Proyecto de Ley Nº 05334/2022-CR, Ley que modifica el artículo 20 del código penal aprobado por el decreto legislativo n° 635; que amplía el ejercicio de la legítima defensa y el uso de la fuerza letal en los casos de violación al derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio transitorio o permanente, de uso residencial, laboral o empresarial y en vehículos de transporte terrestre aéreo, lacustre y fluvial sean privados o públicos

Número de Iniciativa05334/2022-CR
Fecha de registro14 Junio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAzurín Loayza, Alfredo,Saavedra Casternoque, Hitler,Jerí Oré, José Enrique,Pazo Nunura, Jose Bernardo
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
1f
5
3
39
2022
CR
CONG
RIS
RFPURLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kea
de
Trámite
y
blaincler
icDocurern
1
4
.iui
2023
I
D
o
140.105
Fir
ALFREDO
AZURIN
LOAYZA
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
20
DEL
APROBADO
POR
EL
635;
QUE
AMPLÍA
EL
EJERCICIO
DE
LA
LEGÍTIMA
DEFENSA
Y
EL
USO
DE
LA
FUERZA
LETAL
EN
LOS
CASOS
DE
VIOLACIÓN
AL
DERECHO
FUNDAMENTAL
DE
LA
INVIOLABILIDAD
DEL
DOMICILIO
TRANSITORIO
O
PERMANENTE,
DE
USO
RESIDENCIAL,
LABORAL
O
EMPRESARIAL
Y
EN
VEHÍCULOS
DE
TRANSPORTE
TERRESTRE
AÉREO,
LACUSTRE
Y
FLUVIAL
SEAN
PRIVADOS
O
PÚBLICOS.
El
Congresista
de
la
República,
ALFREDO
AZURIN
LOAYZA,
integrante
del
grupo
parlamentario
SOMOS
PERÚ
y
los
congresistas
que
suscriben,
en
ejercicio
del
derecho
a
la
iniciativa
legislativa
previsto
en
el
artículo
107°
de
la
y
concordante
con
los
artículos
22°
inciso
c),
75°
y
76°
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley:
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
20
DEL
APROBADO
POR
EL
635;
QUE
AMPLÍA
EL
EJERCICIO
DE
LA
LEGÍTIMA
DEFENSA
Y
EL
USO
DE
LA
FUERZA
LETAL
EN
LOS
CASOS
DE
VIOLACIÓN
AL
DERECHO
FUNDAMENTAL
DE
LA
INVIOLABILIDAD
DEL
DOMICILIO
TRANSITORIO
O
PERMANENTE,
DE
USO
RESIDENCIAL,
LABORAL
O
EMPRESARIAL
Y
EN
VEHÍCULOS
DE
TRANSPORTE
TERRESTRE
AÉREO,
LACUSTRE
Y
FLUVIAL
SEAN
PRIVADOS
O
PÚBLICOS.
ARTÍCULO
PRIMERO.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
ampliar
la
regulación
de
la
legítima
defensa
establecida
en
el
artículo
20
del
aprobado
por
el
y
conferir
a
toda
persona,
el
ejercicio
del
uso
de
la
fuerza
letal
ante
la
violación
de
su
derecho
fundamental
a
la
inviolabilidad
del
domicilio
transitorio
o
permanente,
de
uso
residencial,
1
000
.40
TIMA
DIGITAL
"
uzjizz.;
CONGRESO
nErülLICA
ALFREDO
AZURIN
LOAYZA
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
laboral
o
empresarial
y
en
vehículos
de
transporte
terrestre
aéreo,
lacustre
y
fluvial
sean
privados
o
públicos.
ARTÍCULO
SEGUNDO.
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
garantizar
los
derechos
fundamentales
de
la
persona,
como
el
derecho
a
la
vida,
a
la
integridad
moral,
física,
psíquica,
a
la
libertad,
a
la
propiedad,
al
libre desarrollo
y
bienestar
entre
otros;
ante
la
amenaza
de
un
peligro
inminente
y
actual
que
los
vulnere;
permitiendo
a
toda
persona
el
ejercicio
del
uso
de
la
fuerza
letal;
lo
que
permitirá
la
consolidación
de
la
seguridad
ciudadana
en
el
Perú.
ARTÍCULO
TERCERO.
Incorporación
del
numeral
12
al
artículo
20
del
aprobado
por
el
que
regula
las
causas
eximentes
de
responsabilidad
penal
Incorpórese
el
numeral
12
al
artículo
20
del
aprobado
por
el
que
regula
las
causas
eximentes
de
responsabilidad
penal,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
20.-
Inimputabilidad
Está
exento
de
responsabilidad
penal:
[.
.
-1
12.
El
que,
ante
un
peligro
real,
actual
e
inminente
causa
la
muerte
o
lesiona
a
otra
persona
o
personas,
para
defender
su
domicilio
residencial,
laboral
o
empresarial
y
cuando
se
encuentre
en
vehículos
de
transporte
terrestre
aéreo,
lacustre
y
fluvial;
de
quienes
de
forma
ilegítima
ingresan
sin
autorización
del
propietario
o
poseedor.
No
es
aplicable
en
estos
casos,
el
literal
b)
del
numeral
3
del
presente
artículo.
Firmado
digitalmente
por:
JERI
ORE
Jose
Enrique
FAU
20181740128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
13/08/2023
11:54:21-0500
Firmado
digitalmente
por:
AZURIN
LOAYZA
Alfredo
FAU
20181749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
13/0812023
11:20:17-0500
ALFREDO
AZURIN
LOAYZA
Congresista
de
la
República
Firmo
digitalmente
por:
JERI
ORE
Jose
Enrique
FAU
20181749128
soft
bikitivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
13108/2023
11:54:37-0500
Lima,
11
de
junio
de
2023
Firmado
digitalmente
por:
SAAVEDRA
CASTER
N
00U
E
Hitler
FAU
20181749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
14/0812023
13:18:27-0500
Firmado
digitalmente
por:
PAZO
NUNURAJose
Bernardo
FAU
20101749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
14/0812023
11:08:22-0500

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR