicos.
ARTÍCULO
2.-
FINALIDAD
DE
LA
LEY
La
presente
Ley
tiene
como
propósito,
modificar
el
inciso
d)
del
artículo
25
de
la
Ley
de
Institutos
y
Escuelas
de
Educación
Superior
y
de
la
Carrera
Pública
de
sus
Docentes,
a
fin
de
que
los
requisitos
de
licenciamiento
de
las
IES
y
EES
públicos,
vinculados
a
la
infraestructura
física,
ambientes,
equipamiento
y
recursos
para
el
1
-
-
CONGRESO
REPÚBLICA
s.
,
hombre:.
aprendizaje,
se
adecuen
a
la
realidad
socioeconómica
de
cada
localidad,
de
acuerdo
a
los
indicadores
de
pobreza.
ARTÍCULO
3.-
MODIFICACIÓN
DEL
INCISO
D)
DEL
ARTÍCULO
25
DE
LA
LEY
DE
INSTITUTOS
Y
ESCUELAS
DE
EDUCACIÓN
SUPERIOR
Y
DE
LA
CARRERA
PÚBLICA
DE
SUS
DOCENTES.
Modifíquese
el
inciso
d)
del
artículo
25
de
la
Ley
de
Institutos
y
Escuelas
de
Educación
Superior
y
de
la
Carrera
Pública
de
sus
Docentes,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
25.-
Condiciones
básicas
de
calidad
para
el
licenciamiento
de
IES
y
EES
El
Minedu
estable
las
condiciones
básicas
de
calidad
para
el
licenciamiento
de
los
¡ES
y
EES,
públicos
y
privados.
Las
condiciones
básicas
de
calidad
son
los
requerimientos
mínimos
sobre
los
cuales
se
evalúa
a
estas
instituciones,
a
fin
de
otorgar
la
licencia
para
la
prestación
del
servicio
educativo
y
están
referidas
como
mínimo,
a
los
siguientes
aspectos:
.1
d)
Infraestructura
física,
ambientes,
equipamiento
y
recursos
para
el
aprendizaje
de
acuerdo
a
su
propuesta
pedagógica,
de
acuerdo
a
las
normas
técnicas
A.010,
A.040,
A.120
y
A.130
del
Reglamento
Nacional
de
Edificaciones,
garantizando
condiciones
de
seguridad,
accesibilidad
y
habitabilidad.
No
resulta
aplicable
para
lES
y
EES
públicos
ubicados
en
zonas
fuera
de
la
capital
de
las
regiones.
[...]"
2
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