Proyecto de Ley Nº 05382/2022-CR, Ley que establece disposiciones sobre los efectos de la ley n° 31635, ley que deroga el artículo 6 del decreto legislativo n° 1496, decreto legislativo que establece disposiciones en materia de educación superior universitaria en el marco del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional

Número de Iniciativa05382/2022-CR
Fecha de registro19 Junio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaQuispe Mamani, Wilson Rusbel,Cruz Mamani, Flavio,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Taipe Coronado, María Elizabeth,Palacios Huamán, Margot,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
10,
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
RE
PUBLICA
Area
ce
Tramite
y
DIftaicacior
ie
Do
:s
19
JU
2023
1
D
0
Hora
13.1.1
1
OUISPE
MAMAN'
WILSON
RUSBEL
"Arlo
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
3
2
/
2
O22-Ck
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
DISPOSICIONES
SOBRE
LOS
EFECTOS
DE
LA
LEY
QUE
DEROGA
EL
ARTÍCULO
6
DEL
DECRETO
LEGISLATIVO
QUE
ESTABLECE
DISPOSICIONES
EN
MATERIA
DE
EDUCACIÓN
SUPERIOR
UNIVERSITARIA
EN
EL
MARCO
DEL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
SANITARIA
A
NIVEL
NACIONAL
El
grupo
parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
Congresista
de
la
República
que
suscribe,
Wilson
Rusbel
Quispe
Mamani,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley.
FÓRMULA
LEGAL:
El
Congreso
de
la
República:
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
ESTABLECE
DISPOSICIONES
SOBRE
LOS
EFECTOS
DE
LA
LEY
QUE
DEROGA
EL
ARTÍCULO
6
DEL
DECRETO
LEGISLATIVO
QUE
ESTABLECE
DISPOSICIONES
EN
MATERIA
DE
EDUCACIÓN
SUPERIOR
UNIVERSITARIA
EN
EL
MARCO
DEL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
SANITARIA
A
NIVEL
NACIONAL
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
establecer
disposiciones
sobre
los
efectos
de
la
Ley
que
deroga
el
artículo
6
del
para
que
las
autoridades
e
integrantes
de
los
órganos
de
gobierno
de
las
universidades
prorrogados
tengan
legitimidad
y
legalidad.
Artículo
2.
Disposiciones
sobre
mandatos
de
autoridades
e
integrantes
de
los
órganos
de
gobierno
de
las
universidades
prorrogados
en
el
marco
de
la
vigencia
del
artículo
6
del
Los
mandatos
de
las
autoridades
e
integrantes
de
los
órganos
de
gobierno
de
las
universidades
prorrogados
en
mérito
al
artículo
6
del
derogado
por
la
que
continúan
en
funciones,
o
que
han
sido
elegidos
durante
el
periodo
de
prórroga
del
mandato
de
las
autoridades,
culminan
indefectiblemente
a
partir
de
la
vigencia
de
la
presente
ley.
Su
reemplazo
con
las
autoridades
encargadas
que
serán
designadas
conforme
a
la
Ley
www.congresosob.pe
Central
Telefónica:
311-7777

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